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Ponencia busca quitarle el caso Petro al CNE y cerrar parte de la investigación

El Espectador conoció detalles del proyecto de fallo que presentó el magistrado Vladimir Fernández, exsecretario jurídico del presidente Gustavo Petro, en el que plantea que la única instancia que puede investigar al jefe de Estado es la Comisión de Acusación. Además, propone cerrar las pesquisas por supuesta violación de topes electorales.

Redacción Judicial

22 de junio de 2025 - 09:08 a. m.
El presidente Petro y el magistrado Vladimir Fernández, en la Corte Constitucional, durante la posesión de la magistrada Lina María Escobar el pasado 12 de junio.
Foto: Presidencia
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En medio del pulso de poderes que vive el país, la Corte Constitucional se alista a tomar una decisión que se sumará a ese tumulto de polémicas y debates jurídicos que no dan tregua. El alto tribunal entró en una fase determinante en la que debe decidir, en cuestión de dos semanas, si el presidente Gustavo Petro puede ser investigado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) por presuntas irregularidades en la financiación de la campaña que lo llevó a la Casa de Nariño en 2022. La Sala Plena de la Corte tiene hasta el próximo 4 de julio para definir este delicado expediente, que no solo tiene de por medio el futuro de la primera investigación de este tipo contra un presidente de la República, sino también un posible choque de trenes entre el Consejo de Estado y la Corte Constitucional.

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El Espectador conoció detalles de cómo va la discusión en el corazón del alto tribunal y de una novedosa teoría que planteó el ponente del caso, Vladimir Fernández Andrade, para solicitar el cierre completo de una buena parte de la investigación contra el presidente Petro. Un magistrado que no ha escapado de la controversia, pues está metido de cabeza en este expediente de las entrañas de quien fuera su jefe mientras fue secretario jurídico de la Casa de Nariño. El proyecto de fallo que ya está siendo analizado por la Sala Plena es un espaldarazo a la tesis que ha sostenido el presidente desde que el CNE resolviera, en octubre del año pasado, investigarlo: que la única autoridad que puede procesarlo es la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

La caducidad polémica

El ponente Vladimir Fernández tiene dos semanas para convencer a sus colegas de que el fuero presidencial es integral y que el CNE no puede investigar al presidente, ni a Petro, ni a ningún otro. Aunque en ese debate tiene margen de maniobra, sobre todo porque los precedentes podrían jugarle a su favor, hay otro asunto que Fernández incluyó en la ponencia, y en el que no la tendría tan fácil. Para el ponente, tanto la Comisión de Acusación como el Consejo de Nacional Electoral deben archivar toda una investigación, no solo en contra de Petro, sino de los demás vinculados al expediente, pues, dice, se habrían vencido los términos para investigar una conducta. Esa petición la incluyó el presidente Petro en la tutela que está por resolverse, pues sostiene que, de avanzar, también iría en contra de sus derechos al debido proceso.

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El proyecto de fallo de Fernández señala que el CNE tuvo en cuenta varias denuncias para investigar la supuesta violación de topes electorales en la campaña política que llevó a Gustavo Petro al Palacio de Nariño que fueron presentadas después del término que exige la ley para hacerlo. En otras palabras, las denuncias tenían que llegar al Consejo Nacional Electoral 30 días después de las elecciones o antes del 4 de agosto de 2022 para poder cumplir con el requisito. Las dos que pedían investigar esta conducta llegaron al CNE el 3 de mayo y 5 de junio de 2023. Con esos hechos claros, el ponente incluyó en el proyecto de fallo una orden a la instancia electoral y a la Comisión de Acusación para que cierre las investigaciones por la supuesta violación de topes electorales, que en este caso se estima habría sido de $5.355 millones.

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Fuentes consultadas por este diario, y que conocen los detalles de los procesos en el Consejo Nacional Electoral, advirtieron que ese término de los 30 días ha sido ampliamente debatido en la academia y adentro del tribunal, pues si se cumpliera a rajatabla, sería prácticamente imposible investigar una campaña. “Creo que hay una contradicción entre dos normas. Por un lado, la que establece que las denuncias se deben presentar 30 días después de las elecciones. Y por el otro, la que les da hasta dos meses a las campañas y al candidato para presentar los informes de financiación, luego de los comicios. Este es uno de los tantos casos en los que la realidad supera lo que dice el papel”, agregó la fuente. Por este tipo de consideraciones, el magistrado Fernández la tendrá difícil ante la Sala Plena.

(En contexto:Corte Constitucional estudiará tutela de Petro contra Consejo de Estado)

El “permiso” del Consejo de Estado

El primer “round” de esta pelea arrancó el 6 de agosto de 2024, cuando la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado resolvió un conflicto de competencias que no cayó bien en el palacio presidencial. Lo que definió el alto tribunal es que el CNE sí podía investigar al presidente Petro, por supuestamente haber recibido dinero de fuentes ilícitas y aparentemente violar los topes permitidos por la ley colombiana. Al tratarse de un proceso administrativo, la Sala de Consulta aclaró que esa instancia electoral sí tenía competencia para seguir con el proceso en contra del jefe de Estado, porque era claro que no se trataba de asuntos penales o disciplinarios y que, en todo caso, para una eventual sanción que significara la remoción del cargo, esto debía ser del resorte de la Comisión de Acusación.

Los magistrados Álvaro Hernán Prada; Maritza Martínez y César Augusto Lorduy, entre otros, formularon cargos al presidente Petro.
Foto: Óscar Pérez

Con fallo en mano, el CNE siguió sus pesquisas y el 8 de octubre pasado, en una decisión sin precedentes, le formuló cargos al presidente Petro. Lo mismo hizo en contra de cuatro personas naturales y a dos jurídicas, entre ellas quien fuera el gerente de la campaña, Ricardo Roa, hoy presidente de Ecopetrol. El mundo político y judicial reaccionó y, de lado y lado, se escucharon voces que apuntaron a que se estaba violando el fuero presidencial, que se estaba poniendo en peligro la institucionalidad o que el Consejo Nacional Electoral estaba cumpliendo sus funciones y sí podía investigar las conductas de un candidato presidencial. Por su parte, el presidente Petro replicó en redes sociales y su equipo de defensa enfiló cargas para pelear en los estrados judiciales.

La estrategia fue la tutela, pero la perdió ante el Consejo de Estado en diciembre pasado. Solo fue hasta que llegó a instancias de la Corte Constitucional que empezó a coger fuerza. Una Sala de Tutelas, en la que estaba el magistrado Vladimir Fernández, seleccionó el recurso el 28 de febrero de 2015 y, por la suerte del reparto, el expediente cayó en su propio despacho. Enterados del proceso, el 2 de abril siguiente la Sala Plena del alto tribunal decidió que serían los nueve magistrados los que estudiarían el caso, y no solo una sala de tres. Para el 24 de ese mismo mes, el presidente Petro recibió la primera buena noticia: la mayoría de los compañeros de Fernández estuvieron de acuerdo con su propuesta de suspender la investigación del CNE, solamente contra el jefe de Estado, mientras se conoce la decisión de fondo.

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En su cuenta de X, el presidente reaccionó a la decisión y escribió: “La Corte Constitucional frena un golpe de Estado”. Aunque sí fue un respiro a su favor, todavía quedaba un largo camino para resolver las cuestiones de fondo: ¿se equivocó el Consejo de Estado al permitir que el CNE investigara al presidente? ¿Pasaron por encima del fuero presidencial? Para el ponente Vladimir Fernández, solo hay una respuesta para estas dos preguntas y es que sí. En el proyecto de fallo que presentó ante sus colegas de la Sala Plena, el magistrado expuso que la única instancia que puede investigar al jefe de Estado es la Comisión de Acusación, porque el fuero que tiene un servidor público de esta naturaleza lo exige, así se trate de un asunto administrativo, como en este caso es la investigación del CNE.

Para el ponente, aunque el Consejo Nacional Electoral (CNE) sí podía iniciar una investigación en contra del candidato, como así sucedió en este caso, en el momento en que se conocieron los resultados de esas elecciones, el 19 de junio de 2022, ese hito determinó el rumbo de las pesquisas y, en esa misma instancia, se activó el fuero del presidente, lo que obligaba a la instancia electoral a enviarle todos los expedientes en contra de Petro a la Comisión. El proyecto de fallo que estudia la Corte sostiene que ese fuero no puede significar de ninguna manera una condescendencia, privilegio o impunidad para el funcionario, sino una garantía de independencia y autonomía para que pueda desempeñar el cargo para el que fue electo. Un modelo frecuente en sistemas políticos presidenciales, como el colombiano.

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Un seguro, en últimas, para que no sea perseguido ni juzgado por autoridades ordinarias, sino solo a través de un juicio político en el que tenga todas las garantías y protecciones y se evite así un ejercicio abusivo del derecho en contra de un funcionario. Aunque la ponencia de Fernández es clara en señalar que no hay una sola norma o regla que diga explícitamente quién debe investigar a un aforado en cuestiones administrativas, para él es evidente que, en estos casos, se deben interpretar las leyes con mayor rigor en el caso del presidente. Por eso, el proyecto de fallo sostiene que es claro que su fuero es integral y abarca todos los frentes en los que pueda resolverse la responsabilidad de un jefe de Estado, incluyendo, por supuesto, una investigación administrativa del CNE.

(Le podría interesar: Choque de trenes y Corte dividida: los coletazos de la decisión a favor de Petro)

Para el magistrado Vladimir Fernández, existen precedentes del alto tribunal en los que ya se han resuelto casos similares. El ponente recordó el caso de un pleito entre el exfiscal Eduardo Montealegre, hoy ministro de Justicia, y la excontralora Sandra Morelli, en el que no era claro si el jefe del búnker (que también tiene fuero) podía ser investigado fiscalmente por la Contraloría. En 2015, la Corte Constitucional zanjó ese debate y dejó claro que no podía hacerlo, pues el fuero era integral y solo la Comisión de Acusación tenía las credenciales para adelantar una investigación de esa naturaleza contra el fiscal general. Volviendo al caso de Petro y el CNE, el Consejo de Estado le insistió a la Corte en sus alegatos que esa instancia electoral sí puede investigar al presidente e incluso imponer multas.

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También le reiteró la tesis de que el presidente de la República no cuenta con fuero constitucional ante las autoridades administrativas y que, en todo caso, había dejado claro en su decisión que la única instancia que podía sancionar al presidente con la pérdida del cargo es del resorte del Congreso. La ponencia de Fernández es inflexible ante las interpretaciones sobre el fuero y, por eso, dejó claro que, para él, el Consejo de Estado violó la Constitución Política y permitió que el CNE asumiera como propias atribuciones que son ajenas a sus tareas, lo que además hizo que desplazara ilegalmente la competencia de la Comisión de Acusación. En consecuencia, la ponencia propone tumbar parte de la sentencia del Consejo de Estado y resolver que la competencia para investigar al presidente es de la Comisión.

En todo caso, la decisión se conocería antes del 4 de julio, pues esa es la fecha límite que tiene la Corte para resolver la tutela del presidente, cuyas incidencias serán determinantes. Por un lado, porque si triunfa la tesis de Fernández, la Corte le estaría diciendo al Consejo de Estado que violó abiertamente la Constitución, un error que no es usual en la cúpula de la justicia. Y porque también definirá hasta dónde va el fuero presidencial, el futuro inmediato del caso más espinoso que enfrenta el primer mandatario y si el CNE y la Comisión de Acusación tienen que cerrar cualquier investigación por la presunta violación de los topes electorales sin que el país sepa si esa irregularidad ocurrió en la campaña que llevó a Gustavo Petro a la Presidencia.

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