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El expresidente Álvaro Uribe Vélez confirmó, en la tarde de este 10 de julio, el traslado de su hermano, Santiago Uribe, a una guarnición militar para cumplir la condena de 28 años y tres meses de prisión que le fue impuesta por haber integrado y liderado el grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles”. A través de la red social X, el exmandatario aseguró que el presidente Gustavo Petro “aceptó las razones invocadas” en la solicitud presentada para que el ganadero no cumpliera la pena en un establecimiento carcelario, sino en un batallón militar en Antioquia.
“Agradezco al Gobierno Nacional, en nombre de mi familia, que, no obstante ser yo opositor, se autorizó el traslado de mi hermano Santiago a una guarnición militar. El general Pedro Sánchez, ministro de Defensa, me informó que el presidente Petro aceptó las razones invocadas. Muchas gracias. Los abogados seguirán en la búsqueda de pruebas sobrevinientes para que se corrija la enorme injusticia de su condena”, escribió Uribe Vélez en su trino.
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La solicitud había sido presentada el pasado 9 de junio por el abogado penalista Jaime Granados ante el Tribunal Superior de Antioquia. En ella pidió que “el cumplimiento de la condena se materialice en el Batallón Juan del Corral o en un lugar especial del departamento de Antioquia para garantizar su situación de seguridad y arraigo familiar”. No obstante, el Tribunal respondió que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) es la entidad competente para determinar el sitio de reclusión del ganadero.
De acuerdo con la sentencia, de 605 páginas, Santiago Uribe participó en la conformación del grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles” y en el homicidio de un conductor de bus en Antioquia. Así lo concluyó la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que tenía el proceso desde el pasado 27 de marzo bajo la ponencia del magistrado Gerson Chaverra.
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Al estudiar el recurso presentado por la defensa del ganadero, que solicitaba revocar la condena impuesta en segunda instancia el 25 de noviembre de 2025 y absolverlo de los delitos por los que fue declarado responsable, la Corte determinó que el Tribunal Superior de Antioquia tomó la decisión correcta en segunda instancia.
Según la sentencia, los hechos atribuidos a Santiago Uribe constituyeron “ultrajes especialmente lesivos de la dignidad humana que degradan de forma grave los más caros intereses del ser humano” y hacían parte de “eventos sistemáticos y generalizados”. En esa misma línea, la Sala señaló que las conductas “se enmarcaron en el ataque sistemático y generalizado contra la población civil del norte del departamento de Antioquia”.
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Por otra parte, el alto tribunal rechazó el argumento de la defensa según el cual cada testimonio debía analizarse de manera aislada y no de forma conjunta, como lo hizo el Tribunal Superior de Antioquia. De hecho, la Corte concluyó que ese tribunal corrigió el error en el que había incurrido el juzgado de primera instancia, al realizar un análisis “parcial y fragmentado” que “magnificó supuestas contradicciones internas y detalles accesorios”. En ese sentido, sostuvo que, en contextos de macrocriminalidad, la verdad judicial se construye a partir de una valoración integral del acervo probatorio y no del examen aislado de cada elemento de prueba.
“El Tribunal acertó cuando entendió que aislar a los testigos para restarles mérito uno a uno, es un error, pues la valoración conjunta permitió que adquieran una mayor fuerza decisiva”, señaló la Corte. También, que “exigir exactitud milimétrica entre testimonios es irrazonable”. Por la misma línea, encontró que en segunda instancia quedó probado que Santiago Uribe no solo era miembro, sino líder y financiador de “Los 12 Apóstoles”.
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