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Gobierno incrementa al 90 % el mínimo de giro directo de recursos a las IPS del país

Con la medida se busca mejorar el flujo de recursos a hospitales y clínicas, algo que ha sido respaldado por varias agremiaciones del sector.

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04 de agosto de 2026 - 10:18 p. m.
Imagen de referencia. Director de la ADRES y Guillermo Jaramillo, ministro de Salud, durante una rueda de prensa en Bogotá (izq-der).
Imagen de referencia. Director de la ADRES y Guillermo Jaramillo, ministro de Salud, durante una rueda de prensa en Bogotá (izq-der).
Foto: Óscar Pérez
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El Ministerio de Salud anunció el incremento del 80 % al 90 % en el giro directo de recursos a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), como clínicas y hospitales, y a los proveedores de tecnologías en salud. Esta medida se venía planeando hace más de un año y había sido trabajada y solicitada de manera reiterada por gremios del sector, especialmente por la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), que agrupa a algunas de las principales instituciones prestadoras privadas de servicios de salud del país.

El porcentaje mínimo de pagos que se hacen mediante giro directo estaba en el 80 %, pero el Gobierno decidió aumentarlo al 90 %, aproximándose a su intención de universalizar el giro directo en el sistema de salud. Esa fue una de las medidas que el gobierno intentó implementar mediante la reforma a la salud, pero, tras los varios reveses que sufrió ese proyecto en el Congreso, decidieron hacerlo mediante decreto.

“El decreto 930 modifica varias disposiciones del Decreto 780 de 2016 y responde a la necesidad de garantizar un flujo más eficiente, oportuno y transparente de los recursos públicos destinados a la prestación de los servicios de salud, fortaleciendo la liquidez de hospitales, clínicas y demás prestadores del país”, dijo el Minsalud en un comunicado.

El giro directo es una medida que se ha implementado desde hace varios años en el sistema de salud y consiste, en palabras simples, en que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) se encarga de girar los recursos a las IPS, en lugar de darles esa plata a las EPS y que estas, como intermediarias, hagan el pago.

Antes de que se empezara a implementar esa medida, las EPS se encargaban de auditar las facturas y hacer los pagos a las IPS, tras recibir los recursos del Estado. El giro directo deja sobre las EPS la función de auditar las facturas, pero no de hacer el pago. Cuando hacen la auditoría, postulan ante la ADRES a las IPS que deben recibir los pagos y esta entidad se encarga de enviar los recursos.

“El decreto también acoge las recomendaciones formuladas por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional, que ha insistido en la necesidad de fortalecer este mecanismo para corregir las dificultades en el flujo de recursos y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud. De igual manera, responde al reciente llamado de la Contraloría General de la República para adoptar medidas urgentes que permitan aliviar la situación financiera de la red hospitalaria del país”, añadió la entidad.

¿Cuáles son los cambios que introduce el decreto en el sistema de salud?

La medida de un porcentaje mínimo del 90 % de recursos mediante giro directo aplica, principalmente, a la plata de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) que reciben las EPS del régimen subsidiado.

Es decir, los recursos que reciben por las atenciones que brindan a los usuarios del sistema de salud y que se encuentran dentro del Plan de Beneficios de Salud.

Además de las EPS del régimen subsidiado, también se aplicará a aquellas del régimen contributivo que incumplan el patrimonio adecuado, uno de los indicadores financieros que evalúan el estado de una EPS. También aplicará para las EPS que se encuentren intervenidas, en liquidación o bajo otra figura de vigilancia especial.

Las EPS que se encuentren sujetas a la medida también podrán adoptar voluntariamente el mecanismo de giro directo, de acuerdo con el Ministerio de Salud.

Finalmente, la medida aplicará para los presupuestos máximos de todas las EPS, que se utilizan para financiar servicios y tecnologías en salud que no están cubiertos por la UPC.

“Con esta medida, el Gobierno busca brindar mayor estabilidad financiera a las IPS y proveedores, reducir los riesgos de interrupción en la prestación de servicios, mejorar la entrega oportuna de medicamentos y fortalecer la transparencia en la administración de los recursos públicos del sistema de salud”, señaló la entidad.

En medio de las discusiones sobre la reforma a la salud durante 2024 y 2025, Ana María Vesga, entonces directora del gremio de EPS del régimen subsidiado y hoy ministra de Salud designada por el presidente electo, Abelardo de la Espriella, respaldaba la intención de universalizar el giro directo.

Con la expedición del decreto, la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas también anunció su respaldo a la medida. “Si esto se cumple al pie de la letra con regularidad y se destina a las instituciones que efectivamente prestaron los servicios, se garantiza un mejor flujo corriente de recursos que tanto necesita el sector, y para que esto sea posible se necesita la estricta vigilancia por parte la Superintendencia de Salud en el cumplimiento de los porcentajes y correctas postulaciones, evitando la concentración en las entidades de integración vertical y dando cumplimiento a circulares vigentes como la 015 que ordena prioridad en el giro directo para las entidades públicas y privadas de carácter independiente” dijo Juan Carlos Giraldo, director general de la Asociación. Para ellos, también es un acierto que se extienda a los presupuestos máximos.

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