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“Corte Suprema perdió competencia en proceso contra Uribe”: Procuraduría

De acuerdo con el Ministerio Público, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia debe remitir el expediente que adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe por soborno en actuación penal y fraude procesal, en el marco del cual se ordenó su detención el pasado 3 de agosto.

25 de agosto de 2020 - 05:07 p. m.
Álvaro Uribe renunció a su curul en el Senado el pasado 18 de agosto. / Archivo El Espectador
Álvaro Uribe renunció a su curul en el Senado el pasado 18 de agosto. / Archivo El Espectador

“La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia remitir el expediente que adelanta contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez por los presuntos delitos de soborno en la actuación penal y fraude procesal, porque con la renuncia a su curul perdió la competencia para continuar con los procesos que tengan relación con delitos comunes”. acaba de informar este organismo de control. De esta manera, la Procuraduría le da la razón a la defensa de Uribe, que le hizo la misma petición a la Sala de Instrucción la semana pasada.

En concepto del Ministerio Público, el exsenador Uribe perdió el fuero que le otorgaba la Constitución en el momento en que renunció a su escaño en el Senado, lo cual ocurrió el pasado 18 de agosto. El expresidente alegó que la investigación de la Corte en su contra implicaba también la violación de sus garantías procesales y que, dadas las cosas, optaba por renunciar al Congreso para que su caso pasara a manos de la Fiscalía. “Hago votos por una reforma a la justicia que la despolitice”, dijo en su carta de dimisión, reiterando así que en su caso hay intereses políticos y no judiciales.

El pasado 19 de agosto, un día después de que hubiera presentado su renuncia para que el Senado se la admitiera casi de inmediato, Uribe envió a través de sus abogados un oficio a la Corte solicitando que el caso por el cual fue detenido se remitiera a la Fiscalía, la cual, en su concepto, es el organismo que ahora tiene competencia para investigarlo. Uno de sus argumentos fue que los delitos en cuestión son comunes, es decir, que no se necesita ser congresista para cometerlos. Y en este punto, la Procuraduría le dio la razón.

“Los cargos por los que es investigado el exsenador corresponden a delitos comunes que no tienen relación con la función de congresista”, anotó el ente de control. “La Sala no relacionó actuaciones desplegadas por el entonces senador dirigidas a consolidar un abuso de poder para controlar su liderazgo político, que pudiera tener incidencia en el caudal electoral o que diera paso a un acercamiento a las regiones de manera delictiva para consolidar su dominio y el posicionamiento en el cargo. Tampoco se demostró que hubiera utilizado servidores de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL)”. (El rol de la UTL de Álvaro Uribe y su relación con la orden de detención)

El congresista Iván Cepeda, la contraparte de Uribe en este proceso, difiere en este último punto: “Uribe, en su condición de senador, utilizó a miembros de su Unidad de Trabajo Legislativo para contactar a distintos presos en las cárceles del país, paramilitares, para que declararan en mi contra. Igual, en su condición de senador, desplegó toda una actividad en torno a un debate que hice en el Senado y también a otro debate que hice en la Cámara de Representantes”, dijo Cepeda hace unos días, quien cree que la competencia de este proceso debe permanecer en manos de la Corte Suprema.

En el oficio que envió la Procuraduría a la Corte, sin embargo, el organismo insistió en esta postura y resaltó que “no hay prueba de que el doctor Uribe Vélez –con ocasión de los presuntos punibles en los que incurrió-, hubiere comportado un ejercicio abusivo de sus funciones o eficaz para acceder a la posición de poder; ello, pues téngase en cuenta: por un lado, que si no existe prueba siquiera sumaria de que el sindicado se hubiere valido o utilizado sus facultades como Senador para supuestamente cometer tales delitos, mucho menos obra alguna encaminada a demostrar que en la presunta comisión de los mismos se excedió o abusó de sus labores congresuales".

Asimismo, el Ministerio Público agregó: “Por el otro, se observa que los hechos ocurrieron en época ajena a campañas políticas o contiendas electorales –en tanto ya era Congresista para ese momento-, sin que pueda entonces evidenciarse relación entre estos y los objetivos de lograr una curul en el Senado de la República”. En 2018, Uribe llegó por segunda vez al Congreso de la República desde que dejó de ser presidente el 7 de agosto de 2010, con la mayor votación que haya conseguido un candidato en esos comicios: más de 875.000 sufragios en su favor. (El paso a paso de la indagación contra Uribe por masacres de Ituango)

Este es el segundo pronunciamiento de la Procuraduría acerca del caso Uribe que se conoce hoy. El primero, que trascendió hace poco, es que el despacho del procurador general, Fernando Carrillo, confirmó la absolución de Iván Cepeda en relación con los supuestos falsos testigos que, según el propio Uribe, Cepeda buscó y promovió para incriminar al expresidente. Para el Ministerio Público, las visitas de Cepeda a las cárceles sí hacían parte de sus funciones como congresista, lo mismo que dijo la Corte Suprema en 2018 al ordenar el inhibitorio en la indagación contra Cepeda por falta de evidencias.

El origen de este proceso, por el cual el exsenador Uribe se encuentra detenido en su finca El Ubérrimo (Córdoba) desde el pasado 12 de agosto, son las denuncias que hizo desde el Congreso Iván Cepeda entre 2012 y 2014 por supuesto patrocinio de grupos paramilitares. Los debates políticos que protagonizó Cepeda llevó a Uribe a denunciarlo por, supuestamente, haber creado un cartel de falsos testigos en su contra. En 2018, la Corte Suprema concluyó que contra Cepeda no había pruebas de tal delito, y que, al contrario, había indicios de que Uribe habría tratado de manipular testigos. Y por eso ordenó investigarlo.

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