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Una de las primeras cosas que todos los científicos aprenden en el quehacer es a estar prevenidos del riesgo del sesgo de confirmación. Esto es, persistir en que las hipótesis propias tienen una desproporcionada validez, en tanto que aquellas tesis contrarias, son ignoradas o minimizadas.
La comunidad científica tiene mecanismos para poner a los investigadores sesgados en su sitio y devolverlos a los laboratorios a que dejen de tratar de autoconvencerse con falacias y sean coherentes con sus resultados. En general, cuando se corrige el sesgo, no hay un gran impacto, no se daña a la sociedad y no se vulneran los derechos de las personas, excepto por el escándalo, el ego herido y la consecuente pérdida del prestigio como investigador.
No sucede así con la teoría del derecho escogida convenientemente por el profesor Rodrigo Uprimny (ver: Los líos de la UNAL y una posible salida y Ni jugaditas ni maromas: discrepancias), o con aquellas suposiciones que han apoyado las decisiones del Consejo Superior de la Universidad Nacional, que nos han llevado de teoría en teoría alrededor de la designación del rector de la institución académica más importante del país.
La primera de estas teorías jurídicas fue que la designación del profesor Ismael Peña con el método aprobado en sesión del CSU no respetó la normatividad vigente y por tanto había que “corregir” los yerros de su designación. La segunda teoría, que surgió a partir de esta apreciación, (más absurda que la primera) fue que la sesión del CSU del 21 de marzo de 2024 no había concluido y, por tanto, se podía reabrir, corregir las decisiones y como consecuencia, se podía nombrar un nuevo rector. Y la tercera, que bajo estas irregulares consideraciones (como sentenció el Consejo de Estado), el CSU tenía competencia para designar como rector al profesor Múnera. Todas estas “teorías” se inspiraron en otra teoría igual de falaz de acuerdo con la cual, una vez se obtenía la mayor votación en una consulta (no vinculante) en la comunidad, era una obligación nombrar rector al ganador.
Con respecto a la primera, es importante señalar que, de acuerdo con el reglamento, el acto de designación adelantado por el Consejo Superior el día 21 de marzo de 2024 quedó perfeccionado y le competía cumplir con esta decisión para la cual fue convocado. Así quedo registrado en el acta de la sesión y fue confirmado por la sentencia del Consejo de Estado del día 20 de septiembre de 2025. Era un deber de la ministra de Educación Aurora Vergara expedir el acta de designación del rector designado, que en todo caso, era una formalidad.
Ante la negativa sin justificación para firmar el Acta, el rector Peña, legítimamente designado y con el acto perfeccionado, tomó posesión del cargo ante testigos de acuerdo con lo contemplado en la ley 4 de 1913 que está vigente. Esta posesión se protocolizó mediante una escritura pública y por ello, para todos los efectos de representación, el profesor Ismael Peña ejerció el cargo de rector de la Universidad Nacional de Colombia entre el 2 de mayo y el 6 de junio de 2025.
Es muy importante resaltar que el profesor Peña nunca ha abandonado el cargo o renunciado a él, a pesar de las múltiples presiones que han tratado de ejercer sobre él para que lo haga. En todas las ocasiones y pese a los atropellos sistemáticos a sus derechos, el profesor Peña se ha acogido sin vacilar a los dictámenes que la ley y la institucionalidad ofrecen para dirimir las disputas, con resultados a su favor de acuerdo con las dos sentencias recientes del Consejo de Estado.
Con respecto al segundo nombramiento (el del profesor Múnera), fue posible gracias a la temeridad de un Consejo Superior con una mayoría a favor de las veleidades del gobierno, el cual, y de acuerdo con la sentencia del Consejo de Estado, cometiendo grave infracción a norma superior, vulnerando el debido proceso, desconociendo la presunción de legalidad y con falta de competencia para hacerlo, impuso un rector que fungió como tal durante los 17 meses que tardó en pronunciarse el Consejo de Estado. Todo esto solo pudo llevarse a cabo con la flagrante violación de los derechos del profesor José Ismael Peña, con el respectivo daño a su buen nombre a través de señalamientos injustos, calumnias, malos tratos y amenazas, en los que algunos aún hoy persisten y que luego de la sentencia definitiva del Consejo de Estado del pasado 20 de noviembre se han agudizado al interior de la UNAL.
La comunidad universitaria también ha padecido este fangoso camino de desaciertos, reflejados en una administración espuria (esto de espuria no lo digo yo, lo dice el Consejo de Estado), con un rector en funciones que nunca existió y que ha debido ser depuesto el día 24 de noviembre. No pudo haber renunciado a un cargo que no tuvo; por tanto, la aceptación de la renuncia perpetrada también podría estar viciada de ilegalidad.
Aunque ya no sea trascendente, pues el profesor Múnera ya no está en la rectoría de la UNAL por la declaración de nulidad de su designación, este sea el momento para aclarar algunas cifras a la nación y a los nostálgicos de las elecciones directas y de las supuestas mayorías que apoyaron al profesor Múnera y que son muy importantes de conocer e informar a la opinión pública. De acuerdo con los resultados reportados de la consulta para la rectoría en el año 2024, al profesor Múnera lo apoyaron el 25,25 % de los profesores, el 17,88 % de los estudiantes y el 2,7 % de los egresados. Insisto, a estas alturas esto ya es llover sobre mojado (muy mojado), pero, en conclusión: el 74,75 % de los profesores no votaron por él, tampoco el 88,12 % de los estudiantes, o el 97,3 % de los egresados. La verdadera mayoría fueron quienes votaron por otras opciones o se abstuvieron.
Aparentemente, más que un sesgo de confirmación, lo que parecen sufrir tanto el jurista Uprimny como el CSU (exceptuando la representación profesoral en cabeza de Diego Torres) es el sesgo cognitivo de que el profesor José Ismael Peña de ninguna manera puede ser el rector de la Universidad Nacional de Colombia. Ante la indudable y definitiva derrota de las tesis pseudojurídicas, que llevaron a la declaración de nulidad de la designación como rector del profesor Múnera y que además implica que, él sí, nunca fue rector de la UNAL, la persecución implacable en contra del profesor Peña y la vulneración continuada de sus derechos (en una sesión del Consejo Superior transmitida en vivo) parecen haberse convertido en un premio de consolación para las huestes del profesor Múnera.
Leyendo las columnas de opinión, el debate alrededor del fallo, las declaraciones de prensa de los directivos en encargo y observando en general a los miembros del CSU, se evidencia que, de ninguna manera, siquiera ellos consideran como una opción posible que el profesor Peña haya sido designado rector y que en consecuencia se le vaya a “permitir” ocupar el cargo que ejerció y para el cual fue legítimamente designado. Esto suena a algo simple, pero, básicamente y en forma clara, estamos frente a un atropello sistemático a los derechos de un profesor que ha dedicado 42 años de su vida a la UNAL y al sometimiento a una especie de comportamiento tiránico en el gobierno universitario de la UNAL. El CSU, tal como se observó particularmente en la intervención de uno de sus miembros, bajo estos razonamientos, se considera simplemente “infalible” y, por tanto, insta a los demás miembros del CSU en sesión transmitida en vivo y en directo y disponible para toda la nación en YouTube, a que sus decisiones basadas en teorías que se han demostrado erradas y que están aparentemente por encima incluso de la ley y del sentido común y la verdad, continúen siendo tomadas a pesar de las posibles sanciones de los entes de control.
Los habilidosos en los relatos creativos, sacando provecho del premio de consolación temporal y vergonzoso otorgado por una supuesta “vacancia en el cargo de rector” en sesión del 24 de noviembre y haciendo contorsiones de saltimbanqui, tratan de ocultar o minimizar que la salida de la rectoría del profesor Múnera no provocó mayor sobresalto en la comunidad académica. Afortunadamente no se presentó ningún sobresalto por medio de las vías de hecho a las que nos tienen sometidos agentes externos de la Universidad y con las que han amenazado a la comunidad por años. No hubo toma del edificio de la Rectoría, no se declaró asamblea permanente de estudiantes, no hubo carpa de los sindicatos, no hubo anormalidad académica, no hubo llanto ni crujir de dientes, o comparsa de despedida y, contrario a lo que se vociferaba, quedó claro que definitivamente SÍ, el Consejo de Estado también tiene jurisdicción en la Universidad Nacional.
Toda administración arbitraria requiere de ideólogos que sustenten y defiendan sus disposiciones y esto es algo que se ha venido repitiendo metódicamente con las decisiones del actual CSU de la UNAL. Las columnas de opinión previas, la ambientación en medios de comunicación, la información direccionada a todos los actores involucrados buscando réditos y luego la posterior defensa de las teorías de nuestros juristas “iluminados” en sus tribunas de prensa, van llevando por el despeñadero la reputación de la Universidad y su marco normativo. Esto lo vimos en los último días con la “teoría de la vacancia” de la rectoría.
Frente a todo esto, y como académico, me permito hacer los siguientes cuestionamientos al país: ¿Por cuál razón al profesor Ismael Peña se le ha negado su derecho de ser rector habida cuenta de que su designación contaba con presunción de legalidad desde el 21 de marzo de 2024?, ¿cómo se justifica que hayamos tenido que tolerar durante 17 meses a un rector designado de forma irregular y ahora gracias a la “vacancia”, a un rector encargado por el cual nadie votó?, ¿la presunción de legalidad consagrada en el ordenamiento jurídico vigente solo es válida para los nombramientos del CSU que ejerce actualmente. Esto es algo que nadie ha explicado: ¿por qué al profesor Ismael Peña, quien fue legalmente designado por el CSU para el periodo 2024-2027, se le ha impedido ejercer como rector en funciones de la Universidad Nacional de Colombia? ¿Cuán legítimas podemos considerar las decisiones de nuestra máxima autoridad de dirección y gobierno en la Universidad Nacional, el CSU, si sistemáticamente han sido no solo equivocadas sino irregulares, de acuerdo con las sentencias? ¿Podemos seguir confiando nuestros destinos como institución en las personas del CSU que han demostrado no contar con las capacidades para ejercer las tareas que les han sido confiadas, si nos atenemos a sus actuaciones fuera del marco normativo, a sus erráticas intervenciones y al desconocimiento de la ley con las posibles consecuencias nefastas para la institución y el país? -si en el CSU estaban seguros de la interpretación del fallo ¿para qué solicitar conceptos posteriores de aclaración?, ¿actúo primero y pregunto después?-. ¿Hasta cuándo vamos a permitir que los derechos de los miembros de la comunidad académica sean puestos por debajo de las veleidades de un gobierno que ha querido entrometerse de todas las maneras posibles en las decisiones en las universidades, irrumpir políticamente en sus cuerpos colegiados y usarlas como plataforma de intenciones políticas?. ¿Es confiable, a pesar de todos los ropajes de teoría jurídica, seguir creyendo en los conceptos ofrecidos por personas que abiertamente muestran sus sesgos dentro de sus escritos y tratan de manipular a la opinión pública a la cual deben todo su prestigio y reconocimiento y que de ninguna manera reconocen que podrían estar equivocados a pesar de los fallos adversos, mostrando que su ego es superior a su honestidad intelectual?.
A este proceso le faltan algunos capítulos aún, pero estoy convencido de que más allá de los eventos, este será un episodio de ingrata recordación siempre y particularmente para los miembros de la comunidad académica de la UNAL y del país, respetuosos de la institucionalidad, con criterio y sindéresis y que no se han dejado engañar.
Espero que el país reaccione y haga imposible cometer y mantener más arbitrariedades hacia el futuro (una arbitrariedad requiere de más arbitrariedades para poder mantenerse en el tiempo) y participe en la reparación de las ya cometidas hasta el momento en la Universidad más importante de Colombia. Los ciudadanos tienen el derecho a la construcción de una opinión verazmente informada y mejor comunicada que pueda establecer un diálogo permanente entre la ciencia, el conocimiento y la sociedad.
El equipo de la ya administración “pasada” de Múnera, y viciada de nulidad, cuando algún día tenga que entregar la rectoría porque no le quede otra opción, se verá tentado a imitar el estilo populista de países del vecindario y seguramente algo inventará para intentar mantenerse, apoyado en una nueva teoría jurídica sacada de la chistera del mago en contra de los hechos evidentes. Ahora sí y esta es mi última pregunta:
¿Quiénes realmente están aferrados al poder en la Universidad Nacional?
* Director de Posgrados en Transporte de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá.