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Desacuerdo y preocupación: sigue la pelea entre la Justicia y el Congreso en Perú

El Parlamento ganó una batalla en el Tribunal Constitucional al Poder legislativo por funciones “únicas y excluyentes”.

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16 de marzo de 2023 - 01:17 a. m.
Congreso del Perú durante los debates para el posible adelanto de las elecciones generales.
Congreso del Perú durante los debates para el posible adelanto de las elecciones generales.
Foto: EFE - Congreso del Perú
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El Poder Judicial de Perú expresó su “desacuerdo y preocupación” por la sentencia que emitió en febrero pasado el Tribunal Constitucional (TC) en una contienda con el Congreso, que determinó que existen competencias que son “únicas y excluyentes” de la función legislativa, informó este miércoles un comunicado oficial.

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La Sala Plena de la Corte Suprema, el máximo órgano de deliberación de la Judicatura peruana, señaló en un pronunciamiento que el TC “no solo anuló resoluciones dictadas por tres órganos jurisdiccionales de primera instancia en sendos procesos de amparo en trámite, sino que denunció la conducta funcional de los jueces que las emitieron”.

Consideró un “hecho de por sí grave” que se haya pedido “la determinación de posibles responsabilidades disciplinarias” contra los jueces y que además se haya exhortado al Congreso “para abrir la posibilidad de tramitar acusaciones constitucionales contra los integrantes de los órganos electorales”.

Esto implica, enfatizó, un “serio riesgo de bloquear su autonomía y someterlos a un control político que, con buenos argumentos, no autorizó” la Constitución peruana.

“Un principio derivado, mínimo en estos casos, es que las opiniones judiciales plasmadas en una resolución dictada en el marco de sus competencias legítimas no pueden ser materia de censura disciplinaria”, sostuvo.

También recordó que el ejercicio de la potestad jurisdiccional de los jueces “sin interferencias, limitación ni condiciones” no puede ser “interferido por demandas competenciales”, más aún “cuando se trata del control de la actividad de los demás poderes públicos”.

“El Poder Judicial, en consecuencia, no puede estar de acuerdo con las razones aducidas por la aludida sentencia del Tribunal Constitucional. Más bien, expresa su preocupación por la concepción jurídica que asume y resalta los graves efectos que puede tener para la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos y la independencia judicial”, concluyó la Sala Plena.

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LA RESOLUCIÓN DEL TC

El TC resolvió el pasado 23 de febrero a favor del Congreso una contienda de competencias que presentó contra el Poder Judicial sobre temas que considera “únicas y excluyentes” de la función Legislativa, entre ellos la elección del defensor del pueblo.

En ese sentido, ordenó anular las resoluciones judiciales que impedían seguir con la designación del defensor y la realización de investigaciones parlamentarias “sobre asuntos de interés público”, así como reformar el consejo directivo de la superintendencia de educación superior Sunedu.

El Constitucional decidió, además, informar a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para que “proceda conforme a sus atribuciones sobre el comportamiento funcional de los jueces que han concedido amparos y medidas cautelares sobre las competencias políticas exclusivas” del Legislativo.

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También exhortó al Congreso a reformar el artículo 99 de la Constitución, así como su reglamento interno, para incorporar a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Ese artículo constitucional establece que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso al presidente, ministros, legisladores, jueces y otros altos funcionarios “por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en estas”.

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