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Recta final en caso de aborto no consentido contra líder de la barra de Nacional

Se trata de Andrés Felipe Muñoz Lara, quien también es baterista de la banda Tr3s de CoraZón, acusado de provocarle a una amiga un aborto en febrero de 2018, luego de haberle dado un jugo con una sustancia abortiva. La Procuraduría pidió absolverlo y su abogado insiste en su inocencia.

David Escobar Moreno y jescobar@elespectador.com / @josedem18
02 de diciembre de 2021 - 02:00 a. m.
Andrés Felipe Muñóz Lara es uno de los líderes de la barra de Atlético Nacional.
Andrés Felipe Muñóz Lara es uno de los líderes de la barra de Atlético Nacional.
Foto: El Colombiano/ Edwin Bustamante

El 18 de enero de 2022 se sabrá si es condenado o no, en primera instancia, Andrés Felipe Muñoz Lara, baterista de la banda de rock Tr3s de CoraZón y líder de la barra Los del Sur de Atlético Nacional. El músico y barrista es enjuiciado porque, asegura la Fiscalía, provocó un aborto a una amiga suya al darle un jugo en el que, aparentemente, había una sustancia abortiva. Muñoz Lara fue acusado formalmente por el delito de aborto sin consentimiento en octubre de 2019 y el pasado 23 de noviembre de 2021 terminó la etapa de juicio con los alegatos de conclusión presentados por la Fiscalía, la Procuraduría, su defensa y los abogados de la víctima.

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Durante el juicio fueron varios los testigos que respondieron a las preguntas que había sobre los hechos que rodearon el aborto de la denunciante, Carolina Riaño*, quien según la investigación y los testigos de la Fiscalía, a principios de febrero de 2018, discutió con Muñoz Lara luego de que este le pidiera que abortara. Los dos, posteriormente, fueron a un centro médico para confirmar que la denunciante estaba embarazada, y fue allí, dice la investigación, donde el músico le dio un jugo de caja abierto que, de acuerdo con los análisis de Medicina Legal, tenía misoprostol. Se trata de una sustancia usada, entre otras cosas, para provocar abortos y es comercializado en Colombia sin restricción.

El expediente indica que la mujer llegó el 3 de febrero de 2018 con un sangrado vaginal al hospital Pablo Tobón Uribe, en Medellín, y fue diagnosticada con amenaza de aborto. La Fiscalía indicó durante el juicio que los chats entre Riaño y el líder barrista dan cuenta que este último adoptó una actitud “hostil” frente a ella cuando le contó de su estado de embarazo y que el músico le propuso varias formas para abortar.

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La abogada Paola Andrea Duque, quien representa a Carolina Riaño en el proceso, le dijo a este diario que Muñoz debe ser condenado porque no respetó el derecho a tomar decisiones sobre la reproducción sin sufrir discriminación, coerción, ni violencia y a decidir libremente si se desea o no tener hijos. “La violencia reproductiva viola múltiples derechos, empezando por el derecho a la información y al consentimiento informado y afectando gravemente otros derechos intrínsecamente relacionados como la vida, la integridad y la salud. Esto constituye una violencia basada en género que causó daños y afectaciones en su salud física y mental”, advirtió la abogada durante la audiencia de alegatos finales.

La defensa de Lara Muñoz

En diálogo con este diario, el abogado de Muñoz Lara, Juan Sebastián Duque, señaló que su cliente debe ser absuelto porque los hechos que son evaluados en este juicio “no tienen nada que ver con violencias sexuales, de género o reproductivas como quiso plantear la representación de víctimas”. El penalista explica que lo que se debate es si el músico tuvo que ver o no en que el embarazo de Riaño fuera interrumpido de manera abrupta. “No hay certeza de que Andrés Felipe le haya suministrado a la presunta víctima sin su consentimiento alguna sustancia que le haya podido generar la interrupción de un proceso gestacional”. Además, dijo que, aunque la Fiscalía hubiese probado que Muñoz Lara sí suministró misoprostol furtivamente en la bebida, “también quedó demostrado a través de peritos, médicos ginecoobstetras y otros profesionales de la salud que la etapa de gestación que evidenciaba Carolina Riaño era un proceso en franco deterioro. Se demostró que esta situación del embrión no era atribuible al suministro de sustancia alguna ni se podía conectar con alguna acción u omisión atribuible a Andrés Felipe Muñoz. Es decir, no se pudo acreditar que el embarazo se iba a producir si no hubiera sido por alguna intervención de mi cliente”, concluyó el abogado.

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Además de la obvia solicitud de absolución hecha por la defensa de Muñoz Lara al juez del caso, en ese mismo sentido se pronunció la procuradora del caso, quien también afirmó que no se acreditó que Muñoz Lara tuvo participación en el aborto involuntario que tuvo Carolina Riaño en febrero de 2018. El músico, durante estos dos años desde que inició el proceso penal, ha pedido que no se involucre a la agrupación musical a la que pertenece ni a la organización barrista que encabeza. Así las cosas, será a la vuelta de la vacancia judicial que se sabrá si Muñoz Lara será condenado en primera instancia por un delito que da entre cuatro a 10 años de prisión.En estos momentos, los magistrados de la Corte Constitucional discuten sobre la posibilidad de quese logre la despenalización del aborto en Colombia. En el caso en que es procesado Muñoz Lara se trata de un aborto sin consentimiento, un hecho totalmente opuesto a lo que hoy debate el alto tribunal .

*El nombre de la denunciante fue cambiado por solicitud de sus abogados.

Por jescobar@elespectador.com / @josedem18

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Aristoteles(50651)02 de diciembre de 2021 - 03:28 p. m.
la procuraduria la que debe defender la vida pidiendo absolución es el colmo de este gobierno bandido y asesino. debe ser condenado.
AMCA50(nungl)02 de diciembre de 2021 - 10:06 a. m.
El estado debe poner el expendió de esta sustancia bajo control; y si este señor la suministró consentimiento de la mujer, que lo condenen. A proposito, que hace la Procuraduria ahi metida?
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