Desde el exilio, Leidy Natalia Cadena Torres atiende esta entrevista, justo un día antes de que una jueza dé a conocer el sentido del fallo contra dos policías del antiguo Esmad, procesados como los presuntos responsables de causarle una lesión ocular durante las protestas sociales de 2021. Ella ha sorteado cinco años de periplos judiciales y audiencias extensas, combinadas con terapias y médicos, que aún tratan su lesión. “Es una herida abierta, de un proceso que no solo me marcó físicamente, sino emocionalmente. Mudarme de país lo complicó más”, asegura.
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El 28 de abril de 2021 marca un antes y un después en la vida de Leidy. Esta estudiante de Ciencias Políticas participaba ese día en las protestas del estallido social y, cuando la concentración llegó a la carrera séptima con calle 34, los gases lacrimógenos que lanzaron agentes del Esmad ahogaron el ambiente. Fue entonces cuando decidió apartarse del caos, pero un disparo la alcanzó. Cuenta que todo se tornó negro. No veía y estaba asustada. Al llegar a la clínica, el diagnóstico fue claro: quedó ciega del ojo derecho, por el impacto directo de un objeto contundente.
¿Quién fue?, era la pregunta. La pareja de Leidy jugó un papel clave en el inicio del proceso penal contra los uniformados. Tras la lesión, él se apartó de ella por unos minutos para anotar la placa del agente del Esmad que posiblemente disparó la bala de goma que lesionó a su novia. Desde entonces, el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar) la ha representado como víctima.
Los apartes del proceso
Según el escrito de acusación, la Fiscalía reunió suficientes pruebas para llevar a juicio al patrullero Danilo José Núñez Zabaleta, por lesiones personales con perturbación funcional de manera permanente, en concurso heterogéneo con el delito de abuso de autoridad. Según el ente acusador, Núñez “de manera abrupta, se ubicó al frente de los jóvenes, que no eran participantes de la jornada de protesta y, a una distancia inferior a 10 metros, levantó su arma y de manera directa impactó en su humanidad a la joven”.
De igual forma, llevó a juicio al teniente Álvaro Gómez Castro, comandante del escuadrón antidisturbios, como presunto autor por omisión, debido a que él tenía bajo su mando a los uniformados y el armamento no letal asignado. “Omitió sus deberes, en virtud de su rol institucional, pues debió coordinar la actuación conjunta de su grupo en aras de garantizar un servicio eficaz, eficiente y efectivo, evitando el uso excesivo de la fuerza y las actuaciones indiscriminadas de sus subalternos”, dicta el documento. En la imputación de cargos ambos se habían declarado inocentes.
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Tras la acusación, la defensa de los uniformados solicitó que el caso lo asumiera la Justicia Penal Militar, por conflicto de jurisdicciones. La Corte Constitucional revisó la solicitud y en septiembre de 2024 decidió que lo debía llevar la justicia ordinaria. El auto 1411, con ponencia de la magistrada Natalia Cabo, explicó que no halló clara conexión entre el presunto delito y las funciones del servicio policial. El Tribunal reforzó su fallo resaltando las dudas sobre la proporcionalidad y la necesidad del uso de la fuerza contra Leidy, quien no participaba activamente en los disturbios y no representaba amenaza al momento de los hechos.
Las expectativas
A las 2:00 de la tarde de este 12 de febrero llega el momento que Leidy ha esperado por cinco años. Está ansiosa y expectante, dice. Según las conversaciones con su abogado, Sebastián Escobar, cree que uno de los escenarios es un sentido de fallo condenatorio contra el patrullero Núñez, pero de absolución para el teniente Gómez. En respuesta, Escobar detalló a este diario que efectivamente la ventaja de este caso, frente a los otros de víctimas de lesiones oculares en protestas, es la identificación del patrullero que supuestamente accionó el arma, la cual se dio desde el mismo día de los hechos. En el caso del teniente, la situación es diferente, pues, como indicó en los alegatos finales, si bien los videos no son prueba directa de su omisión, las otras pruebas sí “podrían llevar a una inferencia de su autoría”.
Leidy tiene claro que esta audiencia de sentido de fallo también marcará un precedente para otras víctimas que aún no saben quién disparó el objeto contundente que los dejó ciegos y, por ende, poco o nada han avanzado los procesos penales contra sus agresores. De acuerdo con informe de la plataforma ‘Grita’, de la ONG Temblores, del 28 de abril al 20 de julio de 2021 hubo al menos 103 casos de lesiones oculares. De estos, el 54,37% ocurrieron en Bogotá, seguido de Valle del Cauca (11,65%) y Cauca (7,77%). Es decir, cada 0,81 días hubo una lesión de este tipo en el contexto del paro nacional.
En cuanto al análisis demográfico de estos registros, es relevante mencionar que el perfil de las víctimas ha sido, en su mayoría, hombres jóvenes, entre 18 y 22 años, con un porcentaje de 26,20% del total de casos. Del total de las víctimas, 90 son hombres, siete mujeres y seis personas cuyo género no pudo ser identificado.
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Tras la lectura del sentido del fallo, si apunta a una culpabilidad, solo haría falta que el Juzgado emita la sentencia correspondiente, que podría sobrepasar los 10 años de prisión y una multa. De decidirse un escenario distinto, Leidy y su abogado presentarán el recurso de apelación correspondiente ante el Tribunal Superior de Bogotá.
Esta joven por fin siente que se está cerrando este doloroso capítulo en su vida, al cual necesita ponerle punto final. No sabe si regresará a Colombia, pero, por ahora, su familia y su trabajo la sostienen y acompañan todos los días. “Espero sea la mejor decisión para todos. Yo no voy a volver a recuperar mi ojo. Por eso lo único que quiero es que nadie más tenga que vivir lo que pasé”.
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