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Ya comenzó la restricción para motociclistas en Bogotá, en el marco de la celebración del Día de las Brujas, y ya aparecieron consigo los primeros comparendos. La primera noche de la restricción a motos en Bogotá generó 49 comparendos y vehículos inmovilizados. No obstante, durante los operativos, varios motociclistas detenidos afirmaron que no conocían la restricción o que pensaban que solo se aplicaba a quienes llevaban parrillero. Esta confusión sigue siendo importante y, por lo tanto, conviene un recordatorio antes de salir durante el puente de Halloween.
En ese orden de ideas, la Alcaldía mantiene dos restricciones distintas hasta la madrugada del martes 3 de noviembre. Una restricción prohíbe llevar acompañante en moto en toda Bogotá. La otra restricción limita la circulación de motocicletas en 19 corredores viales. Incumplir estas restricciones puede resultar en una multa de $633.200, además de los costos por inmovilización y estacionamiento en patios.
Restricción a motos en Bogotá: las dos medidas que no debe confundir
La primera medida prohíbe la circulación de motocicletas con parrillero o acompañante en toda Bogotá entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. Esta regla empezó a funcionar el jueves 29 de octubre y seguirá en vigencia durante las noches y madrugadas del fin de semana de Halloween.
La segunda medida es distinta: restringe por completo la circulación de motos, con o sin acompañante, entre las 8:00 p.m. y las 4:00 a.m. en 19 vías principales de la capital. Por eso, un motociclista que viaje solo puede infringir la norma si circula por alguno de los corredores incluidos en el decreto.
La restricción no funciona como pico y placa y no depende del último número de la placa. La restricción aplica a las motocicletas que circulen en los horarios y lugares establecidos durante las jornadas anunciadas.
¿En qué vías no pueden circular motos durante Halloween?
La circulación general de motos está restringida entre las 8:00 p.m. y las 4:00 a.m. en estos corredores:
– Autopista Norte.
– Autopista Sur.
– Avenida NQS o carrera 30.
– Avenida Boyacá.
– Avenida Ciudad de Cali.
– Avenida Las Américas.
– Avenida Suba.
– Calle 26 o avenida El Dorado.
– Calle 80.
– Carrera Séptima.
– Avenida Guayacanes.
– Calle 13.
– Avenida La Esperanza.
– Avenida Ciudad de Villavicencio.
– Avenida Circunvalar.
– Calle 53.
– Calle 63.
– Carrera 60.
– Carrera 80.
En cambio, la prohibición de parrillero tiene alcance distrital. Es decir, no se limita a esas 19 vías y rige en cualquier localidad de Bogotá entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.
¿Hasta cuándo va la restricción para motocicletas?
Los controles comenzaron en la noche del jueves 29 de octubre y continuarán durante las noches del 30 y 31 de octubre, así como del 1 y 2 de noviembre. La medida terminará en la madrugada del martes 3 de noviembre.
Durante la primera jornada, la Policía Metropolitana reportó operativos en siete puntos, entre ellos sectores de la carrera 30 con calle 19, El Campín, Centro Mayor, Abastos, la avenida Ciudad de Cali y la avenida Boyacá. Para el fin de semana, el Distrito anunció 21 puestos móviles de control y un despliegue de policías de tránsito y agentes civiles.
La teniente coronel Astrid Herrera, jefa de la Seccional de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana de Bogotá, indicó que los controles se realizarán en los corredores donde opera la restricción y en otros puntos priorizados.
Multa e inmovilización: qué pasa si incumple la medida
La infracción corresponde al comparendo C.14, sancionado con 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $633.200 en 2026. Además, la moto puede ser inmovilizada, por lo que el conductor deberá pagar los valores correspondientes al traslado y a la permanencia del vehículo en patios.
El primer balance dejó 49 órdenes de comparendo e inmovilización. Aunque algunos conductores señalaron que no conocían la medida, el desconocimiento de la norma no elimina la sanción.
Por eso, antes de iniciar un recorrido nocturno, conviene verificar dos puntos: si la moto lleva acompañante —caso en el que aplica la prohibición en toda Bogotá— y si la ruta pasa por alguno de los 19 corredores con restricción total para motocicletas.
¿Quiénes están exentos de la restricción?
El Distrito informó excepciones para ciertos grupos, entre ellos mensajeros y domiciliarios identificados por sus empresas; integrantes de la Fuerza Pública; personal de seguridad privada; personas con discapacidad o quienes las transporten; integrantes de aseguradoras; conductores elegidos; caravanas presidenciales; cuerpos diplomáticos y consulares; y motos vinculadas al Sistema Integrado de Transporte Público.
La recomendación para quienes consideren que están cubiertos por una excepción es portar los documentos o elementos de identificación que acrediten su actividad durante los controles.
La restricción a motos en Bogotá se dio para el fin de semana de Halloween, cuando aparecen caravanas enormes llamadas rodadas del terror. Mientras siguen los operativos, la diferencia entre la prohibición de parrillero y el cierre de 19 corredores decide si se evitan multas e inmovilizaciones.
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