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Juez suspende cierre de Zona de Ubicación Temporal de excombatientes en Putumayo

La decisión se produjo luego de que 99 exintegrantes de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) presentaran una acción de tutela. La medida judicial se conoce a pocos días de la fecha fijada por el presidente Abelardo de la Espriella para el cierre de esa ZUT, previsto para el próximo 30 de septiembre.

25 de septiembre de 2026 – 07:32 a. m.
La dejación de armas fue el momento central antes de que 99 integrantes de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) entraran a la ZUT.
Los excombatientes señalaron que el cierre de la ZUT pondría en riesgo sus derechos fundamentales a la vida, seguridad e integridad física, libre desarrollo de la personalidad, reincorporación, tránsito a la vida civil, personalidad jurídica, identidad, debido proceso administrativo, confianza legítima y paz.
Foto: Richard Alberto León Muñoz

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La Zona de Ubicación Temporal (ZUT) del Valle del Guamuez, en Putumayo, que alberga a 99 excombatientes de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) se mantendrá activa luego de que un juez de Puerto Asís ordenada la suspensión temporal de la resolución del Gobierno que dispuso el cierre de esa zona para el próximo 30 de septiembre. La decisión del juez se dio tras una acción de tutela que presentaron los exintegrantes de ese grupo armado.

En el recurso, los excombatientes señalaron que el cierre de la ZUT pondría en riesgo sus derechos fundamentales a la vida, seguridad e integridad física, libre desarrollo de la personalidad, reincorporación, tránsito a la vida civil, personalidad jurídica, identidad, debido proceso administrativo, confianza legítima y paz.
En ese sentido, la acción de tutela pidió frenar el cierre y desalojo de la zona hasta que exista un plan de tránsito y protección, con participación del Mecanismo de Monitoreo y Verificación. Asimismo, solicitaron que se mantengan los servicios básicos de salud, alimentación y habitabilidad, así como las medidas de seguridad actualmente desplegadas por el Ministerio de Defensa.

Puntualmente, el recurso presentado por los excombatientes pedía: “Ordenar a las entidades accionadas, en particular a la Presidencia de la República, el Departamento Administrativo de Presidencia, a través de su Oficina del Consejero Comisionado de Paz, la Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional, abstenerse de llevar a cabo acciones que vulneren las garantías fundamentales de las y los aquí accionantes”.

Por su parte, el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís (Putumayo) señaló que “resulta pertinente ordenar la medida provisional solicitada, al advertirse que la misma resulta necesaria para evitar que la amenaza contra los derechos fundamentales que aquí se invocan se concrete en una vulneración”.

Además, el despacho advirtió que no existe certeza de que se hubieran coordinado las acciones administrativas para asegurar el tránsito individual de los 99 excombatientes. “Desconoce el Despacho la consolidación de los componentes del Plan Interinstitucional de Cierre y Transición que se menciona en el acto administrativo, mismos debían ejecutarse a más tardar el 30 de septiembre de 2026, ignorando de momento, si en el mismo se han realizado las actuaciones necesarias con las entidades competentes, para definir individualmente el ingreso y la continuidad de las personas reconocidas como desmovilizados y acreditados por la Oficina del Consejero Comisionado de Paz”, aseguró.

Por estos hechos, se decretó la suspensión temporal de la resolución del Gobierno. El fallo del juez de Puerto Asís se conoce a pocos días de la fecha fijada por el presidente Abelardo de la Espriella para poner fin al funcionamiento de esa Zona de Ubicación Temporal, mediante la Resolución 389 del 9 de septiembre de 2026.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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