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A través de la resolución 70646 del 21 de agosto de 2025, la Superintendencia Nacional de Salud autorizó un cambio muy importante en los estatutos de Nueva EPS, la EPS más grande del país (con más de 11 millones de afiliados) e intervenida por el Gobierno desde abril de 2024.
El agente interventor de Nueva EPS, en ese momento Bernardo Camacho, solicitó autorización para reformar los estatutos de la entidad. Específicamente los artículos 16, 17, 21, 22 y 66.
No se trata de cualquier tipo de artículos. El 16, por ejemplo, versa sobre la colocación y emisión de acciones. En la redacción original, se señalaba que la “Asamblea General de Accionistas, con el voto favorable del 80% de las acciones suscritas y no readquiridas decidirá sobre la emisión de acciones no suscritas, con sujeción a las normas legales pertinentes”. El cambio que la Supersalud aprobó reduce el voto favorable necesario para la emisión de nuevas acciones, pasando del 80% al 60%. Esto significa que, en el futuro, será más sencillo para Nueva EPS emitir y colocar acciones, facilitando la entrada de nuevos socios o la captación de capital.
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Con la reforma de los estatutos, no solo la junta directiva, sino que también la asamblea de accionistas tendrá la facultad para aprobar el reglamento de colocación de acciones.
Los artículos 21 y 22, por otro lado, tratan sobre los derechos de los accionistas para suscribir nuevas acciones, mantener su proporción de participación en la sociedad y las reglas que regulan la venta, cesión o transferencia de acciones, incluyendo las condiciones bajo las cuales la sociedad podría disolverse anticipadamente si no se respetan estos derechos.
La modificación al artículo 22 regula un escenario crítico: la posible disolución anticipada de la sociedad cuando un accionista ofrece todas sus acciones y los demás no las compran. La norma establece que, dentro de los seis meses siguientes al rechazo de la oferta, la Asamblea General de Accionistas, con el voto favorable de accionistas que representen al menos el 75% del capital, puede aprobar la venta de esas acciones a terceros específicos, como las cajas de compensación familiar que cumplan los requisitos legales y de experiencia en salud.
La reforma del artículo 66 es un complemento de los cambios anteriores. Se elimina una de las causales de disolución que estaba ligada a una alteración en la composición accionaria de la empresa. Antes, el artículo contemplaba una causal de disolución de la sociedad que dependía de cambios en la composición accionaria. Esta cláusula creaba un riesgo de disolución automática si un accionista se retiraba o un nuevo socio entraba. Ahora, la reforma elimina esta causal de disolución. Este ajuste es crucial porque le otorga a la empresa una mayor flexibilidad. Al remover esta restricción, la nueva directiva puede negociar y reorganizar la compañía sin el riesgo de que la sociedad tenga que disolverse de manera obligatoria.
¿Hacia dónde apuntan los cambios?
La resolución no es un trámite rutinario, creen un par de personas que conocen de cerca el derecho administrativo de estas entidades. La norma establece cambios estatutarios que facilitan la flexibilidad accionaria, la captación de capital y la entrada de nuevos socios, lo que sienta las bases, nos dijeron ambas personas, para una eventual reestructuración de la EPS.
Hay que recordar que la propiedad de Nueva EPS está dividida entre el Estado colombiano y un grupo de cajas de compensación familiar. La compañía no pertenece a una sola entidad, sino a una mezcla de actores públicos y privados. Si bien el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (en representación del Gobierno) es el socio más grande, con casi el 50% de las acciones (49.9985%), el resto de la propiedad pertenece a un grupo de cajas de compensación. Al sumar las participaciones de Colsubsidio, Cafam, Compensar, Comfenalco Valle, Comfenalco Antioquia y Comfandi, estas entidades alcanzan un total de poco más del 50% de las acciones.
Esto significa que, en conjunto, las cajas son las socias mayoritarias. Esta distribución es clave para entender la dinámica de poder en la empresa, ya que les da el control de la mayoría de la junta de accionistas y la capacidad de influir en las decisiones sobre el futuro de la EPS.
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Senadoras como Norma Hurtado, del partido de la U, se habían referido esta semana a rumores que apuntaban a una posible actividad del Gobierno para hacerse con el control mayoritario de Nueva EPS. Se esta posibilitando “que la Nueva EPS tenga una mayoría accionaria pública”, dijo.
Para el Gobierno y las pretensiones que tiene de reforma al sistema de salud, esta entidad es clave. En las propuestas de reforma a la salud que se han planteado, Nueva EPS es la entidad que se ha proyectado como la base y la columna vertebral del nuevo modelo de atención. La idea del Gobierno es que Nueva se convierta en la principal Gestora de Salud, dado que es la única entidad de ese tipo que está presente en casi todo el país y que tiene un gran número de afiliados, tanto del régimen contributivo como del régimen subsidiado.
También ha sido contemplada como el agente de transición en la reorganización del sector. En las propuestas, se ha planteado sistemáticamente que, en los lugares donde otras EPS deban retirarse o desaparecer con los cambios, Nueva EPS absorba a los usuarios que queden sin cobertura. Esto le otorga un rol fundamental: garantizar la continuidad de la atención, mantener la estabilidad del sistema y facilitar la implementación de cambios estructurales, asegurando que millones de afiliados no queden desprotegidos durante la transición.
Sin embargo, no todos en el sector salud creen que Nueva EPS podría mantener o incluso aumentar su base de afiliados. La entidad atraviesa un momento financiero crítico. La Contraloría General de la República, tras un operativo de policía judicial realizado en julio de 2025, identificó múltiples riesgos administrativos y financieros. Entre los hallazgos más preocupantes están: los anticipos pendientes por legalizar, que pasaron de $3,4 billones en 2023 a $8,6 billones en 2024, y alcanzaron $15,2 billones en el primer semestre de 2025; alrededor de 22,7 millones de facturas por $22,1 billones pendientes de procesar, de las cuales más de nueve millones eran repetidas; y reservas técnicas subestimadas por $11,1 billones.
Desde que fue intervenida, la EPS ha tenido tres agentes interventores designados. El más reciente cambio se produjo el 19 de agosto de 2025, cuando la Supersalud relevó del cargo a Bernardo Camacho, quien había ejercido como agente interventor durante ocho meses, y nombró en su lugar a Gloria Libia Polanía Aguillón. De ninguno de ellos ha escapado la necesidad de capitalizar la EPS, es decir, de inyectarle recursos financieros suficientes para garantizar la continuidad de la operación. De hecho, en las propuestas de reforma se plantea esa inyección.
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Sin embargo, desde el Ministerio de Salud habían guardado silencio sobre la idea de que el Estado capitalice, sin tener un control accionario absoluto.
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