Desde cursos pedagógicos, hasta audiencias para comprobar la multa de tránsito, ofrece la Secretaría de Movilidad para impedir que se efectúen embargos a quienes deben comparendos.
Actualmente hay 355 mil personas que deben multas. La primera opción que tiene el contraventor es que si la infracción aún se encuentra dentro de los tres días hábiles de imposición puede realizar un curso pedagógico y obtener un descuento del 25% sobre el valor de este.
Si el amonestado no está de acuerdo con el comparendo puede impugnarlo y solicitar una audiencia donde puede anexar y solicitar pruebas y argumentarlas. Si demuestra que no hubo lugar a infracción puede pedir la exoneración del comparendo. Esto solo lo puede realizar dentro de los diez primeros días de la sanción.
En caso contrario, si la persona no cancela dentro de los siguientes 20 días después de ser nuevamente notificado por la entidad, esta emitirá un fallo para proceder al embargo y remate de bienes.
El acuerdo de pago es otra opción, consiste en la negociación de la deuda por cuotas para evitar el inicio de un cobro jurídico y el embargo. Esta alternativa solo aplicaría para comparendos que no fueron pagados oportunamente y que se han duplicado. La medida jurídica es levantada una vez se cancele la totalidad de la deuda.
El deudor puede solicitar un plan de pago siempre y cuando la deuda no sea inferior a 248.500 pesos, es decir 15 salarios mínimos diarios legales vigentes.