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El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha frenó el traslado de Andrés Felipe Marín Silva, conocido bajo el alias de “Pipe Tuluá”, desde la estación de Policía Los Mártires hacia el pabellón de extraditables de La Picota.
La Sala de decisión Penal negó dicho traslado tras las impugnaciones que presentó la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (Dijin) y la Dirección General del Instituto Nacional Penitenciario y carcelario (Inpec) contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Promiscuo del circuito de Villanueva.
En contexto: Juzgado ordena traslado de “Pipe Tuluá” al pabellón de extraditables de La Picota
En dicho fallo, el Juzgado concedió parcialmente una acción de tutela a favor de alias “Pipe Tuluá y ordenó su traslado al pabellón de extraditables de la cárcel La Picota, en Bogotá, mientras se resuelve de fondo la solicitud de extradición en su contra por cargos relacionados a narcotráfico. Según la decisión del Juzgado, el máximo jefe de la banda criminal “La Inmaculada”, debía ser trasladado de inmediato.
La tutela fue presentada por Deiby Alexander Osorio Galíndez, representante de Marín Silva, quien denunció que “Pipe Tuluá” había sido trasladado el pasado 4 de junio a la Estación de Policía Los Mártires en la capital. Lugar que, según Osorio Galíndez, no cuenta con las condiciones que exige un centro penitenciario para extraditables.
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Cabe resaltar que en los detalles del fallo del Juzgado, el Inpec defendió el traslado de “Pipe Tuluá” al señalar que no se encontraba en una estación común de Policía, sino en un pabellón externo de máxima seguridad adscrito a La Picota.
Según el instituto, ese espacio cumple con estrictas medidas de vigilancia y evita el contacto con otros internos. Además, negó que existieran amenazas formales contra Marín Silva, por lo que el traslado solicitado por la defensa resultaba inviable.
En ese contexto, con ponencia de la magistrada Lidy Johana Arévalo, el Tribunal de Riohacha revocó el fallo del Juzgado y frenó el traslado de “Pipe Tuluá”. Asimismo, hizo un llamado de atención al juez de primera instancia “para que en las próximas ocasiones haga un estudio pormenorizado y ajustado a los criterios jurisprudenciales que rigen cada presupuesto de procedibilidad de la acción de tutela”, se lee en el fallo.
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