Tribunal ordena entregar tapabocas en la cárcel con más casos de COVID-19

El Tribunal de Villavicencio tumbó una orden judicial de trasladar a decenas de internos de la cárcel de la capital del Meta, pero, en su lugar, le exigió al Inpec y otras entidades entregar tapabocas a todos los reclusos, así como batas, trajes de bioseguridad y otros elementos de protección a los guardias.

07 de julio de 2020 - 02:02 p. m.
En el penal hay 891 casos de COVID-19.
En el penal hay 891 casos de COVID-19.

En cuestión de semanas la cárcel de Villavicencio pasó de ser la primera con casos de COVID-19 en el país a ser un foco de atención por la tragedia que podría ocurrir. En ese contexto, la Procuraduría interpuso una tutela buscando que trasladaran a otro centro de reclusión a decenas de reclusos con enfermedades previas como VIH, diabetes o cáncer, para quienes un eventual contagio del virus podría ser letal. Aunque en primera instancia su petición fue concedida, el Tribunal de Villavicencio la tumbó y, ordenó algo que consideró más sencillo de cumplir: entregar elementos de protección personal a todos los internos y a los funcionarios del Inpec que trabajan en el penal.

(En contexto: Por tutela de la Procuraduría, Inpec deberá trasladar a 71 internos de la cárcel de Villavicencio)

En primera instancia, el juzgado cuarto especializado de Villavicencio le había dado 12 días a la Gobernación del Meta y a la Alcaldía de la ciudad para que “procedieran a la reubicación con todas las medidas de seguridad y bioseguridad pertinentes de las personas privadas de la libertad relacionadas en esta acción de tutela para evitar el contagio de COVID-19”. La decisión tampoco dejaba bien parados al Ministerio de Justicia, el Inpec y su unidad de contratación, Uspec, pues consideraba que estaban vulnerando los derechos fundamentales de los internos al tenerlos en las condiciones que estaban.

La Fiduprevisora, que administra los recursos de salud de los reclusos, la Uspec, la Gobernación y la Alcaldía impugnaron la decisión y fue así como aterrizó en el Tribunal de Villavicencio. Las entidades no estaban de acuerdo con las órdenes que les había dado el juez de primera instancia, entre otras cosas, porque no las consideraban posibles de cumplir dentro de sus competencias. Los magistrados tomaron en cuenta todos esos argumentos, así como las pruebas que allegaron los procuradores demandantes de la precaria atención que recibían los internos en el penal, con lo cual mantuvo que, en efecto, sus derechos fundamentales estaban siendo vulnerados.

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Tras estudiar detenidamente los límites y las obligaciones de cada una de las entidades demandadas, así como la situación de la cárcel, el Tribunal concluyó: “son varias las medidas que deben ser tomadas, entre ellas la presencia de personal médico suficiente, la entrega de elementos de bioseguridad, y el cumplimiento de las recomendaciones de los epidemiólogos”. En ese sentido, se despachó contra la Uspec, que en su impugnación había buscado eludir su responsabilidad: “aunque la Uspec solo contrata para la prestación de los servicios de salud de los privados de la libertad al Consorcio Atención en Salud PPL, ello no es suficiente para determinar que no intervenga en la afectación del derecho a la salud, pues su mediación puede ser necesaria para hacer cumplir al contratante los servicios requeridos”.

Fue entonces que le ordenó a la Uspec y a la Fiduprevisora entregar tapabocas a los internos y al Inpec entregar elementos de protección personal como batas, trajes y tapabocas N95 a los guardianes. Pero no en cualquier proporción, sino tal cual han recomendado la Secretaría de Salud y la ARL de los funcionarios: por lo menos 216.600 tapabocas convencionales al mes para los internos y 5.280 N95, 540 batas, 23 termómetros eléctricos, entre otros elementos para los dragoneantes, “e igualmente elementos de aseo y desinfección suficientes, hasta tanto se supere el riesgo de contagio por COVID-19”.

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Asimismo, otro de los problemas que preocupa en el penal es que las personas con enfermedades graves no tienen cómo aislarse. El Inpec asegura haber diseñado estrategias para hacerlo, con lo cual, el Tribunal le ordenó a la Secretaría de Salud de Villavicencio visitar la cárcel y rendir “un informe en el que determine si la zona de aislamiento en la que se encuentran se puede calificar como asegura”. En caso de que no se cumplan las condiciones de aislamiento, “garantizar un lugar de aislamiento que se adecue a los parámetros otorgados por los epidemiólogos, y que no ponga en riesgo la vida de los accionantes, en lo posible dentro del centro de reclusión”.

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