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Un giro decisivo dio el caso por el presunto feminicidio de Laura Camila Blanco Osorio, durante la audiencia de legalización de captura. La Fiscalía señaló como principal responsable a Óscar Santiago Gómez Leal, novio de la comunicadora. El fiscal argumentó que la joven era víctima de violencia de género sistemática y habría sido arrojada de la ventana del noveno piso de su apartamento justo después de que Gómez intentara asfixiarla. El abogado del procesado contraargumentó.
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La mañana de este jueves 21 de agosto el CTI capturó a Óscar Santiago Gómez, pareja de Laura Camila Blanco y principal sospechoso para la Fiscalía del delito de feminicidio agravado. En la audiencia de legalización de captura, el ente investigador pidió cárcel para el procesado, petición que aceptó el juez pero que la defensa de Gómez apeló.
Juez envió a la cárcel a Óscar Gómez Leal, novio de Laura Camila Blanco, por presunto feminicidio agravado. "La pretensión del delegado fiscal tiene vocación de prosperidad y en consecuencia se impone medida de aseguramiento consistente en establecimiento carcelario". pic.twitter.com/8pCVwlbpOV
— El Espectador Bogotá (@BogotaEE) August 22, 2025
Los argumentos de la Fiscalía
El fiscal presentó un hilo argumentativo basado en el presunto historial de violencias de las que era víctima Laura Camila Blanco, durante los dos años en los que se relacionó con Gómez. “Estos incidentes, que se remontan hasta dos años atrás, incluyen un episodio donde Gómez Leal agredió a Laura en el baño de una fiesta, llamándola “prostituta” por su forma de vestir, un patrón de violencia que marcó la relación hasta el día de su muerte”.
Sobre la caída de la joven, según el ente investigador, los hallazgos de Medicina Legal revelaron lesiones “antemortem”, o anteriores a la muerte, que dieron cuenta de signos de violencia y forcejeo. En sí, la caída, principal causa de muerte, para la Fiscalía, habría sido solo una puesta en escena por parte de Gómez Leal para ocultar las lesiones que posteriormente se hallaron en el cuerpo de la joven, todo esto, con el objetivo de que pareciera un suicidio.
“Cuando la asfixió de manera mecánica, cuando le hizo esas maniobras de estrangulamiento y de sofocación, la intención del señor Óscar Santiago no era otra, sino quitarle la vida a la víctima. Y cuando la tiró justamente de ese noveno piso, pues lo que hizo fue confirmar esa voluntad y conocimiento que se traslada al dolo”, señaló el funcionario. Peor ahí no quedó todo. El fiscal mencionó que Gómez “fingió un desmayo” para, al parecer, distraer la atención de lo ocurrido.
Con estos argumentos, señalando también entrevistas de las personas que se encontraban en el apartamento de la joven, la Fiscalía pidió medida de aseguramiento. Pero el abogado de Gómez Leal contraargumentó.
Los argumentos del abogado de Gómez
Para el abogado de Óscar Gómez Leal, la Fiscalía montó un caso al rededor del joven de 27 años, mostrándolo como un agresor, sin acreditar por completo que fue él quien la arrojó por la ventana o que hubiese muerto por las lesiones halladas en la necropsia.
“Ella no muere a causa de una asfixia, como se ha tratado de pretender alegar en este punto, sino que muere posteriormente cuando es dirigida a un centro asistencial. En virtud a esto ya murió en el hospital. Esto rompe la teoría del deceso, fue resultado de una supuesta agresión previa”, dijo el jurista.
Por otro lado, el abogado mencionó unas entrevistas de los asistentes que estaban en el apartamento que darían cuenta de que “él (Óscar Santiago Leal) es quien fue agredido”.
Concluyendo, el togado mencionó una entrevista extra-juicio hecha a la exesposa de Óscar Gómez, con quien el procesado tuvo una hija que hoy tiene 3 años. “Ella desacredita que Óscar sea un hombre violento, no habla de agresiones durante esa relación y siempre ha respondido sobre su hija”.
Por último, rechazó la petición de cárcel argumentando que su prohijado ha asistido a todas las citaciones de la Fiscalía. “Su mayor interés es que se sepa la verdad”, dijo el abogado.
El juez
Al final, el juez entregó su análisis y recogió los argumentos planteados para dar a entender que, de acuerdo con el material probatorio, el procesado debía continuar su proceso bajo medida de aseguramiento, debido a la gravedad de los hechos y teniendo en cuenta el contexto de violencia.
“Es triste que Laura Camila, una joven educada, haya sido sumisa a un hombre violento y machista. Se despojó a sus padres de una hija y a un hermano de su hermana, algo irreparable”, fueron algunas de las menciones del juez.
El abogado de Óscar Gómez apeló la decisión. “Considero que la fiscalía no ha alcanzado la inferencia razonable de autoría o participación para imponer la medida de privación de la libertad”, indicó.
¿A qué penas se enfrenta?La Ley Rosa Elvira Cely (1761 de 2015) señala las penas de este delito. Según el artículo 17, las penas van de 500 a 600 meses de prisión, es decir, entre 40 y 50 años de cárcel.“Las circunstancias de agravación punitiva de este delito incluyen que la víctima sea menor de edad o mayor de 60 años, que el perpetrador sea un servidor público o que haya otros autores en el hecho, entre otras, como se detalla en la ley”, añade.La Ley también establece, entre varias circunstancias que agravan el feminicidio: “cuando se cometa el delito con posterioridad a una agresión sexual, a la realización de rituales, actos de mutilación genital o cualquier otro tipo de agresión o sufrimiento físico o psicológico”.
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