
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El presidente Gustavo Petro develó, apenas horas después de que se conociera el virtual hundimiento de la reforma laboral, su plan de vuelo para los próximos meses. El Gobierno Nacional, y el país político en general, se verá volcado a la discusión sobre la realización de una consulta popular.
En una rueda de prensa realizada este martes, el presidente afirmó que hay un “bloqueo institucional” a su proyecto de gobierno y que, por tanto, deberán ser las personas quienes intervengan para superarlo. En ese sentido, dijo que para que esto sea posible deberá realizarse este mecanismo.
“El bloqueo institucional es una dictadura y se le responde con democracia real. Y la democracia real la decide el pueblo. La participación de la ciudadanía, ya que sus representantes no fueron capaces de hacer eco en las elecciones de 2022. Hay que hacer una convocatoria al pueblo, no solo a movilizarse sino a decidir. La manera se llama consulta popular”, aseveró el jefe de Estado.
Puede leer: Petro denuncia “bloqueo institucional” al Gobierno y convoca a consulta popular
Este es uno de los mecanismos que define la Constitución de 1991 para la participación directa de las personas. “Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará”, señala el artículo 103 de la carta magna.
Y en el artículo 104 se lee: “El presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección”.
De manera más profunda, la ley 134 de 1994 reglamentó cómo se debe realizar este mecanismo. Señala, de entrada, que consiste en una o varias preguntas de “trascendencia nacional” y que debe responderse Sí o No y sin espacio para ambigüedades en su formulación.
También: “Pone en peligro a congresistas”: Cepeda a Petro tras trino de “violencia” por la laboral
Es de anotar que, para que el presidente y su gabinete la convoque, primero debe contar con un concepto favorable del Senado en pleno, una corporación que hoy poco le camina al presidente Petro. El concepto deberá hacerse con base en una solicitud formal de la Casa de Nariño.
“En la consulta popular de carácter nacional, el texto que se someterá a la decisión del pueblo, acompañado de una justificación de la consulta y de un informe sobre la fecha de su realización, será enviado por el Presidente de la República al Senado para que, dentro de los veinte días siguientes, emita concepto favorable. Por decisión de mayoría de sus miembros, el Senado podrá prorrogar este plazo en diez días más”, explica la norma.
Si se llega a obtener el visto bueno, el Ejecutivo tendrá un plazo de máximo cuatro meses para convocar a las personas a votar.
Además: “No hay sumisión al Ejecutivo”: Congreso le respondió a Petro tras crisis por la laboral
Sobre el carácter vinculante de la decisión, la norma de 1994 explica que “la decisión tomada por el pueblo en la consulta, será obligatoria. Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos”. Sin embargo, hay un requisito clave: para que sea vinculante la decisión, una tercera parte de los electores que conforman el censo deberán participar en el proceso.
Finalmente, será responsabilidad, si es el caso, del Legislativo aprobar las leyes necesarias para cumplir con el mandato de las personas en la consulta popular. “Cuando para ello se requiera de una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, la corporación respectiva deberá expedirla dentro del mismo periodo de sesiones y a más tardar en el período siguiente”.
👁🗨 Conozca cómo votan los senadores y representantes a la Cámara en ‘Congreso a la mano’.
👉 Lea más sobre el Congreso, el gobierno Petro y otras noticias del mundo político.
✉️ Si tiene interés en los temas políticos o información que considere oportuno compartirnos, por favor, escríbanos a cualquiera de estos correos: hvalero@elespectador.com; aosorio@elespectador.com; dortega@elespectador.com; dcristancho@elespectador.com; mbarrios@elespectador.com ; lbotero@elespectador.com o lperalta@elespectador.com.
