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La Corte Suprema de Justicia no le rebajó un solo día de cárcel al abogado Marlon Farick Rincón, quien había solicitado una cuarta y final opinión en su expediente judicial, en el cual quedó firmemente demostrada su responsabilidad por acosador sexual. La alta corte confirmó la condena del abogado, quien fue denunciado por dos mujeres que lograron probar ante la justicia que les hizo la vida imposible.
Antecedentes: Marlon Rincón, el abogado que acosó mujeres en Bucaramanga, ¿y ahora en Cartagena?
Marlon Farick Rincón era uno de los hombres más poderosos de la Electrificadora de Santander (ESSA), donde se desempeñó como secretario general y asesor de gerencia. Sin embargo, entre 2012 y 2013, se comportó como todo un acosador en serie, al recurrir a múltiples tipos de vejámenes contra sus compañeras de trabajo y denunciantes, Silvia Margarita Carvajal y Cinthia Milena Tatis. Aunque en 2019 el Tribunal Superior de Bucaramanga lo declaró inocente, la Corte Suprema, en doble instancia, lo halló responsable.
Silvia Margarita y Cinthia Milena lo pusieron contra las cuerdas finalmente después de 10 años de haber radicado la denuncia. La primera trabajó en la Secretaría General de ESSA, bajo el mando del abogado Rincón, cuando fue asediada sexualmente por su jefe. Le decía constantemente que su perfume lo excitaba, que le diera del chicle que comía y que debían sostener “algo” porque era una mujer linda. Y le advertía que, de no acceder, la podía despedir cuando quisiera.
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“Entre los distintos actos de hostigamiento, Rincón tocó sus glúteos sin su consentimiento, haciendo la mímica de querer limpiar su pantalón, cuando ella se encontraba de espaldas enviando un fax desde su oficina. Hacía comentarios soeces sobre sus nalgas, su cuerpo, sus relaciones sentimentales e interacciones sexuales ante sus compañeros de trabajo”, expuso la Fiscalía en su teoría del caso.
Por su parte, Cinthia Tatis Hernández era la secretaria de su victimario en la época de los hechos. El acoso llegó a tal punto que le bajaba los pantalones en espacios privados como su oficina o el archivo de la ESSA. Le solicitaba constantemente que le practicara sexo oral y que le aplicara “crema para sus nacidos”. Le decía que era necesario que tuviera un “macho” al lado y le ofreció ayuda para “suplir carencias sexuales que pudiera tener”. En otro tipo de violencias, Rincón fue denunciado por tratarla de loca cuando hablaba de los hechos ante sus compañeros.
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Pero la justicia les dio varios reveses a las denunciantes. En 2018, el Juzgado 12 Penal de Bucaramanga falló a favor del abogado, lo cual sería confirmado un año después por el Tribunal Superior de la ciudad. No obstante, las víctimas no se dieron por rendidas y llevaron el caso ante la Corte Suprema de Justicia, la cual, en marzo de 2023, en primera instancia, por fin les dio la razón. Como el abogado Rincón resultó por primera vez responsable ante la justicia, tenía derecho a una segunda opinión ante la misma Corte. Sin embargo, perdió definitivamente.
“Según el resumen de las pruebas testimoniales, la totalidad de actos de acoso sexual ocurrieron en la sede de la empresa y en el horario en que las dos mujeres prestaban sus servicios bajo el mando del acusado; inclusive, la mayoría de aquellos se presentó en la oficina asignada a este último. Ello implica que aquel se aprovechó del lugar y el tiempo que ofrecía la relación laboral para asediar a las trabajadoras”, concluyó la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema.
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