No es la primera vez ni será la última que la Corte Constitucional produzca fallos en contravía con los planes de un gobierno. Aunque todavía no hay sentencia, el caso más reciente que tiene al país político y jurídico hablando del tema es el del expediente sobre la reforma pensional. Según la ponencia que estudia la Sala Plena, esta ambiciosa propuesta de la administración Petro quedaría sin piso por errores en su trámite en el Congreso. A lo largo de la historia han sido múltiples las sentencias que han suscitado controversias, precisamente, por errores que comete el Senado o la Cámara de Representantes a la hora de estudiar las reformas o proyectos de ley.
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Son errores conocidos como vicios de forma y, en general, ocurren cuando no se realizan los debates que la ley requiere, los congresistas no conocen a fondo lo que están votando o, simplemente, no se cuentan bien los votos que se necesitan para aprobar las normas. Antes de la Constitución de 1991, la Corte Suprema de Justicia se encargaba de realizar estos estudios constitucionales y, como era de esperarse, produjo fallos determinantes. Entre ellos el que le permitió al país acceder a una Asamblea Nacional Constituyente, que al final facilitó la creación de la Corte Constitucional que asumió las labores de salvaguardia de la Carta Política.
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En el caso de la reforma pensional, este diario pudo establecer que la ponencia, del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, señala que la propuesta del Ejecutivo no puede prosperar por supuestos vicios de procedimiento insubsanables en el último debate de ese proyecto. En concreto, que por afán de que se aprobara, el Gobierno y su bancada no permitieron que se diera la discusión que una reforma de este calibre necesitaba y, en consecuencia, terminó aprobándose por “pupitrazo”, sin la publicidad y el debate necesarios. Si la Sala Plena aprueba el proyecto de fallo, no sería ni la primera ni última vez que la Corte se atraviese a los planes de un gobierno por errores atribuibles al Congreso. Estos son algunos ejemplos.
1. La miniconstituyente de López
Durante el gobierno de Alfonso López (1974-1978) en el Congreso se impulsó el Acto Legislativo 02 de 1977, cuyo propósito era convocar una Asamblea Constituyente para modernizar la administración de justicia y reformar el régimen de departamentos y municipios. Sin embargo, el viernes 5 de mayo de 1978 la Corte Suprema de Justicia lo declaró inconstitucional con una votación de 14 contra 10. El alto tribunal determinó que el Congreso había incurrido en vicios de procedimiento y que, según el artículo 218 de la Constitución vigente, únicamente el Congreso tenía la facultad de promover dicha reforma.
2. La reforma de 1979
Durante el gobierno de Julio César Turbay (1978-1982), el Congreso tramitó un acto legislativo con el objetivo de reformar la justicia y retomar varias propuestas de la fallida reforma de 1977. Sin embargo, el 2 de noviembre de 1951, debido a errores de procedimiento, especialmente la vulneración del derecho de las minorías en la Cámara de Representantes, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia declaró que no se ajustaba a la Constitución. La ponencia del magistrado Fernando Uribe Restrepo generó una fuerte controversia política, pero el Gobierno, a pesar de las críticas, tuvo que acatar la decisión.
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3. Se cae el UPAC
El 16 de diciembre de 1999, tras una intensa polémica, la Corte Constitucional declaró inconstitucionales siete artículos del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, anulando así el sistema de Unidad de Pago por Acciones (UPAC), creado durante el gobierno de Misael Pastrana. Aunque el tribunal difirió los efectos de la decisión hasta 2000, el fallo generó una crisis en el sistema de crédito hipotecario en Colombia. La Corte determinó que el Ejecutivo no tenía la facultad para expedir normas sobre la organización y gestión de los fondos provenientes del ahorro privado, ya que esa era una competencia exclusiva del Congreso.
4. El Plan Nacional de Desarrollo de Pastrana
Uno de los fallos emblemáticos en la historia del control constitucional de los planes de desarrollo en Colombia fue el que emitió la Corte Constitucional el 16 de mayo de 2000, cuando revisó la propuesta del gobierno Pastrana para su cuatrienio. Lo que explicó el alto tribunal fue que ese tipo de proyectos del Ejecutivo no podían ser la excusa para que tramitara reformas constitucionales y otras modificaciones a fundamentos de la Constitución. Además, fue clara en advertir que el Congreso no podía aprobar artículos de un Plan Nacional de Desarrollo sin que fueran debidamente debatidos y que no cumplían con requisitos constitucionales.
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5. Referendo de 2002
El 7 de agosto de 2002, en su primer acto de gobierno, el entonces presidente Álvaro Uribe presentó al Congreso un proyecto de ley para convocar a un referendo contra la corrupción y la politiquería. En mayo de 2003, la Corte Constitucional revisó el cuestionario aprobado y, por vicios de procedimiento y violación del principio de unidad de materia, “peluqueó” el referendo. En otras palabras, eliminó varias preguntas que había propuesto el Gobierno, pues no tenían que ver con el propósito inicial de la convocatoria. Aunque el Ejecutivo fue el responsable de convocar y hacer las preguntas, el Congreso también cometió errores de forma, pues no verificó que el proyecto de ley se ajustara a la Constitución.
6. Ley Antiterrorista
Mediante el Acto Legislativo 02 de 2003, el gobierno de Álvaro Uribe Vélez impulsó una reforma constitucional para enfrentar la amenaza del terrorismo. Sin embargo, el 30 de agosto de 2004 la Corte Constitucional declaró inconstitucional esta modificación a la Carta Política. Con ponencia de los magistrados Jaime Córdoba y Rodrigo Uprimny, el alto tribunal concluyó que el Congreso incurrió en vicios de procedimiento al tramitar el denominado Estatuto Antiterrorista. Según la Corte, el error ocurrió durante el sexto debate en la segunda vuelta en la Cámara de Representantes, cuando un informe de ponencia fue sometido a votación nominal y solo obtuvo 54 votos a favor, sin alcanzar la mayoría absoluta requerida.
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7. Fuero penal militar
La Corte Constitucional tumbó la reforma al fuero penal militar el 23 de octubre de 2010, un proyecto clave para el gobierno de Juan Manuel Santos y las negociaciones de paz en La Habana. La norma ampliaba la jurisdicción de los tribunales castrenses, limitando la justicia ordinaria solo a ciertos delitos graves. Aunque generó controversia por el riesgo de impunidad, la Corte la declaró inconstitucional por vicios de forma, al haberse realizado sesiones simultáneas en la Comisión Primera y la plenaria de la Cámara, lo cual está prohibido por ley.
8. Se cae el Tribunal para Aforados
La última reforma de equilibrio de poderes ocurrió en 2015. En ella se aprobaron cambios constitucionales claves, como la eliminación de la reelección presidencial, así como otras disposiciones que buscaban fortalecer la separación de poderes. Uno de los puntos más polémicos que aprobó el Congreso fue crear una Comisión de Aforados para que se encargara de investigar a magistrados, congresistas y otros funcionarios con fuero. No obstante, cuando el asunto llegó a la Corte Constitucional, el alto tribunal encontró que el Congreso había cometido un vicio de forma, pues aprobó crear esa Comisión, cuando nada tenía que ver con el objeto de la ley del equilibrio de poderes. La decisión se conoció el 13 de julio de 2016.
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9. Ley de financiamiento
El 16 de octubre de 2019, la Corte Constitucional tumbó la ley de financiamiento, que buscaba ser el alivio del gobierno de Iván Duque al llamado hueco fiscal. La Corte encontró que el Congreso violó varios principios, como el de publicidad y consecutividad. Es decir, que los congresistas aprobaron un texto que no conocían y aprobaron la ley a pupitrazo y a ciegas. Por sus graves implicaciones al sistema tributario, el alto tribunal optó por derogar su decisión hasta el 31 de diciembre de ese año, para evitar traumatismos económicos. Este escenario fue la antesala de la reforma tributaria que el gobierno Duque presentó al año siguiente y que desató un estallido social sin precedentes.
10. El “mico” de la Ley de Garantías
En mayo de 2022, la Corte Constitucional anuló una modificación a la Ley de Garantías que permitía la celebración de contratos entre entidades públicas durante períodos electorales. Esta modificación, promovida por el gobierno Duque, fue incluida en la Ley de Presupuesto de 2021, y para muchos se trató de un “mico” que el Ejecutivo trató de incluir por debajo de la mesa. El alto tribunal señaló que esa modificación fue aprobada por el Congreso, violando el principio de unidad de materia, y que no era constitucional tratar de modificar una ley de garantías electorales, a través de una sobre el presupuesto. En ese caso, la Corte fue severa y ordenó anular todos los contratos que se habían firmado antes de su decisión.
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