Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
Tener una deuda de $6 millones con Bogotá no significa que, con los nuevos alivios aprobados por el Concejo, una persona vaya a pagar apenas $2,4 millones. Esa es precisamente una de las principales aclaraciones que hace la Secretaría de Hacienda frente al beneficio que podría cobijar a más de dos millones de ciudadanos con obligaciones pendientes.
La razón es sencilla: el descuento del 60 % no se aplica sobre toda la deuda. Quien quiera acogerse deberá cancelar el 100 % del capital y únicamente podrá reducir en 60 % los intereses y sanciones acumulados, según corresponda al tipo de obligación. Además, deberá hacer el pago completo en una sola operación.
Por ejemplo, si una persona debía originalmente $3 millones de impuesto predial y, como consecuencia de intereses y sanciones, la obligación aumentó hasta $6 millones, deberá pagar los $3 millones originales y el 40 % de los otros $3 millones acumulados. Eso equivale a otros $1,2 millones. En total pagaría $4,2 millones y se ahorraría $1,8 millones frente al valor que tendría que cancelar sin el alivio.
El beneficio forma parte del proyecto de Acuerdo por una Ciudad Inteligente, aprobado definitivamente por el Concejo de Bogotá el pasado 28 de septiembre después de siete sesiones plenarias y más de 55 proposiciones discutidas. La iniciativa quedó pendiente de sanción del alcalde Carlos Fernando Galán y de su posterior publicación para convertirse formalmente en Acuerdo de la ciudad.
¿Qué impuestos podrán acogerse al alivio?
La medida cubre obligaciones tributarias pendientes con Bogotá, con excepción de las correspondientes a retención del impuesto de Industria y Comercio, ReteICA.
Dentro de ese grupo pueden estar, entre otras, deudas relacionadas con impuesto predial, vehículos e ICA, siempre que cumplan las condiciones establecidas en el acuerdo definitivo.
Para estas obligaciones, el contribuyente deberá pagar completo el capital pendiente y solo el 40 % de los intereses y sanciones causados hasta la fecha de pago. El 60 % restante será descontado.
Hacienda calcula que cerca de 1,19 millones de contribuyentes con obligaciones tributarias podrían beneficiarse. A ellos se suman aproximadamente 845.000 personas con otras obligaciones pendientes ante entidades distritales En conjunto, la Administración estima que el universo potencial supera los dos millones de personas.
Multas de tránsito y otras sanciones también pueden entrar
El beneficio no se limita a impuestos e incluye determinadas obligaciones no tributarias, entre ellas costas procesales, sanciones disciplinarias, infracciones a normas ambientales, reintegros que deban hacerse a entidades distritales y sanciones contra establecimientos que incumplieron requisitos para funcionar.
También aparecen sanciones relacionadas con proyectos de construcción que incumplieron la normativa y determinadas multas de tránsito o acuerdos de pago administrados por la Secretaría Distrital de Movilidad. En el caso específico de las multas de tránsito, el Distrito ha señalado que el beneficio aplicará a obligaciones que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2024.
¿Quiénes quedan por fuera?
No podrán acogerse quienes tengan acuerdos de pago incumplidos con una entidad del Distrito, salvo que primero se pongan al día y paguen completamente ese acuerdo antes de intentar aplicar el alivio sobre otra obligación. Tampoco podrán acceder las obligaciones cuyo acto administrativo esté siendo demandado mediante una acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Por otro lado, las deudas de ReteICA tampoco están incluidas. Entre las obligaciones no tributarias también existen exclusiones específicas.
No tendrán descuento las multas impuestas a personas o empresas por incumplimiento de contratos con el Distrito, ni las sanciones de tránsito derivadas de conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas. Tampoco entrarán determinadas sanciones impuestas por la Secretaría de Salud a establecimientos comerciales o de salud, como cierres, suspensión de servicios, decomisos o destrucción de productos.
El pago tendrá que hacerse de una sola vez
Otra condición que puede resultar determinante para quienes acumulan deudas altas es que el alivio no permite financiar el monto beneficiado por cuotas.
Para acceder será necesario cancelar en un único pago el 100 % del capital y el 40 % de los intereses y sanciones correspondientes. No será posible pagar solo una parte de la obligación y mantener el descuento sobre el resto. Por lo tanto, el plazo máximo establecido es el 21 de diciembre de 2026, lo cual deja una ventana relativamente corta entre la puesta en marcha efectiva del mecanismo y la fecha límite, particularmente si se tiene en cuenta que, por ahora, las liquidaciones con el beneficio todavía no están disponibles.
El alivio todavía no está habilitado
Aunque el Concejo aprobó la reforma tributaria el 28 de septiembre, el beneficio no comenzó automáticamente ese día. El proyecto debe ser sancionado por el alcalde y publicado para convertirse formalmente en Acuerdo de Bogotá. Posteriormente deberán habilitarse los mecanismos para consultar, liquidar y pagar las obligaciones con la reducción correspondiente.
La Secretaría de Hacienda advirtió que los ciudadanos no deben ingresar a enlaces que prometan un acceso anticipado al beneficio ni realizar pagos por canales diferentes a los institucionales mientras el procedimiento no haya sido habilitado.
Cuando comience a funcionar, los contribuyentes podrán consultar sus obligaciones y realizar el pago a través de los canales oficiales de Hacienda, incluida la Oficina Virtual y el botón que la entidad disponga específicamente para los alivios.
El beneficio será, por tanto, una oportunidad importante para reducir el costo acumulado de años de mora, pero con dos límites que conviene tener claros desde ahora: Bogotá no perdonará el capital de las deudas y tampoco bastará con hacer un abono. Quien quiera aprovecharlo tendrá que reunir el dinero para cancelar completa la obligación exigida antes del 21 de diciembre.
Le puede interesar: De 129 a 73 homicidios: así cambió septiembre en Bogotá en apenas dos años.