El Ministerio de Salud habilitó el proceso oficial de inscripción y solicitud de autorización para el funcionamiento y operación de las Organizaciones de Base Comunitaria (OBC), los grupos de personas que trabajan directamente en los territorios y que ahora son actores del sistema de salud del país.
De acuerdo con el ministerio, este proceso busca fortalecer el reconocimiento institucional de estas organizaciones y promover su participación como aliadas estratégicas en la ejecución de acciones comunitarias que contribuyan al mejoramiento de los resultados en salud y al fortalecimiento del modelo de atención con enfoque territorial, comunitario y de Atención Primaria en Salud.
Eso quiere decir que entre sus funciones en los territorios están: informar y educar; identificar riesgos de manera temprana; caracterizar a las comunidades; aplicar tamizajes y algunas pruebas rápidas; acompañar a las personas para que accedan a los servicios; apoyar la adherencia a los tratamientos; y participar en acciones de reducción de daños, salud mental y prevención de violencias, entre otras funciones que llevan realizando hace muchos años.
A cambio, las organizaciones podrán acceder a recursos para realizar dichas actividades de promoción, prevención y gestión del riesgo en salud, y participar de manera formal en la estrategia de atención primaria.
De acuerdo con el ministerio, la labor de las OBC “resulta especialmente relevante para el desarrollo de acciones colectivas en salud sexual y reproductiva, salud mental, abordaje del consumo de sustancias psicoactivas y demás prioridades en salud pública”.
El reconocimiento de estas organizaciones responde a la Resolución 2628 de 2025, y, a su vez, al llamado que venían haciendo hace varios años, como contaba Miguel Barriga, director ejecutivo de la Red Somos, una organización dedicada al reconocimiento de la diversidad y la salud sexual, especialmente de la población LGBTIQ+ y de las personas que viven con VIH en Colombia en este artículo.
Para inscribirse en dicho registro, las OBC deberán solicitar, primero, una autorización de funcionamiento y operación ante la secretaría de salud departamental o distrital, demostrando, entre otras cosas, que son entidades sin ánimo de lucro, con procesos “básicos” de gestión, contabilidad y manejo de talento humano que soporten su operación.
Además, deberán evidenciar que tienen experiencia comunitaria, legitimidad en su territorio y la capacidad operativa para realizar actividades de promoción, prevención, acompañamiento y cuidado en salud. Una vez la organización radique la solicitud, la entidad territorial tiene 30 días hábiles para revisar y evaluar los documentos.
Si cumple los requisitos, la entidad expedirá un acto administrativo que autoriza su funcionamiento por tres años y especifica en qué territorio puede operar. Esa autorización se cargará en un nuevo Registro Nacional de Organizaciones de Base Comunitaria.
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