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Por estas razones la Corte Constitucional tumbó el decreto de Petro en La Guajira

El alto tribunal echó abajo la apuesta del presidente por considerar que no solucionaba los problemas de la zona. Acá los detalles.

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04 de octubre de 2023 - 01:30 a. m.
El alto tribunal echó abajo la apuesta del presidente por considerar que no solucionaba los problemas de la zona.
El alto tribunal echó abajo la apuesta del presidente por considerar que no solucionaba los problemas de la zona.
Foto: ANDREA PUENTES
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El decreto con el que el presidente Gustavo Petro declaró el Estado de emergencia en La Guajira perdió su batalla el lunes pasado en la Corte Constitucional. Los magistrados de la alta corte consideraron que los problemas históricos de esa zona del país relacionados con la salud, la alimentación y la economía, no podrían ser resueltos concediéndole al presidente poderes extraordinarios como la posibilidad de promulgar decretos de ley sin necesidad de que pasen por la aprobación del Congreso.

En contexto: El golpe de la Corte Constitucional a los planes de Gustavo Petro en La Guajira

Los argumentos que tuvo la Sala Plena para tumbar una de las más grandes apuestas del primer año de gobierno de Petro estuvieron encaminados a que, aunque el Ejecutivo argumentó muy bien sus motivos para expedir el decreto, los problemas por la crisis climática que se agravarán a final de este año, el decreto no garantiza “la vida digna de la población del departamento de La Guajira”.

El alto tribunal reconoció que en esta ocasión hay “convergencia de una serie de eventos climáticos de carácter grave, como lo son el fenómeno de El Niño, la reducción de precipitaciones en La Guajira, el calentamiento global, el aumento de la temperatura local y la temporada de ciclones”. La situación, dice la Corte, “profundiza la vulnerabilidad en la que ya se encuentra la población del departamento de La Guajira”.

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Aún así, los magistrados consideraron que “aunque el cambio climático y la crisis humanitaria por la que atraviesa la población de La Guajira no constituyen, en sí mismos, hechos sobrevinientes, el Decreto 1085 de 2023 no se limitó a identificar esas situaciones como motivos para declarar el estado de emergencia”. Por otra parte, la Sala determinó que para la crisis, más allá de medidas especiales, es necesaria “la acción decidida y la colaboración armónica de todas las instituciones del Estado, y llevarse a cabo, en primer lugar, a través de los instrumentos ordinarios que prevé la Constitución”.

Para la Corte Constitucional, el primer organismo llamado a responder por la crisis humanitaria en La Guajira es el Congreso. Además, en su sus argumentos, el alto tribunal le jaló las orejas al Legislativo, porque, a los ojos del alto tribunal, “el poder legislativo no ha hecho lo suficiente en el curso de los años para corregir los gravísimos problemas de pobreza, exclusión y desigualdad que enfrenta La Guajira”.

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Es el Congreso, según la Corte, la que debe “evitar que los habitantes de este departamento, y en especial sus niños y niñas, sigan muriendo de hambre y de sed, registrando los indicadores más bajos del país en materia de acceso al agua potable y saneamiento básico, tasas muy por debajo de las nacionales en la cobertura de servicios de energía eléctrica y educación, el índice de GINI más elevado, así como el índice más alto de pobreza multidimensional”.

Con esos argumentos, la Corte invitó al Gobierno y al Congreso para que “en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas urgentes y necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira”. Para la Sala, el Ejecutivo también tiene que fortalecer “las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y les asigne los recursos que las circunstancias demanden”.

A pesar de eso, el alto tribunal reconoció la gravedad de la crisis que existe en este momento en La Guajira por lo que consideró necesario “diferir por un año los efectos de la declaratoria de inexequibilidad del Decreto 1085 de 2023, a fin de no hacer más gravosa la situación humanitaria ante el vacío legislativo”. Es decir, que el decreto estará vigente por un año (2 de julio de 2023 al 2 de julio de 2024).

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Norma(12580)04 de octubre de 2023 - 04:52 p. m.
La falta de agua de la padece la Guajira si tiene causas basadas en privilegiar el negocio sobre la vida: el Cerrejón y el carbón ( energía fósil) primaron sobre las únicas alternativas con dos de los arroyos desviados, para la mina. Debería encausarse a quienes llevaron a cabo el proyecto y a quienes tenían que aprobarlo y vigilarlo, pero la misma Corte, quiere hacernos creer que siempre fue así. Indaguen y si unos entidades y unas cuantas familias se enriquecieron, que devuelvan los recursos.
alvaro(18137)04 de octubre de 2023 - 12:11 p. m.
El titular debería ser el reclamo a la iresponsabilidad del congreso, no debería estar en ponerle peros a la iniciativa gubernamental, más que necesaria. Ojo señores de El Espectador. En esos detalles también está la política editorial de una prensa justa.
Jesús(0u41y)04 de octubre de 2023 - 11:12 a. m.
Personajes que ponen la ley, por conveniencias, por encima de la muerte de niños, no han de tener razón. Tomarse un vaso de agua en Bogotá está a un siglo de tomarse un vaso de agua en las zonas abandonadas de la Guajira. Que crueldad, aún no superan la existencia de un gobierno popular.
ALEJANDRO(53884)04 de octubre de 2023 - 10:30 a. m.
Los indígenas no tienen ruana y la ley es para los de ruana.
Magdalena(45338)04 de octubre de 2023 - 10:16 a. m.
Tanta leguleyada para que siga todo igual.
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