Magistrado se declaró impedido para debatir participación en política de las Farc

Antonio José Lizarazo, de la Corte Constitucional, manifestó que fue asesor de la Oficina del Alto Comisionado de Paz en la redacción del punto 2 del acuerdo de paz.

Redacción Judicial
20 de junio de 2017 - 03:42 p. m.
Archivo El Espectador
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La Sala Plena de la Corte Constitucional deberá estudiar el impedimento del magistrado Antonio José Lizarazo para apartarse del estudio de los artículos de la Ley 1830 de 2017, que fija la participación política de las Farc tras la firma del Acuerdo de Paz firmado con el Gobierno. (Ver Aprobada en último debate participación política de las Farc)

En su impedimento, el magistrado Lizarazo sostiene que no puede participar en la discusión por haber sido asesor de la Oficina del Alto Comisionado de Paz en el punto dos del acuerdo firmado entre las Farc y el Gobierno, hecho por el cual la ley le impide hacer una manifestación de fondo en este caso.

Debido a esta situación, los términos del debate quedaron suspendidos mientras se resuelve el impedimento del magistrado. La Ley 1830 fija la designación de tres voceros en el Senado y la Cámara de Representantes para que participen en los debates que se citen frente a los temas relacionados con la implementación del acuerdo de paz.

La magistrada Gloria Stella Ortiz ya presentó su ponencia ante la Sala Plena. En el documento se señala que la participación de los delegados de las Farc únicamente debe limitarse a los temas de paz y las leyes que sean aprobadas mediante la figura del “fast track”. (Ver Así será la participación política de las Farc y su reincorporación a la vida civil)

En el debate, la Procuraduría General presentó un concepto en el que se indica que la ley debe ser aprobada con un limitante: que los voceros solamente tengan voz y no voto en las respectivas discusiones en el Congreso de la República.

Por Redacción Judicial

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