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La venezolana de la tercera edad que logró un precedente judicial para los migrantes en Colombia


La Corte Constitucional decidió proteger los derechos de María Enriqueta León, de 79 años, al decir que hubo errores en la información suministrada por Migración Colombia y la Cancillería.

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María José Noriega Ramírez
26 de septiembre de 2025 - 01:20 p. m.
En febrero de 2021, el gobierno del presidente Iván Duque anunció que Colombia crearía un Estatuto de Protección Temporal para los cerca de dos millones de personas que han llegado al país desde Venezuela.
En febrero de 2021, el gobierno del presidente Iván Duque anunció que Colombia crearía un Estatuto de Protección Temporal para los cerca de dos millones de personas que han llegado al país desde Venezuela.
Foto: Gustavo Torrijos
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María Enriqueta León es una de los miles de personas de la tercera edad que han salido de Venezuela para buscar una mejor vida en Colombia. La crítica situación que vive su país la orilló a ella, como a muchos más, a probar suerte del otro lado de la frontera. Lo trató de hacer tramitando su pasaporte, pero nunca le salió. Terminó estafada y sin documento. Luego pagó en dólares un servicio para acelerar el trámite, pero también resultó engañada. Sola y con problemas de salud -casi no podía caminar por una enfermedad en una de sus piernas- logró llegar hasta Bogotá, donde se reencontró con su única hija. En su tierra natal ya no podía valerse por ella misma, y se enfrentaba a la escasez de comida, de servicios médicos y de medicinas. Aquí, en cambio, ganó una batalla legal que no solo la ayudó a regularizarse, sino a sentar un importante precedente de cara a la migración.

La Corte Constitucional colombiana protegió sus derechos fundamentales luego de que le fuera negada la posibilidad de obtener el Estatuto de Protección Temporal. El alto tribunal explicó que, de forma equivocada, tanto Migración Colombia como la Cancillería le dijeron que no podía aplicar al PPT mientras tenía en trámite una solicitud de refugio, que se alargó por cuatro años y terminó con una respuesta negativa.


La decisión llegó después de una tutela que adelantó la Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza de la Universidad del Rosario, en un caso que mostró la unión de varios factores: lo difícil que es migrar, sobre todo para los adultos mayores, la falta de claridad por parte de las instituciones en los procedimientos que se deben seguir y las diferentes vulnerabilidades sufridas en el proceso.

En el fallo no solo se tuvo en cuenta su edad, 79 años, sino también el grado de dependencia con su familia y sus dificultades de salud, como hipertensión arterial, tendinosis, dolor crónico en la ciática, entre otras.

Aquí hubo tres criterios que hicieron de su regularización en Colombia algo urgente, o al menos así lo consideró Nicolás Barón González, coordinador de la entidad que la asesoró en su disputa legal: las enfermedades que sufre, la unidad familiar y la suma de otras problemáticas, como el hecho de ser una mujer analfabeta. León acudió buscando ayuda cuando le fue negado el refugio, pues las autoridades colombianas respondieron que era una migrante económica, aunque era evidente que estaba huyendo de Venezuela por la sistemática violación a los derechos humanos por parte del régimen de Nicolás Maduro. Ahí quedó completamente desprotegida: sin estatus de refugiada y sin PPT. Le dieron 30 días para abandonar el país.

Hay pocos datos sobre los adultos mayores que deciden migrar. Sin embargo, el informe “Recomenzar lejos de casa: la migración forzada de personas mayores venezolanas”, realizado en 2023 por el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, detalló que, en el caso de Colombia, el prerregistro para ingresar al Estatuto Temporal de Protección indicó que 71.492 venezolanos eran personas mayores migrantes, con 60 años o más, lo que constituyó el 2,9 % del total de individuos registrados en dicho mecanismo.

Por su parte, las estimaciones del Instituto Nacional de Estadísticas y del Departamento de Extranjería y Migración de Chile apuntaron a que unos 6.752 adultos mayores venezolanos vivieron en ese país en 2018, cifra que aumentó un año después hasta 15.175.

La vida de María Enriqueta León cambió por completo luego de que la justicia colombiana fallara a su favor. Pudo afiliarse a una EPS y acceder a servicios de salud de manera formal, que le costaron dinero en el sector privado. Sobre todo, ha podido llevar una vida tranquila, sin el temor de que en cualquier momento le exijan salir del país, como sucedió cuando le negaron el refugio.

El tiempo, siempre en contra


Su miedo más grande, sin embargo, es que la vuelvan a separar de los suyos. Y es que, a pesar de esta victoria judicial, hay un problema. El Estatuto de Protección Temporal da un permiso de permanencia de 10 años, tiempo en el cual los migrantes venezolanos pueden acceder a empleo, salud y transitar al régimen de una visa. Eso empezó a regir en 2021. Es decir, a León le quedan solo seis años de protección, casi el tiempo justo que requiere acumular para iniciar un trámite de visado, y así obtener una cédula de extranjería.

Lo cierto es que su caso abrió el camino para que personas en condiciones similares, que no hayan podido acceder al PPT por estar en medio de un trámite de refugio o que tengan múltiples vulnerabilidades, como León, puedan lograr su regularización a través de este precedente que sentó la decisión de la Corte Constitucional.

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Giovanni(38945)26 de septiembre de 2025 - 04:10 p. m.
Es apenas justo !
PEDRO CASTIBLANCO REYES(85266)26 de septiembre de 2025 - 03:54 p. m.
tanta verborrea barata para determinar que salio ganando , demandando a la nacion que la acogio, termino recibiendo casa, carro y beca, que lindo.
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