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El expediente administrativo que se le sigue a la campaña con la que el ahora presidente Gustavo Petro logró llegar a la Casa de Nariño, la cual es indagada por posible violación a los topes de financiación electoral, se mantiene vigente y aún tiene términos para que pueda llegar a una decisión de fondo. Y todo por cuenta de un trámite judicial que se tuvo que surtir a mediados del año pasado.
El Espectador estableció, incluso, que la ponencia para determinar si se sanciona o no administrativamente a la campaña de Petro, lo que no toca directamente al jefe de Estado porque su fuero constitucional lo protege de este tipo de actuaciones, será radicada en menos de dos semanas y tiene al menos 400 páginas de recopilación, análisis y proyección de decisión sobre las pruebas recaudadas.
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Fuentes de la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) les confirmaron a reporteros de este diario que los tiempos aún están corriendo. Si bien ya habría pasado el plazo legal para tomar decisiones de cara a la primera vuelta del 2022, realizada el 29 de mayo de ese año, al igual que con el segundo balotaje –celebrado un mes después (el 19 de junio)–, lo cierto es que los términos del expediente estuvieron suspendidos por al menos dos meses.
Y ahí está la nuez de por qué, pese a las peticiones de los abogados de la campaña de Petro, la indagación administrativa tiene plena vigencia. Resulta que el 5 de junio de 2024, el CNE elevó una consulta al Consejo de Estado relacionada con la competencia del tribunal electoral sobre el caso de posible violación de topes, lo cual se resolvió con un auto fechado del 6 de agosto de ese año.
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En el interregno, mientras el alto tribunal analizaba el caso –que al final ratificó la competencia del CNE–, los términos procesales estuvieron suspendidos. Eso se traduce en que durante al menos 60 días el expediente tuvo una suspensión jurídica, por lo que ese mismo tiempo debe ser descontado hacia adelante.
Los abogados de Colombia Humana habían indicado en recursos radicados esta semana ante el CNE que, según el artículo 52 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), el plazo para definir un pronunciamiento son tres años contados desde que se presentó el hecho indagado.
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Así las cosas, el tiempo sí habría finalizado en mayo y julio pasados, pero con la suspensión de términos decretada en su momento por el Consejo de Estado el tiempo legal se amplía otros 60 días. Eso –de hecho– es lo que tiene entre sus argumentos la Sala Plena del Consejo Electoral para seguir con el expediente.
Además, es la base para que los magistrados sustanciadores –Benjamín Ortiz (Partido Liberal) y Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático)– estén próximos a presentar su ponencia para determinar qué pasa con la campaña de 2022 del ahora jefe de Estado.
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Lo que se está indagando es si, sumando ambas vueltas, la campaña del ahora jefe de Estado se pasó en más de $5.000 millones los topes legales de financiación, lo cual podría derivar en sanciones que recaerían, entre otros, en Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol y entonces gerente del proceso electoral; eso sí, todos los implicados han negado cualquier irregularidad.
Si bien ya hay cargos administrativos por las pruebas recaudadas –y las fuentes del CNE indicaron que eso será ratificado en la ponencia final de fallo–, una decisión reciente de la Corte Constitucional ratificó que nada de esto puede tocar al presidente Petro por tener fuero; todo lo relacionado con él debe tramitarse en la Comisión de Acusaciones de la Cámara.
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