La Corte Suprema de Justicia negó la detención domiciliaria al exmagistrado del Tribunal de Cúcuta, Fernando Castañeda Cantillo, quien fue condenado en febrero de este año a 21 años de prisión por haber participado en un carrusel de fallos tutelas que causó detrimentos a Ecopetrol por más de $137.475 millones. Castañeda, y su compañero de Sala Félix María Galvis Ramírez, fueron encontrados responsables de los delitos de concierto para delinquir, peculado apropiación y prevaricato.
Inicialmente, la Corte mantuvo la detención domiciliaria que tenía Castañeda por supuesta enfermedad grave, mientras Medicina Legal hiciera un nuevo dictamen. Esa valoración determinó que su situación no le impedía llevar la vida en reclusión y, por tanto, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santa Marta lo envió a una prisión. Contra esa decisión, Cantillo interpuso una tutela en la que alega que tiene una "hernia grave" a nivel de diafragma, inmovilidad producto de "grave" atrofia lateral izquierda y problemas cardiacos y psiquiátricos.
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La Sala Penal, con ponencia de la magistrada Patricia Salazar, negó la tutela y la detención domiciliaria, pero ordenó continuar con su tratamiento médico. "No implica lo anterior que la judicatura desconozca que Castañeda Cantillo padece de diferentes enfermedades diagnosticadas desde hace más de diez años, solo que, de acuerdo con el concepto del experto, ninguna de ellas es incompatible con la vida en reclusión, claro está, siempre que se garantice el suministro ininterrumpido de los medicamentos y el cumplimiento de los controles ordenados por los médicos que lo vienen tratando", dice la decisión.
Castañeda Cantillo fue procesado luego que la Fiscalía encontrara que con 18 fallos de tutelas a favor de aproximadamente 580 accionantes se causó un detrimento patrimonial a Ecopetrol. Para cometer estas irregularidades, los funcionarios judiciales de esa época concertaron previamente con varios de jueces y abogados litigantes. “Se establece que la comunidad delictiva tenía el claro propósito de ejecutar conductas punibles pues se pretendía favorecer por medio de fallos ilegales a un número indefinido de empleados y exempleados de Ecopetrol", explicó la Corte a la hora de condenarlo.
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