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A través de un comunicado la Superintendencia de Industria y Comercio informó que multó a varias empresas y compañías por vender medicamentos por encima de los precios máximos establecidos.
El primer caso que menciona la Superindustria, se trata de Pfizer S.A.S, compañía farmacéutica que tendrá que pagar 82 millones de pesos por vender siete medicamentos entre 4 y 651% más caros. (Lea: Recobros por medicamentos, un fenómeno imparable)
“La decisión se adoptó luego de verificar la información correspondiente a las operaciones comerciales que la sociedad PFIZER S.A.S., entre julio y diciembre de 2016, donde se encontró que vendió a diferentes clientes del canal institucional, siete medicamentos en diferentes presentaciones, a precios que superaban los máximos fijados en la Circular 04 de 2012, en porcentajes que estarían entre el 4% y el 651%”, explica la Superindustria en un comunicado.
Uno de los ejemplos del sobrecosto que utilizó Pfizer es el medicamento Xalatan, de uso oftalmológico. Según la circular mencionada anteriormente el precio techo para una caja con frasco de gotero era de $14.933,8 por unidad, pero excedió hasta en un 651% el valor permitido al ser comercializado a $ 112.167 la unidad. (Acá: Minsalud ahora le pone techo a precios de medicamentos)
La situación también se repitió para medicamentos antidepresivos, para la epilepsia, incontinencia urinaria y vejiga hiperactiva. La sanción a Pfizer se encuentra en primera instancia y proceden recursos de reposición.
Ante esto Pfizer indicó que "es una compañía ética y respetuosa de la regulación colombiana y la legislación vigente en materia de precios y es enfática en afirmar que no ha vendido por encima de los precios regulados los medicamentos mencionados en dicha resolución".
Además, reiteran que la investigación es de primera instancia y que "Pfizer se encuentra en proceso de presentar el respectivo recurso de reposición del caso". "Pfizer continuará activamente apoyando a la SIC, para esclarecer los hechos descritos en la investigación, compartiendo toda la información y requerimientos en donde se evidencia que la compañía no ha vendido por encima de los precios regulados".
El segundo caso de sobrecostos de medicamento fue el de DROSAN LTD. La Superindustria la multó con 30 millones “tras verificar que esta omitió el envío de información consistente en las transacciones de compra y venta de medicamentos en los términos requeridos, obstaculizando con ello la labor de inspección, vigilancia y control de la SIC, incurriendo en la conducta prevista en el artículo 51 del CPACA”.
La sanción para DROSAN, en cambio, fue confirmada y no proceden recursos en su contra.
Finalmente, la Superindustria inició investigaciones administrativas en contra de droguerías y farmacias Cruz Verde, así como la Caja de Compensación Familiar Cafam. Ambas también habrían obstaculizado “las labores de inspección, vigilancia y control sobre el Régimen de Control Directo de Precios de Medicamentos al presuntamente incumplir con la obligación de suministrar información en los términos requeridos por la SIC”. (Lea: La nueva ruta para frenar altos precios de los medicamentos)
Al igual que con Drosan, en estos dos últimos dos casos no proceden recursos y están en término para presentar descargos.
Sin embargo, ante esto Droguerías y Farmacías Cruz Verde explicó que “la información solicitada por la SIC fue entregada dentro del plazo establecido con el nivel de detalle que su sistema actual de trazabilidad de producto proporciona, en la medida en que el diligenciamiento del formato preestablecido por esta entidad era y es para Cruz Verde física, técnica y materialmente imposible, y por ello se vió en la necesidad de enviar la información requerida en dos archivos – como lo ha hecho en el pasado con otros requerimientos similares-, uno con la información de los registros de compras realizados a un laboratorio farmacéutico y por otro, los registros de venta de medicamentos efectuados a los clientes, enviando en todo caso la totalidad de información solitada”.
“Esta separación de archivos – agregó - se da porque, en un manejo racional avalado por la teoría de inventarios, es imposible asociar específicamente el número de factura emitida por sus proveedores, con la factura del cliente específico al que se le dispensa el medicamento, por cuanto en la venta de medicamentos existe la posibilidad de dispensar no solo por cajas, sino por blíster o por unidades mínimas individuales, por lo que cajas de un mismo lote pueden ser dispensadas a usuarios de IPS, a usuarios de Retail o a usuarios de EPS, y el formato preestablecido por la SIC no tiene en cuenta esta realidad”.
Implicando así que Cruz Verde no incurrió en ningún tipo de obstaculización para poder vigilar y adelantar la medida de control a precios de medicamentos.
Cafam, por su parte, dijo en un comunicado a la opinión pública que "la investigación y sanción por violación al régimen de control de precios de medicamentos no va en contra de Cafam", y que en el marco de la investigación que adelantó la SIC contra el laboratorio, se requirieron varios agentes económicos, entre ellos a Cafam, para que entregaran información sobre compras y precios de medicamentos del laboratorio investigado.
"Cafam contestó y entregó toda la información solicitada en el plazo definido por la SIC, y aclaró en su respuesta que no era posible suministrar una parte de los datos en el formato exigido por dicha Entidad -en el tiempo requerido-, dado que los sistemas de información de la Caja no los producen esa manera. Ante esto, la SIC consideró que -por entregar la información no desagregada conforme las características solicitadas por la Entidad-, Cafam supuestamente habría incumplido con la obligación de atender el requerimiento. Esta es la razón por la que la SIC abrió un proceso sancionatorio contra la Caja, que está en curso. Sin embargo, es importante reiterar que la causa de la actuación contra Cafam no es el incumplimiento del régimen de control de precios de medicamentos, sino la entrega de una información que la Superintendencia consideró incompleta".
*Esta nota fue modificada el día 31 de julio de 2019, a las 6:55 pm, para agregar la respuesta de la compañía Pfizer a la investigación adelantada por la Superintendencia de Industria y Comercio, y el 1 de agosto a las 5:25 para agregar la respuesta de CAFAM.
*Esta nota fue modificada el 1 de agisto de 2019, a las 10:30 am, para agregar la respuesta de Droguerías y Farmacías Cruz Verde frente al comunicado de la Superintendecia de Industria y Comercio.