Colombia se salva de pagar $6 mil millones por demanda sobre nuevo hotel en el Tayrona

Así lo determinó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca al fallar una demanda que presentó la empresa Los Ciruelos por no haber podido construir un ecohotel en el Tayrona. El fallo es clave para otros procesos millonarios, como el de Caño Cristales.

Redacción Judicial
10 de abril de 2018 - 11:00 a. m.
Según Parques Nacionales, en el Tayrona habitan 470 especies de animales y 220 variedades de aves. / Getty Images
Según Parques Nacionales, en el Tayrona habitan 470 especies de animales y 220 variedades de aves. / Getty Images
Foto: Getty Images/iStockphoto - jrothe

El júbilo fue total en las oficinas de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y en las de Parques Nacionales Naturales la semana pasada. Entre aplausos y abrazos, ambas entidades recibieron un fallo judicial del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que marcó un hito en un enredo jurídico millonario entre la empresa Reserva Los Ciruelos y el Estado, por cuenta de un proyecto ecoturístico que aquélla pretendía construir en el Parque Tayrona (Santa Marta). Según la instancia judicial que revisó la demanda de reparación directa —que buscaba que Colombia les pagara a los constructores más de $6.000 millones por la supuesta vulneración de varios de sus derechos al suspender la licencia ambiental para construir—, el Estado no es culpable de que la obra no se haya podido concretar.

La decisión es clave, no sólo porque la nación se ahorra pagar los más de $6.000 millones que exigía la empresa, sino porque marca un precedente para frenar la realización de proyectos arquitectónicos en todo el país en zonas de especial interés ambiental. Si bien la ANLA es el organismo encargado de expedir estos permisos, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca explicó que aunque una empresa tenga la licencia ambiental, esto no significa en ningún momento que adquiere derechos irrevocables. En realidad, lo que se le otorga con el aval de la ANLA es una simple autorización para llevar a cabo, de manera responsable, sus propósitos de construcción.

(En contexto: Los Ciruelos pide más de $6.000 millones por no haber podido construir en el Tayrona)

Además, el Tribunal señaló en el fallo, cuyo ponente fue el magistrado Carlos Alberto Vargas Bautista, que la ANLA tiene la autoridad suficiente para revocar sus propias licencias cuando la protección del medio ambiente o de una comunidad se vea afectada por la edificación de proyectos arquitectónicos. Fue precisamente esta situación el precedente de la demanda de la empresa Los Ciruelos: según los hechos relatados por los demandantes, el 3 de abril de 2009 obtuvieron el permiso ambiental de parte de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales del Ministerio de Ambiente (tarea que hoy tiene la ANLA) para construir en la parte baja de la Sierra Nevada de Santa Marta 12 ecocabañas y dos muelles de acceso.

Le dijo, en pocas palabras, que con esa construcción no había riesgo ambiental. Sin embargo, la situación en el Tayrona era muy diferente. Para julio de 2012, las autoridades conocieron un concepto técnico que presentó Parques Nacionales. En el documento, basado en una investigación del Instituto Humboldt y la Universidad Icesi de Cali, se advertía que se debían revisar nuevamente las obras aprobadas, pues en el lugar había un bosque seco que requería protección especial. Explicó entonces que hasta el momento no se sabía de ese ecosistema y que, de seguir con el ecohotel, se generaría un daño irreversible y el bosque se vería afectado irremediablemente. Por eso, la ANLA modificó la licencia y frenó la construcción de las cabañas.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca tuvo en cuenta el informe y las caracterísitcas del bosque seco del Tayrona. El magistrado Vargas anotó en la sentencia que el Estado tenía la obligación, por encima de su responsabilidad con las empresas constructoras, de proteger el medio ambiente y que debía velar por el bienestar de sus suelos, a costa de cualquier pretensión de un particular. El fallo, además, resaltó el hecho de que Los Ciruelos no quiso darles la credibilidad suficiente a los informes que presentaron los expertos en medio ambiente durante las audiencias, aun sabiendo que se trataba de personas cualificadas para hablar del tema. La empresa, por ejemplo, reportó que en el lugar donde pretendía construir su hotel había únicamente 97 especies de fauna, cuando en realidad existen 470, según los técnicos.

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Lo mismo sucedió con las especies de aves. Mientras los estudios señalaron que en el Tayrona viven 220 variedades de pájaros, Los Ciruelos aseguró que sólo vivían 13. Para el Tribunal, es claro que la licencia ambiental se modificó y frenó la construcción de su ecohotel “por la propia actuación de Los Ciruelos, al no haber elaborado un estudio de impacto ambiental completo y detallado y que hubiese tenido en cuenta todas las especies que posteriormente encontró el comité técnico de Parques Naturales”. Además, la instancia judicial explicó que la modificación en la licencia también tenía que ver con la violación del derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas que habitan en el Parque Tayrona, en donde se iba a construir el proyecto turístico.

La empresa se quejó en la demanda y dijo que ese procedimiento había causado gastos no previstos en el comienzo y que también por eso el Estado debía repararla. Pero, para el Tribunal, es claro que Los Ciruelos se equivocó al creer que con la licencia podía construir su ecohotel, pese a las diferentes advertencias y protecciones ambientales que se vinieron a conocer años después del inicio de su proyecto. Con la decisión se deja en firme, por ahora, la prohibición de construir en el Parque Tayrona y se establece un precedente clave para otros procesos judiciales similares, como uno en la serranía de La Macarena, en donde la empresa Hupecol demandó a la ANLA por más de $83.000 millones luego de que le quitaran la licencia ambiental para hacer exploración petrolera cerca de Caño Cristales.

Por Redacción Judicial

 

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