A la cárcel presunto responsable de matar a su propio perro en un parque de Ibagué

Según la investigación de la Fiscalía, además de múltiples golpes, el procesado habría ahorcado al animal con su propio collar.

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La Red Zoocial
19 de septiembre de 2023 - 04:34 p. m.
Los casos de maltrato animal no paran en el país.
Los casos de maltrato animal no paran en el país.
Foto: Fiscalía General de la Nación
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De acuerdo con testigos, los hechos se presentaron en la mañana del 15 de septiembre, cuando un hombre de 29 años, al parecer, golpeó y asfixió a su perro de raza pitbull hasta causarle la muerte. La misma comunidad alertó a la Policía Nacional sobre el joven, quien se encontraba en un parque del barrio Topacio. Uno de los residentes de la zona grabó los sucesos.

Ante esto, y por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Andrés Fernando Bocanegra, presuntamente implicado en la muerte de su propio animal de compañía.

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La Fiscalía imputó a Bocanegra como posible responsable del delito de maltrato animal agravado, cargo que no fue aceptado.

Estás son las sanciones que podría enfrentar si maltrata a un animal:

Los delitos en contra de los animales están tipificados en el Código Penal- Artículo 339A donde se indica que “el que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en una condena”.

De acuerdo con este artículo si usted maltrata a un animal, podría enfrentar una pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).

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También existen unos agravantes en estos casos, entre ellos: cuando la conducta se comente con sevicia, cuando el delito ocurra en vía pública, cuando hay presencia de menores de edad, cuando se cometen actos sexuales y cuando estos delitos previstos son realizados por servidores públicos. En caso de comprobarse alguno de estos agravantes, la pena se aumenta de la mitad a tres cuartas partes.

Por otro lado, la ley 1774 establece que los actos dañinos y de crueldad contra los animales que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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Recuerde que si tiene conocimiento sobre un presunto caso de maltrato animal puede denunciar a través de la Línea 123 y el Escuadrón Anticrueldad del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal asistirá el caso.

Este equipo hace la verificación correspondiente y si efectivamente el animal ha sido maltratado, se hace la aprehensión del animal y lo trasladan a la sede del Instituto. Los animales son seres vivos y el trato hacía ellos debe basarse en el respeto, solidaridad, compasión, ética, justicia, cuidado, la prevención del sufrimiento, en la erradicación del cautiverio y el abandono

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