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                                                                                                                              Procuraduría pidió anular fallo que suspendió sanción disciplinaria al exalcalde de Medellín

                                                                                                                              En la acción se considera que el Consejo de Estado no tenía la competencia para tomar esta decisión.

                                                                                                                              El Espectador

                                                                                                                              Ante el Consejo de Estado, la Procuraduría General presentó un recurso de nulidad frente al fallo que suspendió la sanción disciplinaria emitida por el Ministerio Público en contra del exalcalde de Medellín, Alonso Salazar por su participación en política.

                                                                                                                              En la acción se considera que el tribunal de lo contencioso administrativo no tenía la competencia de juez disciplinario para modificar la sanción emitida por la Procuraduría General y crear un nuevo fallo. 

                                                                                                                              En este punto se cuestionó el cambio del fallo que destituyó e inhabilitó por 12 años para ocupar cargos públicos al exmandatario antioqueño a una amonestación para que modere los comentarios que hace en los medios de comunicación y las redes sociales. (Ver 'Sanción de la Procuraduría contra Alonso Salazar fue desproporcionada')

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El alto tribunal consideró que no hubo una correcta valoración de las pruebas que implicaban al exfuncionario en un caso de supuesta participación indebida en política. (Ver Alonso Salazar, de vuelta a la arena política)

                                                                                                                              “Establecidas tales definiciones, la Procuraduría debió haber procedido a estudiar las pruebas relevantes que pudieran demostrar, punto por punto, que el señorSalazar (i) difundió (ii) propaganda electoral (iii) a favor de un partido, agrupación o movimiento político (iv) a través de los medios proscritos –publicaciones, estaciones oficiales o la imprenta pública-, (v) sin estar amparado por alguna de las autorizaciones establecidas en la Ley de Garantías”, indica uno de los apartes de la decisión. 

                                                                                                                              La Sala explica que existe una desproporción en las sanciones que le fueron impuestas por la Procuraduría General al exalcalde Salazar, si se tiene en cuenta que la proporcionalidad de la sanción disciplinaria está íntimamente ligada a la culpabilidad que se logre demostrar durante el proceso.

                                                                                                                              “Considera la Sala que la sanción impuesta al señor Salazar aparece desproporcionada, puesto que su culpabilidad en tanto autor de una conducta disciplinable requiere un elemento modulador necesario de la justicia y templanza de la sanción. La ecuación disciplinaria no fue abordada por el organismo de control dado que su análisis se adentró en estructurar un reproche que tal como ha quedado analizado en este proveído no se acopla con el marco legal y constitucional de los hechos conforme fueron probados en el proceso”, señala la sentencia.

                                                                                                                              Sin embargo, la Sala concluye que la conducta del exmandatario sí tuvo implicaciones a la luz de la ley disciplinaria porque estaba en el deber de custodiar y cuidar la información y las fotografías a las que había tenido acceso en virtud de su cargo como Alcalde de Medellín.

                                                                                                                              “Por la formación y el conocimiento y experiencia del señor Salazar en estos asuntos, por su conocimiento expreso del régimen de deberes y prohibiciones que le obligaba como Alcalde, y por las declaraciones que ha hecho a lo largo de este proceso, la Sala considera que sí obró con imprudencia, esto es, con un grado de culpa leve al haber efectuado dicha entrega de información y documentación", explica el extenso fallo.

                                                                                                                              El fallo declara disciplinariamente responsable al exalcalde de Medellín por haber cometido una falta disciplinaria leve culposa y se le advierte que no vuelva a incurrir en esta imprudencia en cualquier cargo público que desempeñe en el futuro. Esta amonestación debe ser anotada tanto en su hoja de vida como en su registro de antecedentes disciplinarios.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En la acción se considera que el tribunal de lo contencioso administrativo no tenía la competencia de juez disciplinario para modificar la sanción emitida por la Procuraduría General y crear un nuevo fallo. 

                                                                                                                              En este punto se cuestionó el cambio del fallo que destituyó e inhabilitó por 12 años para ocupar cargos públicos al exmandatario antioqueño a una amonestación para que modere los comentarios que hace en los medios de comunicación y las redes sociales. (Ver 'Sanción de la Procuraduría contra Alonso Salazar fue desproporcionada')

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El alto tribunal consideró que no hubo una correcta valoración de las pruebas que implicaban al exfuncionario en un caso de supuesta participación indebida en política. (Ver Alonso Salazar, de vuelta a la arena política)

                                                                                                                              “Establecidas tales definiciones, la Procuraduría debió haber procedido a estudiar las pruebas relevantes que pudieran demostrar, punto por punto, que el señorSalazar (i) difundió (ii) propaganda electoral (iii) a favor de un partido, agrupación o movimiento político (iv) a través de los medios proscritos –publicaciones, estaciones oficiales o la imprenta pública-, (v) sin estar amparado por alguna de las autorizaciones establecidas en la Ley de Garantías”, indica uno de los apartes de la decisión. 

                                                                                                                              La Sala explica que existe una desproporción en las sanciones que le fueron impuestas por la Procuraduría General al exalcalde Salazar, si se tiene en cuenta que la proporcionalidad de la sanción disciplinaria está íntimamente ligada a la culpabilidad que se logre demostrar durante el proceso.

                                                                                                                              “Considera la Sala que la sanción impuesta al señor Salazar aparece desproporcionada, puesto que su culpabilidad en tanto autor de una conducta disciplinable requiere un elemento modulador necesario de la justicia y templanza de la sanción. La ecuación disciplinaria no fue abordada por el organismo de control dado que su análisis se adentró en estructurar un reproche que tal como ha quedado analizado en este proveído no se acopla con el marco legal y constitucional de los hechos conforme fueron probados en el proceso”, señala la sentencia.

                                                                                                                              Sin embargo, la Sala concluye que la conducta del exmandatario sí tuvo implicaciones a la luz de la ley disciplinaria porque estaba en el deber de custodiar y cuidar la información y las fotografías a las que había tenido acceso en virtud de su cargo como Alcalde de Medellín.

                                                                                                                              “Por la formación y el conocimiento y experiencia del señor Salazar en estos asuntos, por su conocimiento expreso del régimen de deberes y prohibiciones que le obligaba como Alcalde, y por las declaraciones que ha hecho a lo largo de este proceso, la Sala considera que sí obró con imprudencia, esto es, con un grado de culpa leve al haber efectuado dicha entrega de información y documentación", explica el extenso fallo.

                                                                                                                              El fallo declara disciplinariamente responsable al exalcalde de Medellín por haber cometido una falta disciplinaria leve culposa y se le advierte que no vuelva a incurrir en esta imprudencia en cualquier cargo público que desempeñe en el futuro. Esta amonestación debe ser anotada tanto en su hoja de vida como en su registro de antecedentes disciplinarios.

                                                                                                                              Read more!

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