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La primera firma del minambiente

El abogado experto en políticas ambientales Rodrigo Negrete cuestiona el decreto que busca legalizar a mineros tradicionales. El Ministerio responde.

Redacción Vivir
04 de octubre de 2012 - 10:36 p. m.
La primera firma del minambiente

El primer decreto que firmó Juan Gabriel Uribe como ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible fue el 1970 del 21 de septiembre de 2012. Con ello buscaba cumplir un cometido que ha reiterado el último año el Gobierno: legalizar a los mineros tradicionales. Un grupo de abogados expertos en minería y medio ambiente se dio a la tarea de estudiar detalladamente el documento. La conclusión a la que llegaron podría fácilmente traducirse en una pregunta: ¿hasta dónde está dispuesto a llegar el Estado para cumplir este objetivo?

El decreto está dirigido a los explotadores, grupos y asociaciones que acrediten ser mineros tradicionales y que exploten minas de propiedad estatal sin título minero. Lo que ha dicho el Gobierno es que con la legalización se tendrá un mayor control de la actividad minera. Pero además, como lo dijo en entrevista con El Espectador el exministro Frank Pearl, la idea es lograr que estos mineros artesanales “ganen escala” para que puedan invertir en su comunidad y en el medio ambiente.

El problema que hay, según Rodrigo Negrete, consultor legal ambiental, es que esta medida deja desprotegidas las reservas forestales (establecidas en la Ley Segunda de 1959 - ver mapa) y, lo que es más “preocupante”, la propia sabana de Bogotá, “una reserva ecológica nacional, cuya vocación es agrícola y forestal”.

Estos son sus argumentos: tanto en las reservas forestales como en la sabana de la capital, era imposible hacer procesos de legalización minera. Es decir, si una empresa presentaba un proyecto de exploración y explotación nuevo, sí era posible entregarle una porción de estas áreas de reserva a través de un mecanismo que se denomina sustracción. Pero si era un minero ilegal (que ya venía explotando estos recursos irregularmente), el que quería poner los papeles en regla para poder continuar su actividad, la ley no lo permitía. Ahora sí es posible.

Lo que dice Negrete es que este decreto “pone en alto riesgo el componente ambiental, la biodiversidad, el suelo y el aire del país, teniendo en cuenta que estas reservas Forestales representan cerca del 50% del territorio colombiano y que hoy existe minería ilegal en el Amazonas, en la Cordillera Central, en el Pacífico, en el sur de Bolívar. Lo que se está haciendo es premiar a estos señores que son ilegales”.

Lo que responde el Ministerio, a través de su oficina jurídica, es que “el espíritu de esta medida” es “elevar las prácticas” de las personas que vienen haciendo este tipo de minería, para que empiecen a cumplir. “El peor de los mundos sería ignorar esta realidad y dejarlos desregulados”. Además, sostienen que cumplir con los requisitos que les impone este decreto no es sencillo, “no estamos hablando de cualquier tipo de minería ilegal, sólo de la tradicional. Eso reduce la población que va a ser objeto y que se va a beneficiar”.

Sobre el señalamiento que hace el abogado Negrete de que la Sabana de Bogotá queda desprotegida en este decreto, ya que no se incluye dentro de las áreas excluibles de minería, el Ministerio asegura que esta área cuenta con la protección del artículo 61 de la Ley 99 (así no esté mencionado en el decreto).

Pero estos no son los únicos reparos del abogado Rodrigo Negrete. Según él, hay otros puntos críticos. Por ejemplo: este decreto abre la posibilidad de que quienes hayan presentado una solicitud de legalización y se les hubiera negado, se presenten nuevamente (por una sola vez). Lo que antes era imposible. Quienes eran rechazados porque se demostraba que no cumplían todos los requisitos, perdían toda posibilidad de ser legales. Aquí lo que responde el Ministerio es que su propósito es hacer que esta nueva opción de legalización tenga mayor éxito que las anteriores. “De tres mil solicitudes que se han presentado a la fecha, sólo han procedido dos (porque las otras no cumplían los requisitos). Las iniciativas del Gobierno frente a estos temas no estaban prosperando”.

Otro punto controversial según Negrete: la resolución señala que se les dará “prioridad de estudio” a quienes presenten por escrito “la voluntad de restaurar, recuperar o compensar las áreas intervenidas en el área susceptible de legalizar”.

Lo que se pregunta Negrete es: “¿Por qué habrá prioridad en estos casos, cuando la compensación y recuperación de las zonas afectadas es una obligación y no una opción?”. Sobre este punto, el Ministerio señala que según su interpretación (pues “como Ministerio tenemos también la obligación de interpretar las normas ambientales”), lo que se quiere decir en este aparte es que tendrán un trato especial quienes, en la etapa previa a la legalización y de manera voluntaria, tengan este tipo de iniciativas (aunque en ninguna parte del decreto queda explícito esto).

Finalmente, habría que decir que la ley de legalización de minería tradicional que actualmente está vigente (y que se busca reglamentar con este decreto 1970) expira en mayo del próximo año. “Resulta curioso que faltando ocho meses para que la ley desaparezca se expida un decreto reglamentario. Un decreto que está creando de hecho un nuevo proceso de legalización de minería”, concluye Negrete.

Por Redacción Vivir

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