No le dieron la razón a un hombre que pedía ver a Maduro en la posesión de Petro

Aunque un ciudadano pidió a través de tutela que el mandatario venezolano arribara a Colombia, el Consejo de Estado rechazó sus pretensiones.

10 de agosto de 2022 - 10:21 p. m.
Aunque un ciudadano pidió a través de tutela que el mandatario venezolano arribara a Colombia, el Consejo de Estado rechazó sus pretensiones.
Aunque un ciudadano pidió a través de tutela que el mandatario venezolano arribara a Colombia, el Consejo de Estado rechazó sus pretensiones.
Foto: Prensa Miraflores/EFE - Prensa Miraflores

El pasado 7 de agosto, el presidente Gustavo Petro tenía intención de contar con la presencia de su homólogo de Venezuela, Nicolás Maduro, en su posesión como jefe de Estado. No obstante, ese propósito se troncó porque el expresidente Iván Duque no permitió su ingreso al país. La noticia no solo no fue de buen recibo por el actual mandatario, sino tampoco cayó bien a Juan Luis Castellanos quien no dudó en tutelar a la Presidencia de la República por considerar que vulneró sus derechos. El recurso llegó al Consejo de Estado, pero no le dieron la razón.

Castellanos allegó el recurso al alto tribunal y quedó en manos del magistrado Jaime Rodríguez. En el documento, el hombre dijo que le habían violado los derechos a la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la democracia. Castellanos consideró que “dicha prohibición implica la restricción de la libertad que tiene el nuevo mandatario colombiano, situación que contraría el Estado social de derecho establecido en el artículo 1o de la Constitución Política, y a su vez, vulnera los derechos fundamentales a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad, y a la democracia”.

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La Presidencia de la República, por su parte, le solicitó al Consejo de Estado desestimar la intención de Castellanos porque no había vulneración inminente de derechos. Además, consideró que no había un impedimento para que el propio Gustavo Petro actuara por sí mismo en el trámite. El alto tribunal, por su parte, declaró improcedente la acción de tutela por considerarla improcedente.

Concluyó que, como lo reconoció el mismo Castellanos, Petro quien es el ahora jefe del Estado sería el potencial afectado por los hechos. “Dado que el accionante no podría ser considerado como víctima, en caso de que se reconociera el desconocimiento de garantías fundamentales, y como tampoco acreditó actuar en representación del afectado, el recurso resulta improcedente”, resaltó el alto tribunal.

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“Es forzoso concluir que Juan Luis Castellanos Sierra no es el titular de las garantías que invocó, pues de la redacción de su solicitud, se advierte que reconoce que el titular de estos es el presidente Gustavo Petro Urrego. No explicó, cómo la garantía de los derechos cuyo titular es un tercero, representa un interés legítimo para él, en especial, para la protección de los derechos fundamentales de los que sí es titular, y tampoco demostró la satisfacción de los presupuestos para que se le tenga como agente oficioso del presidente pues no acreditó que el jefe de Estado estuviera imposibilitado para acudir de manera directa ante el juez de tutela”, explicó el alto tribunal.

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