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Acoso sexual callejero: miles de casos, pero una justicia que minimiza la agresión

Aunque el marco legal parece claro ante una situación de acoso sexual donde existen relaciones de poder, la normativa parece difuminarse cuando ocurre en las calles o el transporte público. Un vacío legal que termina por minimizar la violencia que sufren niñas y mujeres a diario.

María Angélica García Puerto

08 de abril de 2026 - 07:00 a. m.
Este tipo de violencia de género en las calles termina por ser tipificado como un delito de injuria por vía de hecho que minimiza las penas. EFE/Juan Pablo Pino
Foto: EFE - Juan Pablo Pino
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Caminar o tomar el transporte público, un acto cotidiano para millones de personas, no es igual para ellas. El acoso sexual callejero, una forma de violencia de género, tiene rostro y heridas en forma de recuerdos. No existe excepción alguna en que una mujer no haya experimentado un comentario o gesto inapropiado, una mirada lasciva, un tocamiento o rozamiento violento, una persecución o una fotografía no consentida, incluso desde temprana edad.

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Muestra de ello fue el movimiento que en 2016 estalló en redes sociales bajo el hashtag #MiPrimerAcoso, publicado por la periodista y columnista colombiana Catalina Ruiz-Navarro. En la entonces red social Twitter, millones de mujeres en Latinoamérica compartieron sus experiencias en apenas 140 caracteres, unas cada vez más desgarradoras y con la constante de haber sufrido tal acoso sexual incluso siendo niñas.

“Salí en pijama a la calle porque el perro se escapó. Un tipo se acercó y me dijo: ‘Qué ricas tetas tienes’. Yo tenía 11 años”. “Caminaba con mi mamá luego de recoger mis notas del colegio. Llevaba un short que me gustaba. La mirada de arriba-abajo de un tipo me hizo sentir insegura. Tenía 8 años”, fueron algunas de las publicaciones.

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La viralidad y sororidad fue tal que varias mujeres se sumaron a romper el silencio y hablaron públicamente de los ataques sufridos. Con ello, la conclusión de un tipo de violencia que es sistemática y permanente y donde más mujeres están aprendiendo a reconocerlo. El siguiente paso, ahora, es romper los límites de la norma, que un sistema judicial no minimice la agresión y que cada vez se sancione más socialmente.

90 % de las víctimas son mujeres

Cada 7 de abril, países de Iberoamérica conmemoran el Día contra el acoso callejero para resaltar y combatir este tipo de violencia sexual. En Bogotá, de acuerdo con la Veeduría Distrital (con corte a noviembre de 2025), el 90 % de las víctimas de acoso callejero son mujeres, y más de la mitad (54 %) corresponden a niñas, adolescentes y jóvenes.

El informe, que encuestó a 3.919 personas, reveló que el 52 % de las mujeres reportó haber vivido acoso sexual en el espacio público en el último año, mientras que el 41 % no lo ha vivido y un 16 % no estaba seguro. Según los mismos resultados, en 2022, el 67 % de las mujeres encuestadas se sentía insegura y muy insegura al usar transporte público; mientras que en 2025 este porcentaje ascendió a un 72 % de las encuestadas.

Una realidad que, según ONU Mujeres, termina por reducir la libertad de circulación de las mujeres y niñas a tal punto de limitar su capacidad de participar en la educación, trabajo o simplemente el disfrute de actividades recreativas. Sin mencionar las afectaciones psicológicas.

“Pese a que hoy en día existe un amplio reconocimiento de que la violencia en el ámbito privado y en el lugar de trabajo supone una violación de los derechos humanos, a menudo se pasa por alto el acoso sexual y otras formas de violencia contra las mujeres y las niñas en los espacios públicos; de hecho, existen escasas leyes y políticas para prevenir y abordar este tipo de violencia”, resalta la ONG.

Pocas denuncias llegan a juicio

La Ley 2365 de 2024, que fortalece las medidas para prevenir, denunciar y sancionar el acoso sexual en el ámbito laboral y educativo, y el Artículo 210A del Código Penal, que establece penas de prisión entre 1 a 3 años, son los marcos jurídicos para el acoso sexual en Colombia.

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A pesar de esta claridad, persisten barreras que impiden un juzgamiento efectivo del delito. Para poner en contexto: de acuerdo con datos de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría de la Mujer, solo 1 de cada 10 mujeres en Bogotá denuncian acoso sexual. Este panorama lo complementa la Defensoría del Pueblo, quien señaló que a través del Mecanismo de Denuncia de Acoso Sexual en Contextos de Poder, pudieron constatar que de los 24 casos que han acompañado, el 59 % de los casos enfrentan barreras en el acceso a la justicia; el 41 % de las víctimas deciden no denunciar, el 40 % ha sufrido represalias laborales y el 55 % presenta afectaciones en su salud mental.

A su vez, según el Sistema de Datos Abiertos de la Fiscalía, durante 2025 recepcionaron 225 denuncias por acoso sexual. De este total, 218 llegaron a etapa de indagación, 1 querellable, apenas 2 llegaron a investigación, 3 a juicio y solo 1 a ejecución de penas.

“Se ha realizado un juicio incorrecto de adecuación típica en casos de acoso sexual, donde el ente investigador ha errado al otorgar la calificación jurídica de este tipo penal a conductas que no corresponden con la descripción normativa, adecuándose a otro ilícito como el acto sexual o el acceso carnal, desconociendo los elementos del delito, lo que termina tipificando estos actos como injuria por vía de hecho”, analiza Caro, Ángela Daniela (2024). Indagación del delito de acoso sexual contra las mujeres en Colombia.

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¿Y cuándo se trata del acoso callejero?

Cuando el acoso sexual sucede en el espacio público, camina en una doble barrera legal que termina por desamparar a las mujeres. Así lo afirma la abogada y especialista en estudios de género, María Claudia López Gil. Este tipo de hostigamiento, dice, se sanciona como delito de injuria por vía de hecho (acciones físicas no verbales, como tocar sin consentimiento, arrojar algo o someter a humillación física) que van entre los 16 y 54 meses de prisión.

“La ley exige tres presupuestos para hablar de acoso sexual: una relación de poder, connotación sexual y ausencia de consentimiento. Entonces, este vacío legal desvía el ataque hacia figuras como la injuria, dejando sin herramientas efectivas a las víctimas de acoso verbal y gestual, despojando al acto totalmente de la connotación sexual y la violencia de género, minimizando la agresión”, analiza López.

De ahí que parte también sea baja la denuncia. De acuerdo con la mencionada encuesta de la Veeduría Distrital, la mayoría de la ciudadanía no conoce los canales de denuncia y, entre los que han vivido el acoso sexual callejero, casi todos no lo reportan. Solo el 28 % de los encuestados sabe dónde denunciar y apenas el 8 % ha formalizado una denuncia. Dentro de las razones más frecuentes se incluyen no saber que podían hacerlo (23 %), miedo (6 %), normalización de estas agresiones (6 %) y la vergüenza (3 %).

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“Aunque la solución no es solo punitiva, la tipificación de un delito penal da relevancia al problema. Es una herramienta coercitiva que persuade, similar a como una demanda civil es más efectiva que una conciliación sin consecuencias. Además, la penalización es crucial para posicionar políticamente el acoso sexual como una forma de violencia sistemática contra las mujeres”, agrega López.

La sanción social

Precisamente, la abogada coincide con la socióloga Natalia Giraldo en cuanto a que el éxito de ajustar la ley depende también de que la sociedad deje de justificar el acoso sexual callejero y la responsabilidad recaiga en el agresor, no en la víctima.

“Sinceramente a las mujeres no nos sirve que tengamos un modelo jurídico perfecto si a la hora de aplicarse no es efectivo. No es suficiente que un hombre no nos acose solamente porque tiene miedo a recibir una sanción... Creo que el tema hay que plantearlo en términos de prevención, precisamente con un marco normativo que nos permita entender la gravedad del asunto, que no haya acoso porque, como persona entiendo la afectación que este tiene para las mujeres”, resalta Giraldo.

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De acuerdo con cifras de la Secretaría de la Mujer, en lo corrido de este año, han liderado 25 atenciones por acoso sexual callejero. Como respuesta institucional, resaltan acciones como los botones de pánico en algunas estaciones de Transmilenio, así como la capacitación a más de 18.700 conductores(as) y personal operativo del SITP sobre cómo actuar de inmediato ante casos de acoso sexual en el transporte público.

Asimismo, destacan la prestación de servicios psicosociales y jurídicos de manera permanente y gratuita en las Casas de Igualdad de Oportunidades, Casas de Justicia, URI y Centros de la Fiscalía; la presencia de duplas en territorio; la Línea Púrpura Distrital; y la articulación con la Línea 123 a través de la Agencia Mujer.

Desde el Concejo de Bogotá, en 2025 se aprobó el Acuerdo de Ciudad 998 que define la urgencia de caracterizar las conductas que constituyen acoso, para impulsar su denuncia y protocolizar las respuestas institucionales.

Bajo la autoría del concejal Julián Sastoque, la iniciativa se aprobó con la inclusión del desarrollo de campañas educativas en zonas rurales, colegios, universidades y otros centros académicos, así como el seguimiento anual del cumplimiento y los resultados de esta estrategia. Evaluación que debe ser presentada ante el cabildo cada año en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

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Países como Bélgica (2014), Perú (2015), Holanda (2017) y Costa Rica (2020) son algunas de las naciones pioneras en legislar para castigar con multas y penas de prisión el acoso sexual callejero. Un reconocimiento a desestimar este tipo de violencia como un “piropo” o “tocamiento” y sí como una violencia de género que afecta a millones de niñas y mujeres. La deuda que puede saldarse en Colombia está ahora en manos de la nueva legislatura.

Canales de denuncia

Si usted es víctima de acoso sexual u otro tipo de violencia de género, puede comunicarse a la Línea Púrpura Distrital 01 8000 112 137 o, en caso de emergencia, llamar a la Línea 123.

Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.

Por María Angélica García Puerto

Cubre temas de seguridad, primera infancia, educación, movilidad, derechos humanos y género.@_amariag
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