Hace unos días Estados Unidos confirmó los resultados de la investigación comercial iniciada contra Brasil y decidió imponer aranceles del 25% a una parte de sus exportaciones. Entre las prácticas consideradas “injustas” aparece expresamente Pix, el exitoso sistema brasileño de pagos instantáneos. Por primera vez el derecho comercial se utiliza para cuestionar una infraestructura pública digital cuando esta comienza a competir con redes privadas dominantes.
La investigación se hizo en el marco de la Sección 301 de la Ley de Comercio de Estados Unidos que autoriza a la Oficina del Representante Comercial (USTR) a investigar prácticas que considere “irrazonables” o “discriminatorias” y, si así lo concluye, le permite imponer unilateralmente represalias comerciales. Aunque nació para enfrentar barreras tradicionales al comercio, éstas investigaciones se han convertido en un mecanismo de presión contra políticas públicas internas de otros países. El caso de Pix lleva esto a otro nivel, es un precedente inédito, porque una infraestructura pública digital es tratada como una práctica comercial susceptible de sanción.
USTR afirma que el Banco Central de Brasil creó un “campeón nacional” al favorecer a Pix mientras actúa simultáneamente como regulador y operador del sistema. Sin embargo, esa acusación parte de una premisa equivocada. Pix no es una empresa estatal ni un competidor comercial. No tiene accionistas, no persigue fines de lucro y ni siquiera posee personalidad jurídica. Es una infraestructura pública digital abierta, en igualdad de condiciones, a todas las instituciones financieras autorizadas, sean brasileñas o extranjeras.
Esa diferencia es fundamental. Pix nació para corregir fallas estructurales del mercado brasileño de pagos, entonces concentrado en pocos bancos y caracterizado por altos costos de transacción. El Banco Central no creó una empresa para competir con el sector privado; construyó una infraestructura interoperable que permitió una mayor competencia y la entrada de cientos de nuevos participantes, entre bancos, cooperativas, instituciones de pago y fintech.
Por eso es difícil sostener que Pix discrimine a proveedores estadounidenses. Sus reglas se aplican con criterios objetivos, no según la nacionalidad de las empresas. Compañías como Visa, Mastercard y PayPal participan con las mismas condiciones que las brasileñas, sin evidencia de exclusiones o tratos diferenciados. Tampoco convence la afirmación de que Pix perjudica el comercio estadounidense. USTR no presentó evidencia de que las empresas norteamericanas hayan perdido acceso al mercado brasileño o enfrenten restricciones para operar. Por el contrario, estas empresas siguen expandiendo sus actividades mientras el mercado brasileño crece.
USTR también cuestionó aspectos como la participación obligatoria de las entidades más grandes, la gratuidad para los usuarios o los límites a ciertas comisiones. Sin embargo, estas características son herramientas regulatorias habituales en infraestructuras públicas de pago. Incluso Estados Unidos cuenta con FedNow, administrado por la Reserva Federal, y mantiene regulaciones que limitan determinadas comisiones en el mercado de tarjetas.
La preocupación de Washington parece ir más allá del mercado brasileño. Pix ya no es solamente un exitoso sistema nacional de pagos: es un referente internacional de infraestructura pública digital. Más de sesenta países lo ven como modelo y el Banco Central explora mecanismos de interoperabilidad internacional -el propio presidente Petro habló de esto hace unas semanas-. Podría convertirse en una alternativa a redes privadas de pago que durante décadas han estado dominadas por empresas estadounidenses.
Hay, además, una dimensión política interna a considerar. Pix es uno de los servicios públicos digitales más valorados por la ciudadanía brasileña. Más de 170 millones de personas, el 80% del país, lo usan cotidianamente, desde pagar un café hasta recibir el salario o hacer transferencias entre pequeños comercios. Esa apropiación social explica que el cuestionamiento estadounidense haya sido recibido en Brasil como un ataque a una política pública exitosa y no como una diferencia comercial.
El caso Pix muestra que la próxima frontera de las disputas comerciales ya no será únicamente por aranceles o propiedad intelectual: incluirán también las infraestructuras públicas digitales. Nadie cuestiona que los Estados construyeran carreteras, puertos, redes eléctricas o sistemas postales para facilitar la actividad económica, sin embargo ahora la pregunta es si podrán hacer lo mismo en el mundo digital cuando esas infraestructuras compitan con servicios ofrecidos por grandes empresas privadas. Todo indica que esta discusión apenas comienza. Con distintos diseños institucionales, los países están desarrollando infraestructuras públicas digitales, desde sistemas de pago instantáneos hasta identidades digitales e intercambio de datos. Colombia, por ejemplo, avanza con Bre-B. Si Estados Unidos puede considerar una política pública de inclusión financiera como una práctica comercial desleal, cualquier Estado que impulse bienes públicos digitales capaces de transformar un mercado podría enfrentar cuestionamientos similares.
Pix ya no es solamente un sistema de pago brasileño. Es el primer gran caso de soberanía digital llevado al terreno de la política comercial internacional, que deja una pregunta inquietante: ¿puede un Estado desarrollar infraestructura pública digital para fortalecer su economía y servir mejor a su ciudadanía sin exponerse a sanciones comerciales?