
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El senador Álvaro Uribe Vélez radicó este jueves el anunciado proyecto de ley que busca la modificación de una parte de la llamada Ley de Garantías, que establece el marco normativo para el desarrollo de las elecciones presidenciales, y que establece algunas prohibiciones en materia de contratación, entre otras, para los gobiernos locales ante los comicios.
La propuesta del expresidente, precisamente, buscará determinar que haya una prohibición, dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones, para la celebración de convenios interadministrativos con entidades de su mismo nivel territorial para la ejecución de recursos públicos y, en ese mismo sentido, los mandatarios locales no podrán “participar, promover o destinar recursos públicos de las entidades a su cargo” ni participar como miembros de sus juntas directivas.
Le puede interesar: Fededepartamentos expresa respaldo a eliminación de Ley de Garantías
No obstante, excluye de estas prohibiciones los convenios interadministrativos que ejecuten recursos de entidades del orden nacional con las territoriales, “como también el aporte de recursos de las entidades territoriales a dichos convenios”.
“La llamada ley de garantías tuvo razón de ser durante el período de la reelección presidencial. Hoy, sin reelección presidencial, simplemente se convierte en un factor más para que las administraciones no pueda avanzar”, dijo el senador durante la radicación.
Contexto: Eliminar la ley de garantías: la nueva movida política de Álvaro Uribe
Indicó que los alcaldes y gobernadores estuvieron sometidos a las restricciones que contiene la Ley de Garantías este año. “Prácticamente tuvieron afectada su posibilidad de gobernar por esos períodos largos (…) Es injusto con ellos”, señaló.
Sobre este asunto, ya hay radicado un proyecto de ley estatutaria por parte del senador Roy Barreras, que también busca la modificación de las restricciones a las entidades territoriales. El proyecto de Barreras propone que “las restricciones establecidas en el parágrafo del artículo 38 de la ley 996 de 2005 solo tendrán vigencia durante cuarenta y cinco días calendario cuando se realicen elecciones territoriales y de treinta días calendario cuando se realicen elecciones del nivel nacional”.