Este jueves el presidente Iván Duque sancionó la Ley Aluna, el último paso para que la norma entre a regir oficialmente y los y las colombianas puedan hacer uso de ella. La ley fue impulsada en el Congreso por María José Pizarro, representante del Mais, y establece que los padres deben llegar a un acuerdo para elegir el orden de los apellidos de sus hijos e hijas. Dice, además, que en caso de no darse un consenso, los padres pueden recurrir a un sorteo para decidir qué apellido irá de primero.
(Lea: El reclamo de las wayuus a la Ley Aluna)
“Es un paso muy importante en la igualdad y la eliminación de brechas discriminatorias”, dijo Pizarro, quien celebró que un proyecto de su autoría, que cuenta con enfoque de género, se haya convertido en ley de la República.
⭐¡Buenas noticias!⭐
— María José Pizarro Rodríguez (@PizarroMariaJo) August 5, 2021
Ya es Ley de la República la #LeyAluna.
Tanto madres como padres de familia podrán decidir libremente el orden de los apellidos de sus hijos. Es un paso muy importante en la igualdad y la eliminación de brechas discriminatorias. pic.twitter.com/cQ1I13XaPD
La nueva norma aplica para hijos reconocidos dentro del matrimonio, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo género y para el caso de los hijos con paternidad o maternidad declarada por decisión judicial.
Sobre la importancia de la ley, Pizarro agregó que haberla sacado adelante “es un reconocimiento a las labores de cuidado y crianza de las mujeres en nuestro país y va más allá de una acción afirmativa, comienza a cambiar estructuras sociales dominantes en Colombia; es un proyecto de ley simbólicamente muy potente, es un paso más en la lucha por la equidad de género”. Durante la legislatura pasada, la representante mantuvo este argumento en la discusión para mantener a flote el proyecto que le dio vida.
La ley explica que cuando los padres no lleguen a un consenso, el funcionario encargado del registro de los menores de edad sorteará los apellidos, pero esto debe estar sujeto a un procedimiento que avale la Registraduría. La nueva norma entró a regir, no obstante, la Registraduría tiene un plazo de seis meses para reglamentar el mencionado procedimiento.
Si bien la Ley Aluna responde a unas demandas de las mujeres y reconoce el rol de cuidado de las madres, en especial las madres que se han responsabilizado de la crianza de sus hijos en solitario, las mujeres wayúus expresaron su inconformidad con cómo se aprobó la entonces iniciativa.
Tras su aprobación representantes de esta población indígena reclamaron que la iniciativa dejaba de lado las tradiciones matrilineales, como la wayúu, que anteponen el apellido de las madres a la hora de nombrar a los hijos. “Se exceptúa del sorteo en el orden de los apellidos a los pueblos indígenas cuyo sistema de filiación o parentesco esté regido por el matrilinaje”, era el párrafo que ellas hubieran querido que la ley incluyera. No obstante, esta anotación la hicieron una vez se aprobó la iniciativa.
Por eso, pidieron al presidente Iván Duque que objetara la ley pues, señalaron, era inconstitucional porque va en contravía del artículo 7 de la Constitución, que dice que el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación. A pesar de sus reclamos, Duque sancionó la norma y por ende entró a regir.