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Hay que insistir en las penas alternativas

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26 de julio de 2021 - 03:00 a. m.
¿De qué nos sirve encerrar en prisión a ofensoras menores si eso solo va a empeorar su situación y tenemos otras herramientas a nuestra disposición?
¿De qué nos sirve encerrar en prisión a ofensoras menores si eso solo va a empeorar su situación y tenemos otras herramientas a nuestra disposición?
Foto: ErikaWittlieb - Pixibay
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El Gobierno de Iván Duque abrió un debate interesante al objetar una ley. Escuchando la petición hecha por el Centro Democrático, le presentó al Congreso reparos sobre la ley que les otorga beneficios a las mujeres cabeza de familia que están en prisión. Su argumento principal es que hay ciertos delitos que, en la práctica, se estarían legalizando y fomentan el uso de mujeres para cometerlos. Otro punto, el más llamativo, es que hay una posible discriminación contra los hijos de padres cabeza de hogar que no se verían beneficiados. Ambos puntos merecen mayor discusión.

El proyecto de ley —conocido con la etiqueta #MadresEnPrisión— tiene varios objetivos. En cuanto a política criminal, quiere que se implementen las penas alternativas para delitos no tan graves y, de esa manera, se aporte a la descongestión del sistema. En cuanto al enfoque de género, reconoce que las madres cabeza de hogar que son condenadas a prisión entran en un círculo de pobreza y alejarlas de sus hijos es un acto cruel que desemboca en consecuencias negativas para su crecimiento. En últimas, la ley que se aprobó en junio les hace una pregunta esencial a los colombianos: ¿de qué nos sirve encerrar en prisión a ofensoras menores si eso solo va a empeorar su situación y tenemos otras herramientas a nuestra disposición?

Sin embargo, el Centro Democrático y ahora el Gobierno consideran que la ley era “abiertamente inconstitucional”. Dicen que la alternatividad penal en delitos como el microtráfico, el hurto agravado y el concierto para delinquir genera un “incentivo perverso”. Es decir: vamos a fomentar que las mujeres cometan esos delitos. El problema es que si quitamos esos beneficios, en la práctica la ley estaría perdiendo un 66 % de su potencial impacto. Como explicaron expertos del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, en un texto para El Espectador, “cerca de 2.968 familias perderían la posibilidad de ser beneficiarias por el proyecto. En caso de excluirse el delito de microtráfico, por el cual están privadas de la libertad 4.474 mujeres, las beneficiarias del proyecto de ley se reducirían a un máximo de 1.506”.

No estamos de acuerdo con esa lectura que hace el Gobierno. Los delitos sí serían castigados: con penas alternativas que están en el Código Penal y entienden que la administración de justicia va más allá que la simple represión. Si hay reincidencias, los jueces y la Fiscalía tienen mecanismos severos a su disposición. Pero entender que tantas personas condenadas por microtráfico y otros delitos no son monstruos, merecen oportunidades y no deberían estar lejos de sus familias puede ayudarnos a transformar la sociedad.

Ahora, el argumento sobre la discriminación merece más discusión. ¿Por qué no incluir en la ley a los padres cabeza de hogar? Sí, en números son menos y, sí, históricamente las mujeres han sido sobre las que recae el peso de la crianza, pero eso oculta un prejuicio. No son ellas las únicas que tienen la responsabilidad y la capacidad de tener relaciones esenciales con sus hijos. ¿Por qué no hacer una ley bondadosa aún más justa expandiendo el beneficio a los padres cabeza de hogar? El Congreso debería insistir en la ley sin limitar sus alcances.

¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a elespectadoropinion@gmail.com.

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toribio(27030)26 de julio de 2021 - 11:00 p. m.
De acuerdo con la idea de que a los padres cabeza de familia se les extienda el beneficio del que tienen las madres. En el fondo de todo esto está el hecho de que el microtráfico no es ese monstruo que se quiere presentar. Hay crímenes más, muchísimo más graves.
JULIO(29809)26 de julio de 2021 - 03:09 p. m.
Entendamos que la prisión domiciliaria es eso, prisión, es una pena, no estamos siendo laxos, solo justos y prácticos, pues existen los mecanismos de vigilancia. En cuanto a la discriminación es asunto ya superado, ese evento ya existe en el N° 5 del artículo 314 del C. de P. Penal y la corte constitucional y suprema de justicia han entendido que es aplicable al padre cabeza de familia también.
Judith(76151)26 de julio de 2021 - 03:03 p. m.
El castigo máximo es privar de su libertad a un ser humano. Para ello las condiciones podrían ser menos oprobiosas. Son personas que han cometido errores graves, principalmente por enfermos (sociopatas), por hambre, maltrato, etc. No es necesario encerrarlos como animales.
Julio(2346)26 de julio de 2021 - 12:52 p. m.
Para lograr sobrevivir una anciana viuda alquiló su casa, que era su único patrimonio, para irse a vivir en un tugurio, pero sus inquilinos fueron capturados como narcos y la casa fue expropiada a la inocente propietaria, mientras que al narcoembajador Sanclemente le descubrieron un laboratorio de cocaína en su finca, alegó que la droga pertenecía a sus inquilinos y nada le pasó. Justicia uribista
Julio(2346)26 de julio de 2021 - 12:50 p. m.
Si las madres son encarceladas por microtráfico la solución es simple: que se vuelvan macrotraficantes, pues es habitual que las leyes son solo para los micro pero no para los macrotraficantes, porque las leyes en Colombia son como las telarañas que solo atrapan mosquitos, pero los cucarrones pasan rompiéndola fácilmente. Segunda opción: ser embajadoras, como el narcoembajador Sanclemente.
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