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Condenan a madre e hija a 32 meses de prisión por quemar viva a su mascota en Sincelejo

Las pruebas demostraron que rociaron con un líquido inflamable a la perrita y luego le prendieron fuego.

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La Red Zoocial
17 de diciembre de 2025 - 03:42 p. m.
La sentencia subrayó que este tipo de violencia resulta incompatible con el marco legal vigente en Colombia.
La sentencia subrayó que este tipo de violencia resulta incompatible con el marco legal vigente en Colombia.
Foto: Unsplash
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Un juez de conocimiento en Sincelejo, departamento de Sucre, emitió una sentencia ejemplar que refleja el endurecimiento del sistema judicial colombiano frente a los actos de maltrato animal. El despacho concluyó que quemar a un animal hasta causarle la muerte constituye una violación grave de las normas de protección animal y, por tanto, no puede ser tratado como un hecho menor.

La decisión judicial se enmarca en un proceso adelantado por la Fiscalía Seccional Sucre, con el acompañamiento del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma), que logró demostrar la responsabilidad penal de Teresita de Jesús Alcocer Puentes y su hija, Arlin Winneth Cuello Alcocer. Ambas fueron condenadas a 32 meses de prisión, es decir, dos años y ocho meses, por el delito de muerte de animal agravada.

Según estableció la investigación, los hechos ocurrieron el 8 de octubre de 2024 en la terraza de la vivienda de las condenadas. Las pruebas técnicas y testimoniales evidenciaron que madre e hija rociaron con un líquido inflamable a una perra de raza pastor alemán llamada Rommy y posteriormente le prendieron fuego, causándole lesiones severas que derivaron en su muerte. El ataque se habría producido tras molestias generadas por el ladrido del animal.

En su análisis, el juzgado determinó que la conducta no fue accidental ni producto de un descuido, sino un acto premeditado que provocó un sufrimiento prolongado.

El fallo resaltó que las procesadas descartaron cualquier alternativa distinta a la agresión extrema, configurándose así la sevicia, el dolo y el desprecio por la vida, elementos que agravan la responsabilidad penal.

Durante la etapa inicial del proceso se contempló una pena inferior; sin embargo, tras valorar la magnitud de los hechos y su impacto social, el despacho decidió aumentar la sanción hasta los 32 meses de prisión. Para el juez, el conjunto probatorio permitió demostrar de manera plena cómo ocurrieron los hechos y quiénes fueron las responsables.

La sentencia subrayó que este tipo de violencia resulta incompatible con el marco legal vigente en Colombia, el cual ha fortalecido la protección de los animales.

En ese sentido, recordó que la Ley Ángel 2455 de 2025 contempla penas de entre 32 y 56 meses de prisión, además de multas económicas y la prohibición de tener o trabajar con animales, reforzando lo establecido por la Ley 1774 de 2016, que reconoce a los animales como seres sintientes.

El alcance de este marco normativo también se ha evidenciado en otros procesos recientes. En el Atlántico, la Fiscalía imputó cargos a Habib Leonardo Mosquera Navarro por la presunta muerte agravada de una perra llamada Princesa, en un hecho ocurrido en Barranquilla el 27 de octubre.

De acuerdo con las autoridades, el hombre habría golpeado reiteradamente al animal contra el suelo hasta causarle la muerte; no obstante, el procesado no aceptó los cargos.

Estos casos reflejan un cambio significativo en la respuesta institucional frente al maltrato animal y reafirman el compromiso del Estado colombiano con la protección de los seres indefensos y la sanción efectiva de conductas de extrema crueldad.

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