Luego de la muerte de cinco menores de edad del pueblo indígena Yukpa, el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, se pronunció sobre el lamentable hecho ocurrido este fin de semana. La cabeza de esta entidad pidió en las últimas horas que se determinen responsabilidades en torno al suceso, que habría sido producto de un envenenamiento por el consumo de un fruto silvestre en el resguardo Iroka, en jurisdicción del municipio de Agustín Codazzi (Cesar).
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La celeridad en las investigaciones, indica Carlos Camargo Assis, serán determinantes para que los derechos a la justicia, vida, integridad cultural, permanencia y pervivencia cultural de esa comunidad en luto sean garantizados. “Lamentamos profundamente el fallecimiento de cinco niños indígenas del resguardo Iroka, en zona rural de Agustín Codazzi, municipio del departamento del Cesar, cuya causa de su deceso habría sido por el consumo una fruta silvestre envenenada. No obstante, requerimos el concurso de las autoridades competentes para que determinen con precisión lo ocurrido”, llama el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis.
Para el Defensor, es determinante la actuación de la Fiscalía General de la Nación, “por lo que requerimos su pronta actuación, máxime que se trataría de integrantes de una misma familia; establecer con celeridad las circunstancias de lo sucedido es clave para garantizar los derechos a la justicia, la vida, la integridad cultural, la permanencia y pervivencia cultural del pueblo indígena, en este caso, del pueblo Yukpa”.
Los hechos reportados en el resguardo tienen un impacto individual con efectos colectivos, teniendo en cuenta que, para los yukpas, las niñas, los niños y adolescentes cumplen un rol importante en la reproducción de la cultura; por lo tanto, circunstancias como las que ahora mismo afrontan, afectan su equilibrio y armonía.
“Cabe resaltar que el pueblo indígena Yukpa, ubicado en la Serranía del Perijá, es uno de los últimos pueblos nómadas, seminómadas y agricultores itinerantes, como también, ha sido declarado en riesgo de exterminio físico y cultural por la Corte Constitucional mediante el Auto 004 de 2009 y ratificado en el Auto 266 de 2015. Por lo cual es imperativo velar por su protección y la garantía de sus derechos”, asegura Calos Camargo Assis.
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