En cuanto a la noticia publicada por El Espectador hace unas semanas, titulada “Minesa vende 20 % del proyecto Soto Norte, en Santurbán, a multinacional Aris Gold”, aunque pudiera entenderse como una de tantas transacciones que diariamente se dan en el mundo empresarial, esta negociación, además, tiene una serie de implicaciones para nuestro país, con nuestros páramos de por medio.
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La operación en mención, inmersa en el debate minero-ambiental originado ante la posibilidad de que se otorguen licencias ambientales para la explotación a los proyectos de megaminería en nuestras fábricas de agua por excelencia, nuestros páramos, y sus ecosistemas circunvecinos, merece una mirada integral, sin desligarla de dos antecedentes.
Primero, el que otra multinacional canadiense, la Eco Oro (antes Greystar), haya entablado una demanda contra el Estado colombiano por US$736 millones (unos $2,7 billones) al no satisfacer las pretensiones extractivistas de su proyecto de megaminería Angostura (explotación a cielo abierto en Santurbán), por la negativa de la licencia ambiental (2011), reclamación basada en el Tratado de Libre Comercio (TLC) suscrito con Canadá en 2008.
Al respecto, el pasado septiembre, un tribunal de arbitramento internacional del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) determinó que Colombia infringió el Artículo 805 —referente al trato justo y equitativo de los inversionistas— del TLC suscrito con Canadá, exponiendo al país al desembolso de una cifra que podría alcanzar cientos de millones de dólares.
Segundo, Colombia inició el mes pasado negociaciones con Emiratos Árabes para suscribir un TLC, que el presidente Iván Duque quiere firmar de manera exprés antes de finalizar su período constitucional.
En ese orden de ideas, la operación entre el Fondo Mubadala y Aris Gold, ahora dueños de Minesa, más que una alianza empresarial, configura una estratégica sinergia Emiratos Árabes-Canadá, con la posibilidad de ejercer mayor presión al Gobierno para obtener, de parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la licencia ambiental para desarrollar su proyecto Soto Norte. O en su defecto, ante la negativa de la licencia para la explotación, terminará siendo una sinergia jurídica para entablar una estratosférica demanda contra el Estado colombiano, que está en una posición débil por los TLC suscritos con ambos países, bajo el guion de las falsas expectativas generadas por el Gobierno y supuestos derechos adquiridos, como ya sucedió con el caso Eco Oro vs. Colombia.
Por ello es imprescindible estar muy al tanto de las actuaciones del equipo negociador del TLC exprés que este Gobierno pretende suscribir con Emiratos Árabes, que por cierto no puede ser instrumento, como ningún otro acuerdo, para que nuestro país entregue parte de su soberanía.
Estos inequitativos y onerosos TLC suscritos por el Gobierno no pueden constituirse en el doble seguro de las multinacionales mineras para que, en caso de que no ganen explotando nuestros recursos naturales por la negativa de la licencia ambiental para la explotación, ganen demandando al Estado con el sustento jurídico que aquellos aportan.
¿Con tan onerosos TLC sustentando las demandas, para qué explotar?
* Defensor del páramo y uno de los accionantes que originó la Sentencia T-361 de la Corte Constitucional.