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Niegan demanda que pedía muerte política para el senador John Milton Rodríguez

Una demanda pedía quitarle la investidura al excandidato presidencial porque, supuestamente, devengó salarios cuando fue presidente de Colombia Justa Libres. En el proceso eso no se demostró y el Consejo de Estado concluyó que ese rol no fue un empleo público ni privado.

07 de julio de 2022 - 05:19 p. m.
John Milton Rodríguez fundó la iglesia Misión Paz. / Gustavo Torrijos
John Milton Rodríguez fundó la iglesia Misión Paz. / Gustavo Torrijos
Foto: GUSTAVO TORRIJOS

John Milton Rodríguez, senador y excandidato presidencial, conservará su investidura. El Consejo de Estado negó una demanda que pedía su muerte política porque, supuestamente, al haber sido presidente del partido Colombia Justa Libres, habría violado la prohibición de tener un salario, además del de congresista. Sin embargo, los magistrados negaron esa tesis porque no se probó que le hubiera entrado dinero por esa labor y, además, porque concluyó que sus labores en el partido no fueron un cargo público.

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Para el Consejo de Estado, el senador del partido cristiano, “no ejerció cargo o empleo público o privado. Es cierto que el Senador John Milton Rodríguez se desempeñó como miembro permanente del Consejo Directivo Nacional del partido Colombia Justa Libres y, transitoriamente, como copresidente delegado del mismo partido político; empero, no lo es menos, que tales actuaciones no corresponden al ejercicio de cargos o empleos públicos o privados”.

“Los partidos políticos no son entidades públicas”, concluyó tajante la sentencia, con ponencia de la magistrada Myriam Stella Gutiérrez. “Tampoco puede considerarse que se ejerció un cargo o empleo privado porque los partidos y movimientos políticos no pueden asimilarse a las personas jurídicas de derecho privado”, añadió en el fallo. Las labores de John Milton Rodríguez como presidente de Colombia Justa Libres en 2019 y 2021 son válidas.

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Además, según el demandante, el congresista habría direccionado indebidamente dineros que recibió como presidente del partido. En concreto, decía la demanda “entregó en parte al pastor Eduardo Cañas por su aporte al Partido y de otra, para cancelar a una empresa de servicios profesionales de estrategias de mercadeo denominada Jaramillo & Luján, dineros que estaban presupuestados para cubrir otros rubros presupuestales del Partido”. Sin embargo, no se demostró que John Milton Rodríguez hubiera devengado un peso por su rol de presidente del movimiento político.

“La copresidencia del partido fue una labor ad-honorem, razón por la que mal podía afirmarse que recibió dineros como contraprestación de su ejercicio”, dijo su defensa en el proceso, según reseña la sentencia. Y, en ese sentido, no podría malversar dineros que no recibió. En el caso, la Procuraduría se puso del lado del senador, pues concluyó: “a John Milton Rodríguez no se le remuneró o retribuyó el ejercicio de la copresidencia delegada, tal como se desprendía de lo informado por la secretaria y representante legal del partido, por un testigo y por el mismo accionado”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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