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A través de la Directiva 006 de 2026, la Procuraduría General de la Nación exhortó a las entidades nacionales, departamentales y municipales para que implementen de manera inmediata acciones de prevención, preparación, monitoreo, mitigación y atención frente a los impactos de la variabilidad climática.
Según datos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo, en lo corrido del año y en relación con el frente frío, se han registrado 228 eventos climáticos en 161 municipios, con un saldo de más de 27.000 familias afectadas. Los departamentos más afectados, de manera preliminar, son Córdoba (78.000 afectados), Sucre (14.000) y, entre otros, La Guajira (11.000).
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En el documento, el ente de control recordó que la Tercera Comunicación Nacional de Cambio Climático del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) advierte que 20 de los 32 departamentos del país presentan alto riesgo climático, en los cuales habita el 57 % de la población y se concentra el 69 % del PIB nacional. “Asimismo, refleja en los municipios un 100 % de riesgo asociado al cambio climático, entre ellos movimientos en masa, avenidas torrenciales, incendios forestales, disminución de caudales, erosión costera y aumento del nivel del mar”, se lee en el documento de la Procuraduría, que puede leer a continuación.
Por estas razones, el procurador general, Gregorio Eljach, recordó que la omisión o demora injustificada en la adopción de medidas de gestión del riesgo puede acarrear responsabilidad disciplinaria, y reiteró la obligación de las autoridades de garantizar la protección de los derechos fundamentales como a un ambiente sano, agua potable, vivienda digna y seguridad alimentaria.
“La directiva enfatiza la necesidad de actualizar los planes de gestión del riesgo y los instrumentos de planificación territorial, fortalecer los sistemas de monitoreo y alertas tempranas y priorizar la atención a las poblaciones más vulnerables“, indica el ente de control, a través de un comunicado.
En particular, la Procuraduría recordó que los entes territoriales tienen las siguientes obligaciones:
- Realizar el inventario de zonas de alto riesgo no mitigable,
- Incorporar la determinante del riesgo en los instrumentos de planificación territorial (POT, PBОТ o EOT),
- Articular el Plan Municipal del Riesgo con el Plan Departamental de Gestión del Riesgo,
- Planear y ejecutar obras de mitigación,
- Implementar y actualizar los sistemas de monitoreo y alertas tempranas,
- Aplicar el principio de coordinación inmediata entre los ámbitos municipales, departamentales y nacionales,
- Priorizar la atención y protección de la población más vulnerable, con enfoque diferencial,
- Elaborar y actualizar el registro de damnificados, en el que se garanticen las condiciones mínimas de los servicios públicos y el saneamiento básico,
- Prohibir la reubicación y reconstrucción en zonas de riesgo,
- Garantizar y articular con las carteras ministeriales el acceso a la vivienda digna y a los medios de subsistencia,
- Vigilar y evaluar el incumplimiento del ordenamiento jurídico y los principios constitucionales.
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Por su parte, el ente de control le pidió al Gobierno Nacional avanzar en la regulación del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, según lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia T-123 de 2024.
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