La petición para proteger la Ciénaga Grande de Santa Marta que estudia un Tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una demanda que presentó la congresista Angélica Lozano que busca la protección de la Ciénaga Grande de Santa Marta y que se suspenda una obra en un sector debido a que supuestamente, se habrían presentado inconsistencias en el proceso de contratación.
Desde 1998, la Ciénaga Grande de Santa Marta es considerada un humedal Ramsar por lo que en esta solo pueden hacerse obras para su recuperación y conservación. Se trata de una red de pantanos, ríos, zonas marinas, que tiene la laguna costera más grande del país y abarca un área aproximada de 400.000 hectáreas en el departamento del Magdalena. Ante una preocupación por su estado, ante la contaminación, el cambio climático y la intervención humana, la congresista Angélica Lozano interpuso una acción popular que busca que la justicia le ponga la lupa a este asunto y ordene su inmediata protección.
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Desde 1998, la Ciénaga Grande de Santa Marta es considerada un humedal Ramsar por lo que en esta solo pueden hacerse obras para su recuperación y conservación. Se trata de una red de pantanos, ríos, zonas marinas, que tiene la laguna costera más grande del país y abarca un área aproximada de 400.000 hectáreas en el departamento del Magdalena. Ante una preocupación por su estado, ante la contaminación, el cambio climático y la intervención humana, la congresista Angélica Lozano interpuso una acción popular que busca que la justicia le ponga la lupa a este asunto y ordene su inmediata protección.
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El recurso judicial fue admitido y ya está en estudio en el despacho del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La congresista destaca, por ejemplo, que la construcción del dique carreteable paralelo al río Magdalena habría afectado el “pulso normal de inundación del río sobre su planicie aluvial y sobre los diversos cauces del delta y se mantiene en lo que hoy se conoce como la Vía de la Prosperidad”. Y expone que los cinco ríos de la Sierra Nevada de Santa Marta que desembocan en la ciénaga, “también han reducido considerablemente su aporte, debido al uso del agua asociado a los distritos de riego dirigidos a los cultivos de banano y palma de aceite, las captaciones ilegales y la presencia de diques para desviar el agua con fines agrícolas en la región”.
Pero sobre todo, Lozano llamó la atención sobre el proceso de contratación, por selección abreviada SAMC 007 de 2020 que realizó la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpomag) para la realización de una restauración hidráulica y ambiental de tributarios del sector occidental de la Ciénaga y la restauración ambiental del Caño Martinica y Caño Hondo. Según su exposición, los informes de monitoreo realizados por el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras (Invemar) supuestamente no abarcan todas las áreas de estudio, ni exponen una definición clara de qué incluye dicha “restauración”, entre otros.
“El ámbito de competencia del Invemar se restringe a áreas marino-costeras. No obstante, el área sur de la Ciénaga es un ecosistema continental de agua dulce, por tanto, los estudios no abarcan toda la Ciénaga. ni todas las zonas a intervenir. Invemar hizo unas recomendaciones a Corpomag con relación a realizar modelaciones adicionales de inundaciones y cartografía social, las cuales no han sido tenidas en cuenta y son esenciales para decidir usar los sedimentos como diques, si lo que verdaderamente se busca es proteger a la población allí residente”, dice el recurso judicial.
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Según Lozano, el contrato tendría injerencia en la jurisdicción de la Ciénaga Grande del Magdalena, municipios de Salamina, Remolino, Pivijay y Sitio Nuevo. Y su presupuesto sería de $ 77.322 millones. Ese proceso cerró el 23 de junio de 2020 con tres oferentes, pero el 29 de julio siguiente, el Comité evaluador señaló que ninguno de ellos cumplía con los requisitos habilitantes y recomendó declarar desierto el proceso. “No obstante, se han publicado documentos dentro del proceso de contratación en los que se continúa con el proceso de adjudicación, El 10 de agosto de 2020, a las 10:00 pm, Corpomag publica en la plataforma del SECOP I un nuevo informe de evaluación final, en el que establece que el Consorcio PHDV es el único proponente que cumple con todos los requisitos habilitantes del pliego de condiciones, sin consideraciones, documentos adicionales u observaciones, que fundamenten el cambio de decisión”.
El 12 de agosto de 2020, Corpomag celebró el contrato con el consorcio y su ejecución inició el 1 de octubre. Pero, según Lozano, solo hasta el 10 de septiembre de 2020, se hizo pública la “resolución de adjudicación del contrato objeto del proceso de selección SAMC 007 de 2020, 22 días hábiles después de la expedición de la misma, contraviniendo de forma evidente el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 del 2015 (que dice que se debe publicar en tres días) y en consecuencia violando los principios de publicidad y transparencia de la contratación estatal”. Por esa razón, le pidió a la justicia que detenga la obra.
“Se evidencia que los contratos de obra consistentes en realizar intervenciones a los caños que drenan la CGSM, no contaron con unos estudios previos suficientes desde el año 2006, lo que demuestra una falta grave del principio planeación en los contratos realizados en este periodo, y en consecuencia en una afectación a la moralidad administrativa, pues se incurrió en un gasto de $81.122.753.306 pesos”, agregó Lozano para quien, en este caso, se vulneró el ordenamiento jurídico, así: “En primera medida, la entidad al no realizar estudios previos suficientes para procurar la restauración de la CGSM compromete el principio de planeación que se encuentra evidenciado en varias disposiciones del Estatuto General de la Contratación. En segundo lugar, la publicación tardía del acto administrativo de adjudicación evidencia una falta al principio de planeación”.
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Exactamente, la congresista pidió que se ordene “detener las obras, proyectos, concesiones, alianzas público-privadas y de cualquier tipo de intervenciones que actualmente ejecuten o adelanten, o pretendan adelantar, los contratistas, derivadas del proceso contractual referenciado en la presente demanda en la Ciénaga, que contraríen lo dispuesto en la Convención Ramsar y en la Política Nacional de Humedales Interiores de Colombia”. Así como la ejecución de otros procesos de contratación que estén en marcha y que Corpomag haga un “concepto técnico actualizado sobre la conservación y el aprovechamiento sostenible frente a las obras que se adelanten en la Ciénaga con el fin de garantizar su adecuada recuperación y protección”.
Para Lozano, el Tribunal debe ordenarle a Corpomag investigar e implementar alternativas para el manejo de los sedimentos que resulten de la restauración de la Ciénaga Grande y al Ministerio de Ambiente lo propio para tomar medidas que impulsen las buenas prácticas dentro del complejo de humedales. Además, la congresista del Partido Verde solicitó que se proteja a la Ciénaga y se suspenda como medida cautelar la obra citada. El Tribunal ya solicitó a las partes mencionadas que se pronuncien sobre esa petición de suspensión.