Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              11 de octubre de 2021 - 06:35 p. m.

                                                                                                                              Por fin se conoce el fallo con el que le dan personería jurídica a Colombia Humana

                                                                                                                              La orden de la Corte Constitucional da 10 días al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que reconozca la personería jurídica del partido político del senador y candidato presidencial Gustavo Petro.

                                                                                                                              Colombia Humana
                                                                                                                              Foto: El Espectador - Mauricio Alvarado

                                                                                                                              Después de cuatro semanas de haber decidido en Sala Plena, la Corte Constitucional dio a conocer el fallo completo que deja en firme la personería jurídica al partido Colombia Humana de Gustavo Petro. En su decisión, el alto tribunal le ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que en un plazo de 10 días desde su notificación, acatara la sentencia.

                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                              La decisión, que tuvo una votación de 8 a favor, fue ponencia del magistrado Alejandro Linares y contó con el salvamento de voto del magistrado Antonio José Lizarazo. Es crucial para las elecciones presidenciales y legislativas de 2022, ya que significa que el movimiento liderado por Gustavo Petro, quien obtuvo ocho millones de votos en la segunda vuelta presidencial de 2018, ahora tiene la posibilidad de “fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Lea también: El futuro de la Colombia Humana, a examen en la Corte Constitucional

                                                                                                                              En el documento, la Sala argumenta que en parte es necesario reconocer la personería jurídica de este partido ya que, al haber conseguido tremenda cantidad de votos en las elecciones presidenciales del 2018, “denota la importancia de la agrupación política (...) pues, sin duda, sus programas de gobierno representan un contenido ideológico y programático que fue objeto de ese significativo apoyo ciudadano”.

                                                                                                                              Igualmente, los togados concluyeron que “no cabe duda de que todos los ciudadanos cuentan con el derecho a fundar o constituir partidos políticos, sin limitación alguna, formar parte de ellos y difundir sus ideas y programas”. En el caso particular, aclara el documento, la participación política de diversos sectores sociales debe ser “también promovida por el Estado colombiano, de manera tal que sus decisiones, legitimadas en mayor medida por este hecho, respondan efectivamente a las crecientes necesidades que tienen los diversos sectores de la población”.

                                                                                                                              El espaldarazo de la Corte al partido de Petro se concretó luego de estudiar una acción de tutela que radicó el mismo senador contra el CNE, que se había negado a reconocer jurídicamente a la Colombia Humana en varias ocasiones desde 2018. En esa ocasión, Petro sostuvo que el hecho de que no se reconociera la personería a su partido a pesar del alto numero de votos, era un motivo para explicar que se le violaban varios de sus derechos fundamentales y así como el ejercicio de la oposición política.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Podría interesarle: Corte Constitucional le dio el sí al Nuevo Liberalismo como partido político

                                                                                                                              El alto tribunal concluyó que el CNE, “desconoció las garantías para el ejercicio del derecho a la oposición política tanto del movimiento político Colombia Humana, como del senador Gustavo Francisco Petro Urrego en su calidad de adjudicatario de la curul”. Para los togados, se constató que, “existe un vacío en el acceso a la personería jurídica, para aquellos casos en que candidatos independientes que participan en las elecciones a la Presidencia inscritos por grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales o agrupaciones políticas sin personería jurídica, en el sentido de que se les reconoce un escenario de representación en el Congreso pero no el conjunto de garantías y derechos consagrados en la Constitución”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Para su decisión, la Corte tuvo en cuenta los conceptos de varios expertos en el tema, dentro de los cuales participó la Misión de Observación Electoral (MOE), la Universidad Externado y la Academia Colombiana de Jurisprudencia. Aunque las tres voces expertas tenían distintos argumentos, el que más se repitió en cada una para el reconocimiento de las curules y de la personería jurídica fue el de “el apoyo popular que obtuvo Colombia Humana en las elecciones presidenciales del año 2018″, como lo dijo la Academia.

                                                                                                                              Lea aquí: Ángela María Robledo debe abandonar el Congreso: Corte Constitucional

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Sala Plena, además, le pidió al Congreso avanzar con la implementación del Acuerdo de Paz, pues allí se prevé que se deben “adoptar medidas para remover los obstáculos y hacer los cambios institucionales para que los partidos y movimientos obtengan y conserven la personería jurídica”. Así mismo, consideró la Corte que el Congreso “debe desligar el reconocimiento de la personería jurídica de los umbrales en las elecciones. Estos últimos deben dar lugar al reconocimiento y acceso a derechos y beneficios de manera progresiva y la obtención de la personería jurídica debe ser considerada como una expresión del derecho de asociación”.

                                                                                                                              Colombia Humana
                                                                                                                              Foto: El Espectador - Mauricio Alvarado

                                                                                                                              Después de cuatro semanas de haber decidido en Sala Plena, la Corte Constitucional dio a conocer el fallo completo que deja en firme la personería jurídica al partido Colombia Humana de Gustavo Petro. En su decisión, el alto tribunal le ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que en un plazo de 10 días desde su notificación, acatara la sentencia.

                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                              La decisión, que tuvo una votación de 8 a favor, fue ponencia del magistrado Alejandro Linares y contó con el salvamento de voto del magistrado Antonio José Lizarazo. Es crucial para las elecciones presidenciales y legislativas de 2022, ya que significa que el movimiento liderado por Gustavo Petro, quien obtuvo ocho millones de votos en la segunda vuelta presidencial de 2018, ahora tiene la posibilidad de “fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Lea también: El futuro de la Colombia Humana, a examen en la Corte Constitucional

                                                                                                                              En el documento, la Sala argumenta que en parte es necesario reconocer la personería jurídica de este partido ya que, al haber conseguido tremenda cantidad de votos en las elecciones presidenciales del 2018, “denota la importancia de la agrupación política (...) pues, sin duda, sus programas de gobierno representan un contenido ideológico y programático que fue objeto de ese significativo apoyo ciudadano”.

                                                                                                                              Igualmente, los togados concluyeron que “no cabe duda de que todos los ciudadanos cuentan con el derecho a fundar o constituir partidos políticos, sin limitación alguna, formar parte de ellos y difundir sus ideas y programas”. En el caso particular, aclara el documento, la participación política de diversos sectores sociales debe ser “también promovida por el Estado colombiano, de manera tal que sus decisiones, legitimadas en mayor medida por este hecho, respondan efectivamente a las crecientes necesidades que tienen los diversos sectores de la población”.

                                                                                                                              El espaldarazo de la Corte al partido de Petro se concretó luego de estudiar una acción de tutela que radicó el mismo senador contra el CNE, que se había negado a reconocer jurídicamente a la Colombia Humana en varias ocasiones desde 2018. En esa ocasión, Petro sostuvo que el hecho de que no se reconociera la personería a su partido a pesar del alto numero de votos, era un motivo para explicar que se le violaban varios de sus derechos fundamentales y así como el ejercicio de la oposición política.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Podría interesarle: Corte Constitucional le dio el sí al Nuevo Liberalismo como partido político

                                                                                                                              El alto tribunal concluyó que el CNE, “desconoció las garantías para el ejercicio del derecho a la oposición política tanto del movimiento político Colombia Humana, como del senador Gustavo Francisco Petro Urrego en su calidad de adjudicatario de la curul”. Para los togados, se constató que, “existe un vacío en el acceso a la personería jurídica, para aquellos casos en que candidatos independientes que participan en las elecciones a la Presidencia inscritos por grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales o agrupaciones políticas sin personería jurídica, en el sentido de que se les reconoce un escenario de representación en el Congreso pero no el conjunto de garantías y derechos consagrados en la Constitución”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Para su decisión, la Corte tuvo en cuenta los conceptos de varios expertos en el tema, dentro de los cuales participó la Misión de Observación Electoral (MOE), la Universidad Externado y la Academia Colombiana de Jurisprudencia. Aunque las tres voces expertas tenían distintos argumentos, el que más se repitió en cada una para el reconocimiento de las curules y de la personería jurídica fue el de “el apoyo popular que obtuvo Colombia Humana en las elecciones presidenciales del año 2018″, como lo dijo la Academia.

                                                                                                                              Lea aquí: Ángela María Robledo debe abandonar el Congreso: Corte Constitucional

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Sala Plena, además, le pidió al Congreso avanzar con la implementación del Acuerdo de Paz, pues allí se prevé que se deben “adoptar medidas para remover los obstáculos y hacer los cambios institucionales para que los partidos y movimientos obtengan y conserven la personería jurídica”. Así mismo, consideró la Corte que el Congreso “debe desligar el reconocimiento de la personería jurídica de los umbrales en las elecciones. Estos últimos deben dar lugar al reconocimiento y acceso a derechos y beneficios de manera progresiva y la obtención de la personería jurídica debe ser considerada como una expresión del derecho de asociación”.

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar