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William Dau, exalcalde de Cartagena, no podrá ejercer cargos públicos por nueve años

La Procuraduría determinó que el exalcalde Dau contrató directamente con la empresa Ventas, Marketing y Distribución Ltda., que no era idónea para ejecutar un millonario contrato para distribución de pruebas COVID, 2020.

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22 de julio de 2024 - 03:30 p. m.
William Dau, durante su paso por la Alcaldía de Cartagena en 2020.
William Dau, durante su paso por la Alcaldía de Cartagena en 2020.
Foto: Alcaldía de Cartagena
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La Procuraduría acaba de tomar una decisión crucial para la carrera política del exalcalde de Cartagena, William Dau (2020-2023). En un fallo de primera instancia, el órgano de control lo sancionó con una inhabilidad para ejercer cargos públicos de nueve años, por un episodio de su gestión contractual durante la emergencia del COVID-19 en la ciudad.

La Procuraduría encontró anomalías en un contrato firmado en 2020 para la adquisición de 10.000 pruebas rápidas del COVID-19, para el cual se contrataron los servicios de la empresa Ventas, Marketing y Distribución Ltda. En síntesis, el órgano de control encontró que dicha empresa no tenía la capacidad para ejecutar el acuerdo y, por tanto, la alcaldía procedió a declarar el implemento del mismo acuerdo.

La investigación de la Procuraduría da cuenta de que la empresa contratada no contaba con la disponibilidad de pruebas para los ciudadanos de Cartagena y que ni siquiera estaba habilitada por el Invima para la comercialización. De otro lado, se encontró que, aunque la Alcaldía contrató con una empresa que ofreció los kits unitarios de pruebas a $72.500, otros oferentes había propuesto un valor unitario de $21.500 por kit.

Como la empresa, al parecer, no tuvo los recursos para cumplir el acuerdo público, la alcaldía de Dau declaró el incumplimiento del contrato, que tenía un presupuesto de $725 millones. La Procuraduría le recrimina al alcalde no responder de una manera adecuada e inmediata a la crisis de salud pública

La decisión también cobija al exdirector del Departamento Distrital de Salud, Álvaro José Fortich, de quien la Procuraduría mencionó que fue quien elaboró el documento que justificó la elección de la empresa, sin verificar su idoneidad para ejecutar el contrato. Ambos, con esta decisión, vulneraron los principios de moralidad y eficacia, y sus conductas fueron calificadas como gravísimas.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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