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Confinamiento obligatorio se extiende otros 15 días e irá hasta el 15 de julio

El presidente Iván Duque explicó que las condiciones actuales que rigen el aislamiento se mantienen, es decir, con apertura de comercios y recuperación de vida productiva bajo estrictas medidas de bioseguridad.

23 de junio de 2020 - 11:40 p. m.
Duque anunció que continuarán los pilotos en restaurantes y cultos religiosos de municipios no COVID-19 y que permitirán que en poblaciones con baja afectación también se puedan implementar. /Presidencia
Duque anunció que continuarán los pilotos en restaurantes y cultos religiosos de municipios no COVID-19 y que permitirán que en poblaciones con baja afectación también se puedan implementar. /Presidencia

Si bien el aislamiento preventivo obligatorio decretado por el Gobierno Nacional concluía el próximo miércoles 1 de julio, este martes el presidente Iván Duque anunció que el confinamiento se extenderá otros 15 días y permanecerá vigente hasta el próximo 15 de julio.

Según el primer mandatario, las condiciones actuales que rigen el aislamiento, que han permitido recuperar vida productiva y avanzar en la apertura de comercio, se van a mantener como están hoy hasta el 15 de julio.

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“Lo hacemos pensando en esa gradualidad que se está dando en las regiones y considerando también que dentro de esa gradualidad van entrando espacios de comercio. Lo hacemos así teniendo en cuenta también que algunas ciudades que han tenido crecimiento de los casos de manera muy acelerada han tomado medidas para que esa gradualidad sea más lenta y con más precauciones”, explicó el jefe de Estado.

Duque advirtió que, pese a que se mantienen las condiciones, no se dejarán de tomar “medidas drásticas” y precisó que continuarán los pilotos en municipios donde no hay casos de COVID-19, de cara a reactivar restaurantes y sitios de culto religioso. Anunció además que habrá pilotos para establecimientos de entretenimiento.

“Vamos a expandirlo a muchos municipios y con el Comité del Expertos del Ministerio de Salud, tomamos la determinación que en municipios con baja afectación de COVID-19 daremos espacio a que alcaldes soliciten pilotos para ver cómo funciona el distanciamiento social”, agregó.

Insistió que las personas mayores continuarán con tres horas a la semana para recuperar calidad de vida: “Sabemos que ha sido tedioso y difícil, pero tenemos que hacer ese esfuerzo adicional”.

¿Qué restricciones y medidas se mantienen?

Persiste la limitación total a la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional, con 43 excepciones que buscan garantizar el derecho a la vida, salud y supervivencia de los colombianos. En ese sentido, los gobernadores y alcaldes serán los que permitirán el derecho de circulación de las personas.

Entre las 43 excepciones se incluye la asistencia y prestación de servicios de salud; adquisición y pago de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales; asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

Además, contempla las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de organismos internacionales humanitarios y de salud; la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados; la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales.

También se exceptúan las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias, y los servicios funerarios, entierros y cremaciones, así como la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad.

Según el Gobierno, las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, también están permitidas.

Se exceptúa el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias. Laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general.

Persiste el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales, y con sujeción a los protocolos de bioseguridad.

Este desarrollo de actividad física y de ejercicio al aire libre se autoriza para personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias. También, para los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, media hora al día. Incluye a los niños mayores de seis años, tres veces a la semana, una hora al día. A los niños entre dos y cinco años, tres veces a la semana, media hora al día.

Se autoriza también la apertura productiva de los servicios de peluquería, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.

Actividades no permitidas

Son varias las actividades que “en ningún caso” serán permitidas:

*Los eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas

*Establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video.

*Con relación a los establecimientos y locales gastronómicos señala que permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

*No puede haber actividades en “gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles”.

*También se incluye cines y teatros, la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

*No estarán permitidos los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.

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