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Proteger a EPM es el propósito superior

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Juan David Escobar Cubides
24 de marzo de 2025 - 05:00 a. m.
"El presidente Petro, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, tiene que pagarle la deuda a EPM a fin de preservar la seguridad energética de Colombia": Juan David Escobar Cubides.
"El presidente Petro, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, tiene que pagarle la deuda a EPM a fin de preservar la seguridad energética de Colombia": Juan David Escobar Cubides.
Foto: Cortesía EPM
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En respuesta al editorial del 14 de marzo de 2025, titulado “La inútil pelea entre el Gobierno y EPM”.

Para nuestro infortunio, las relaciones entre el poder central y los entes territoriales siempre han estado politizadas, y ello se debe a que el constituyente de 1991 no desarrolló con exactitud el postulado de la descentralización administrativa. Allí falló la carta política de 1991. Por ello, observamos en la actualidad choques entre el ejecutivo central y las regiones. Además, en la coyuntura actual, los intereses del presidente Petro son sustancialmente opuestos a los intereses de algunos mandatarios regionales.

No obstante lo anterior, desde el punto de vista jurídico, consideramos acertada la decisión judicial de embargar las cuentas del Gobierno Nacional, toda vez que ese es el conducto regular cuando este no cumple con la obligación que le asiste en calidad de deudor. La norma es muy clara: las obligaciones dinerarias están para cumplirse; por ende, hay que pagarlas, so pena de ser embargado. Así pues, el embargo es una medida cautelar que se solicita a fin de proteger el patrimonio del acreedor, que en el caso concreto es una persona jurídica denominada EPM.

En un Estado de Derecho como el nuestro, las instancias judiciales son necesarias para limitar las extralimitaciones del poder ejecutivo central, principalmente cuando están en juego servicios públicos esenciales como el de energía eléctrica. El asunto es serio, puesto que la soberanía energética debe protegerse por encima de cualquier rencilla o diferencia política.

La situación es clara: el presidente Petro, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, tiene que pagarle la deuda a EPM a fin de preservar la seguridad energética de Colombia. Omitir dicha obligación refleja displicencia, animadversión y carencia de voluntad política, dado que, desde una perspectiva práctica, cumplir ese compromiso es lo que le exige la norma y no es un tema complejo de comprender.

El Gobierno Nacional debe elaborar una propuesta de acuerdo seria, sensata y razonable que le permita saldar de forma paulatina dicha obligación. Y ello es factible de realizarse, pese al déficit fiscal y al hundimiento de la ley de financiamiento, pues de no hacerlo, los principales afectados serán los colombianos. Es cuestión de sentido común y voluntad política.

¿Por qué el Gobierno Nacional no ha cumplido su compromiso de cubrir el déficit, si EPM ha venido asumiendo los costos de suministro de energía eléctrica? Independientemente del hundimiento de la ley de financiamiento, ¿qué le impide al Gobierno proceder de conformidad? ¿O es que acaso era necesaria la aprobación de dicha norma para cumplirle a EPM?

El presidente lleva algo más de dos años actuando como un candidato en campaña. ¿Cuándo empezará a solucionar, verbigracia, los problemas de seguridad energética rural que padece Colombia? ¿Qué proyectos ha mencionado para disminuir la dependencia del país de hidroeléctricas? La demanda de gas crece más rápido que la producción, ¿qué ha hecho el gobierno frente a ello?

El presidente Petro debe responderle al país con rigor y seriedad. Los colombianos estamos cansados de observar sus manifestaciones en la red social X. El asunto merece más compromiso, más equilibrio y menos discurso veintejuliero.

*Abogado especialista en derecho público.

Por Juan David Escobar Cubides

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