Tuvieron que pasar cinco años para que Lina María Vega Sarmiento, procuradora delegada disciplinaria de juzgamiento, emitiera su primera decisión en el caso de la muerte de Cristian Hernández, a manos de uniformados de la Policía, durante las manifestaciones del 9 de septiembre de 2020 en Bogotá. Un coronel y un patrullero fueron absueltos, mientras que un teniente fue sancionado con una inhabilidad de solo cinco meses.
El procurador general, Gregorio Eljach destituyó de forma inmediata, y de manera irrevocable, a la funcionaria Vega Sarmiento. La destitución fue conocida por El Espectador, dos días después de revelar el contenido de la sanción en contra del teniente Reinero Alberto Cuartas Jiménez y de la publicación del editorial “Una sanción risible de la Procuraduría”.
Se trató de una decisión que avivó la indignación de las víctimas, quienes siguen esperando respuestas claras y sanciones contundentes por el asesinato del joven de 26 años, quien trabajaba como domiciliario y era padre de dos niñas. La investigación que generó críticas contra la Procuraduría, como narró este diario, está relacionada con los hechos ocurridos en Bogotá, entre el 9 y el 11 de septiembre de 2020.
Por esos días, la capital fue centro de manifestaciones y protestas en rechazo a la muerte violenta del abogado Javier Ordoñez, quien fue asesinado por el expatrullero Harby Damián Rodríguez, el 8 de septiembre de ese mismo año. Tres años después, fue condenado a una pena de 40 años de prisión.
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En la noche de ese 9 de septiembre, el Comando de Atención Inmediata (CAI) de la Policía del barrio Verbenal, en la localidad de Usaquén, fue uno de los centros de las manifestaciones. Según la información recopilada hasta ahora, Cristian Hernández pasó cerca al CAI en su bicicleta de domiciliario, en sentido occidente-oriente. Dos policías que se movilizaban también por allí en una motocicleta y, dicen las versiones conocidas del hecho, uno de ellos accionó su arma de dotación.
La bala entró por la parte posterior de la cabeza del joven y salió por la parte frontal. Un vehículo de la Policía, que estaba a pocos metros del lugar, dice la familia de Hernández, no lo ayudó. Hay registro de 13 llamadas a la línea 123 de emergencia, sin efecto alguno. Nadie lo auxilió. Cristián Hernández falleció, víctima de las balas de funcionarios del Estado. Fue uno de los diez civiles que murieron durante las manifestaciones en Bogotá durante esos días.
El expediente llegó al despacho de Lina María Vega Sarmiento y se concentró en la responsabilidad de tres uniformados, presuntos responsables de la muerte de Hernández: el coronel Roberto Carlos Sánchez Rodríguez, quien para la fecha era el comandante de la estación de Policía de Usaquén; el teniente Reinero Alberto Cuartas Jiménez, comandante del CAI Verbenal; y el patrullero Emmanuel Córdoba Arias, que pertenecía al cuadrante siete de la Policía.
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Sin embargo, luego de cinco años al frente de la investigación disciplinaria, la procuradora delegada emitió una sanción que criticó las víctimas. Al coronel Sánchez Rodríguez y al patrullero Córdoba Arias los absolvió. Según los argumentos de la ahora exfuncionaria del Ministerio Público, sobre las 8:29 de la noche de ese 9 de septiembre, el coronel Sánchez Rodríguez dio la orden de no hacer uso del arma de fuego, porque había un herido, y no estaría relacionado con el disparo a Hernández efectuado por los agentes.
Al patrullero Córdoba Arias, la procuradora Vega Sarmiento lo eximió de responsabilidad disciplinaria por pertenecer al cuadrante siete de la Policía, cuando los hechos se presentaron en el área de responsabilidad del cuadrante cinco. Es decir, que Hernández falleció en un sitio distinto al lugar en el que estaba asignado para desempeñar sus funciones, desconociendo la magnitud de las manifestaciones en las que fueron quemados, en total, 22 CAI en la ciudad.
Solo el teniente Cuartas Jiménez fue hallado responsable en el hecho de abuso de autoridad y extralimitación de funciones. Pero la sanción impuesta fue de una inhabilidad durante solo 160 días; es decir, cinco meses. “La orden de atender al joven recaía en el comandante del CAl Reineiro Alberto Cuartas Jiménez, pero no está demostrado que la hubiera impartido al patrullero vinculado a este proceso”, se lee en el documento de la decisión.
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La sanción de primera instancia impuesta por la exprocuradora delegada, ante la cual las víctimas podrán radicar su apelación antes del 16 de septiembre, fue la razón para que el procurador Eljach Pacheco tomara la decisión de remover de su cargo a la ahora exfuncionaria Vega Sarmiento. En sus propias palabras, la determinación de sacarla del puesto está en línea con una política de “cero tolerancia con la violación de los derechos humanos en Colombia”.
Fueron dos los decretos con los que el procurador Eljach formalizó el retiro de Vega Sarmiento, conocidos por este diario, ambos con fecha del 11 de septiembre. El primero ordena que la funcionaria deje el encargo de procuradora delegada, al cual había sido asignada el 10 de abril de este año, y que regrese a sus funciones como asesora del despacho del procurador general. El segundo tumba su nombramiento en el cargo de asesora, por declararla “insubsistente”. Es decir, que no cumplió con las funciones de su cargo.
Fuentes de la Procuraduría señalaron que la decisión de sacar a la procuradora del caso fue tomada bajo el criterio de “no permitir ninguna violación de los derechos humanos y de cero tolerancia con los abusos de la autoridad”. Además, insistieron en el mensaje de rechazo a la actuación de la exprocuradora delegada y agregaron que la instrucción adentro del Ministerio Público quedó clara: ”Los funcionarios no pueden actuar de manera mezquina con las víctimas”.
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