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                                                                                                                              ¿Por qué la Procuraduría está en desacuerdo con la imputación a Luis Fernando Andrade?

                                                                                                                              Para el Ministerio Público no existen los argumentos suficientes en contra de Andrade para considerar que tiene una “responsabilidad penal” en dicho proceso. Es por el caso de las supuestas irregularidades en el tramo III de la Ruta del sol.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              La Procuraduría consideró que no hay pruebas suficientes para imponerle una medida de aseguramiento a Luis Fernando Andrade. / Gustavo Torrijos

                                                                                                                              La imputación a Luis Fernando Andrade, expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), por presuntas irregularidades en la firma de una adición en el contrato de la Ruta del Sol III - tramo de la vía a cargo del consorcio Yuma,- ha sido poco más que enredada. Primero, fue la juez la que regañó a la Fiscalía por la poca claridad en los cargos contra Andrade. Ahora, es la Procuraduría la que ha rechazado la medida no restrictiva de la libertad solicitada contra el exfuncionario del gobierno de Juan Manuel Santos, ya que no encontró los argumentos suficientes para soportar la imputación hecha por el ente acusador.

                                                                                                                              ::Jueza regañó a la Fiscalía por imputación de cargos "confusa" contra Luis Fernando Andrade::

                                                                                                                              Por el primer señalamiento, “contrato sin cumplimiento de los requisitos legales” al firmar una adición del contrato 007 de 2010 -por el que se le entregó a Yuma el tercer tramo de la Ruta del Sol-, la Procuraduría hizo claridad en que Andrade no suscribió las condiciones de ese convenio, sino que dicha acción fue realizada por presidente del INCO en 2010: “las cláusulas que allí se establecen, las que allí se establecieron, en nada puede tenerse en cuenta como elemento de juicio para hacer derivar responsabilidad penal al investigador en este momento”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Puede ver: Luis Fernando Andrade enfrentará su segundo proceso desde EE.UU.)

                                                                                                                              “Entonces revisando con rigor este otrosí que modifica vigencias futuras, encuentra uno que se trata de un documento meramente formal, eso no es ninguna modificación que afecte, comprometa, (…)el presupuesto de ese año”, señaló el ente de control, que agregó: “En este otrosí no se generó detrimento patrimonial al Estado porque se señaló que no generaba ningún gasto”. 

                                                                                                                              Antes estas condiciones, la Procuraduría aseguró que, aunque la acción realizada por Andrade generara controversia, no hay una afectación del presupuesto o sistema jurídico que hiciera pensar que hubiera un delito. “De pronto habrá otra clase de consideraciones, pero en lo que concierne al derecho penal para el Ministerio Público esa conducta es totalmente atípica”, determinó el ente sobre los señalamientos en contra de Andrade por presuntas irregularidades al expedir el otrosí que cambió los tiempos de la obra y los tiempos del desembolso de las vigencias futuras en el proyecto de la Ruta del Sol III.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Sobre el segundo delito, en el que supuestamente Luis Fernando Andrade favoreció al consorcio Yuma para que le fuera entregada la adición para la construcción de un puente entre Plato y Zambrano en el tramo III, la Procuraduría señaló que los hechos ni “los elementos materiales trasladados por la Fiscalía” permitía probar algún acto del funcionario para beneficiar a la empresa o que otros lo hicieran impulsados por Andrade.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              “Cuando se le imputa a una persona una conducta punible como determinador, corresponde demostrar al ente acusador que efectivamente esa conducta se cometió y que existe un principio de responsabilidad penal de las personas determinadas”, afirmó el representante del Ministerio Público, para luego decir que la Fiscalía en ningún momento había logrado probar que Luis Fernando Andrade cometió dichas acciones en el marco de la adición para la construcción del puente.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Al final, la Procuraduría pidió que se rechazara la petición de imponerle al expresidente de la ANI una medida de aseguramiento no privativa de la libertad -en la que Andrade tenía que pagar una multa y presentarse a los llamados de la justicia en un consulado en los Estados Unidos- por la “ausencia del principio de responsabilidad penal, y/o carencia de compromiso penal”.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              ::Luis Fernando Andrade: "Trabajé desinteresadamente por el bien del país"::

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Durante las audiencias de ese entonces la Fiscalía exhibió chats y fotografías del celular del exsenador Otto Bula (uno de los principales testigos en este caso), que evidenciarían encuentros entre Andrade y el exsenador Bernardo Miguel “ñoño” Elías, tanto en la ANI como en el apartamento del senador, para hablar de la posible acción a favor de la constructora brasileña.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por este primer caso, el exdirector de la ANI estuvo un año con prisión domiciliaria mientras se adelantaban las investigaciones. Sin embargo, en diciembre de 2018, un juez le concedió la libertad. Desde entonces Andrade, quien también tiene la ciudadanía estadounidense, está en los Estados Unidos. Desde allí responde a las solicitudes de la justicia colombiana a través de videollamadas.

                                                                                                                              La Procuraduría consideró que no hay pruebas suficientes para imponerle una medida de aseguramiento a Luis Fernando Andrade. / Gustavo Torrijos

                                                                                                                              La imputación a Luis Fernando Andrade, expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), por presuntas irregularidades en la firma de una adición en el contrato de la Ruta del Sol III - tramo de la vía a cargo del consorcio Yuma,- ha sido poco más que enredada. Primero, fue la juez la que regañó a la Fiscalía por la poca claridad en los cargos contra Andrade. Ahora, es la Procuraduría la que ha rechazado la medida no restrictiva de la libertad solicitada contra el exfuncionario del gobierno de Juan Manuel Santos, ya que no encontró los argumentos suficientes para soportar la imputación hecha por el ente acusador.

                                                                                                                              ::Jueza regañó a la Fiscalía por imputación de cargos "confusa" contra Luis Fernando Andrade::

                                                                                                                              Por el primer señalamiento, “contrato sin cumplimiento de los requisitos legales” al firmar una adición del contrato 007 de 2010 -por el que se le entregó a Yuma el tercer tramo de la Ruta del Sol-, la Procuraduría hizo claridad en que Andrade no suscribió las condiciones de ese convenio, sino que dicha acción fue realizada por presidente del INCO en 2010: “las cláusulas que allí se establecen, las que allí se establecieron, en nada puede tenerse en cuenta como elemento de juicio para hacer derivar responsabilidad penal al investigador en este momento”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Puede ver: Luis Fernando Andrade enfrentará su segundo proceso desde EE.UU.)

                                                                                                                              “Entonces revisando con rigor este otrosí que modifica vigencias futuras, encuentra uno que se trata de un documento meramente formal, eso no es ninguna modificación que afecte, comprometa, (…)el presupuesto de ese año”, señaló el ente de control, que agregó: “En este otrosí no se generó detrimento patrimonial al Estado porque se señaló que no generaba ningún gasto”. 

                                                                                                                              Antes estas condiciones, la Procuraduría aseguró que, aunque la acción realizada por Andrade generara controversia, no hay una afectación del presupuesto o sistema jurídico que hiciera pensar que hubiera un delito. “De pronto habrá otra clase de consideraciones, pero en lo que concierne al derecho penal para el Ministerio Público esa conducta es totalmente atípica”, determinó el ente sobre los señalamientos en contra de Andrade por presuntas irregularidades al expedir el otrosí que cambió los tiempos de la obra y los tiempos del desembolso de las vigencias futuras en el proyecto de la Ruta del Sol III.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Sobre el segundo delito, en el que supuestamente Luis Fernando Andrade favoreció al consorcio Yuma para que le fuera entregada la adición para la construcción de un puente entre Plato y Zambrano en el tramo III, la Procuraduría señaló que los hechos ni “los elementos materiales trasladados por la Fiscalía” permitía probar algún acto del funcionario para beneficiar a la empresa o que otros lo hicieran impulsados por Andrade.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              “Cuando se le imputa a una persona una conducta punible como determinador, corresponde demostrar al ente acusador que efectivamente esa conducta se cometió y que existe un principio de responsabilidad penal de las personas determinadas”, afirmó el representante del Ministerio Público, para luego decir que la Fiscalía en ningún momento había logrado probar que Luis Fernando Andrade cometió dichas acciones en el marco de la adición para la construcción del puente.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Al final, la Procuraduría pidió que se rechazara la petición de imponerle al expresidente de la ANI una medida de aseguramiento no privativa de la libertad -en la que Andrade tenía que pagar una multa y presentarse a los llamados de la justicia en un consulado en los Estados Unidos- por la “ausencia del principio de responsabilidad penal, y/o carencia de compromiso penal”.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              ::Luis Fernando Andrade: "Trabajé desinteresadamente por el bien del país"::

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Durante las audiencias de ese entonces la Fiscalía exhibió chats y fotografías del celular del exsenador Otto Bula (uno de los principales testigos en este caso), que evidenciarían encuentros entre Andrade y el exsenador Bernardo Miguel “ñoño” Elías, tanto en la ANI como en el apartamento del senador, para hablar de la posible acción a favor de la constructora brasileña.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por este primer caso, el exdirector de la ANI estuvo un año con prisión domiciliaria mientras se adelantaban las investigaciones. Sin embargo, en diciembre de 2018, un juez le concedió la libertad. Desde entonces Andrade, quien también tiene la ciudadanía estadounidense, está en los Estados Unidos. Desde allí responde a las solicitudes de la justicia colombiana a través de videollamadas.

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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