Para la Sabana de Bogotá, asfixiada por la presión sobre sus ecosistemas, apareció una luz al final del túnel. Tras un año frenético desde la publicación de los lineamientos ambientales para preservar el medioambiente de la capital y sus alrededores, el Ministerio de Ambiente presentó una nueva versión que apunta a convertirse en la definitiva para reglamentar el cuidado del agua y los suelos agrícolas frente a la expansión urbana de los municipios del territorio.
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La elaboración de este documento no es menor: condensa el resultado de una concertación compleja entre el Ministerio de Ambiente y otros actores implicados, que van desde las alcaldías de los municipios impactados por la medida hasta gremios económicos —como los de la construcción, el sector floricultor y el minero— y organizaciones ambientalistas de la Sabana.
También refleja una disputa inicial que se trasladó a los tribunales, con demandas y acciones de tutela que retrasaron la aplicación de los lineamientos, y que terminó por resolverse tras siete largas sesiones del Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá (CECH).
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El documento se publicó para comentarios y, hasta ayer, fue posible realizar observaciones a través de la página del Ministerio de Ambiente, así como descargar el proyecto de resolución y los anexos que acompañan esta nueva versión. Ya no se presenta como “lineamientos”, sino como “directrices” para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá.
Desde ese cambio de nombre se perciben los ajustes frente al texto original, que provocó reacciones airadas del Distrito y de los gremios, hasta llegar a una versión final atravesada por un proceso de concertación y por apartes claramente delimitados que modifican la forma de implementar la normativa, aunque no su fondo: ordenar el territorio en torno al agua y su cuidado.
Gran parte de las fricciones que rodearon el documento original se dirimieron de manera pública en las sesiones del CECH. En estos encuentros, el órgano colegiado evaluó si tanto las ahora directrices como las observaciones e inquietudes planteadas resultaban compatibles con la sentencia del Consejo de Estado sobre el río Bogotá, en la que se fijaron obligaciones para proteger la cuenca, crear instancias de concertación y garantizar la participación de todas las autoridades y actores territoriales.
Dado que cualquier decisión relacionada con las futuras directrices podía afectar el proceso de recuperación del río, el CECH asumió el papel de escenario central para las decisiones ambientales que hoy marcan el rumbo de la Sabana.
En medio de fricciones notorias entre entidades del Distrito Capital, la CAR y el Ministerio de Ambiente, el CECH logró aglutinar posiciones, facilitar concertaciones y verificar que las propuestas se ajustaran a la sentencia. Bajo esta línea, el Consejo concluyó que los artículos del proyecto de resolución están alineados con la orden del Consejo de Estado para la descontaminación del río y, por tanto, no interfieren con su cumplimiento.
Ese aval resultó decisivo para la publicación del nuevo documento, que hoy se perfila como el tan anhelado punto de partida de una reglamentación ambiental más estricta para una Sabana, cuyos ecosistemas llevan años pidiendo auxilio para no desaparecer.
Lo que cambió
El nuevo proyecto de resolución marca un quiebre claro frente a la versión original de los lineamientos ambientales que el Ministerio de Ambiente puso sobre la mesa en 2025. No se trata de un giro en los objetivos, por cuanto el corazón ambiental del documento sigue intacto. El cambio residió en la forma de aplicar las directrices, en los tiempos y en el lenguaje con el que el Estado se dirige a los municipios de la Sabana.
El primer ajuste salta a la vista desde el nombre. Lo que antes se presentó como lineamientos ambientales ahora se redefine como directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá. El cambio no es semántico: implica una rebaja deliberada en la rigidez normativa. Mientras el texto original usaba un tono imperativo, con verbos que cerraban la puerta a interpretaciones —“se prohíbe”, “no se permitirá”, “deberá ajustarse”—, la nueva versión introduce un lenguaje de armonización, gradualidad y transición, más cercano a la lógica de la concertación territorial.
En este sentido, uno de los cambios más relevantes está en la transición normativa. El documento actual evita cualquier lectura que implique la invalidez inmediata de los POT vigentes y plantea un proceso de adaptación progresiva, en el que los municipios deberán armonizar sus instrumentos de planificación con las directrices ambientales.
También hay modificaciones de fondo en el tratamiento del suelo rural y agrícola. Si la versión original apostaba por una protección casi absoluta para estos fines, la nueva introduce criterios técnicos de evaluación que permiten analizar usos condicionados, siempre que no se comprometan los servicios ecosistémicos ni la estructura hídrica. Asimismo, la expansión urbana deja de aparecer como un fenómeno que debe frenarse a toda costa y pasa a abordarse como un proceso que debe gestionarse.
El eje axiomático de las directrices, en este caso, apunta a que crecer no está prohibido, pero hacerlo de espaldas al agua, a los suelos y a la capacidad ambiental del territorio sí. Finalmente, el nuevo texto le da un peso mayor al Documento Técnico de Soporte, que se convierte en el respaldo conceptual y jurídico de las decisiones. Allí se justifican los ajustes, se reconoce la presión demográfica y urbana sobre la Sabana y se explica por qué una norma ambiental, para ser efectiva, necesita algo más que buenas intenciones y necesita poder aplicarse sin naufragar en los tribunales.
En síntesis, la nueva resolución no desmonta la apuesta ambiental del Estado sobre la Sabana de Bogotá, pero sí la reconfigura. Pasa del golpe de timón a la maniobra larga, o en otras palabras, del candado inmediato a la transición pactada y que fue el fruto de las deliberaciones en el CECH y de las mesas de trabajo privadas.
Los peros de un sector
Algunos sectores ambientalistas ven el ajuste como una concesión peligrosa, al considerar que la suavización del lenguaje y la apertura a usos condicionados del suelo rural debilitan los candados que buscaban frenar la urbanización de la Sabana.
Asimismo, los otros reparos vinieron de organizaciones de expertos como ProBogotá Región. Pese al tono conciliador de la nueva resolución respecto a su versión original, ya se conocieron las primeras objeciones. Una de ellas la formuló ProBogotá Región. La entidad plantea que este diseño fortalece de forma significativa el poder de la autoridad ambiental regional, en particular de la CAR, al permitir delimitaciones ambientales y restricciones con base en cartografía y fuentes técnicas que no siempre tienen la misma escala ni el mismo nivel de detalle.
Aunque la resolución no es retroactiva, la fundación señala que sus efectos a futuro sí son profundos, pues condicionan desde etapas tempranas la viabilidad de proyectos de infraestructura, movilidad y servicios públicos, elevando la incertidumbre en la planeación de largo plazo.
En ese escenario, ProBogotá advierte que la aplicación estricta del principio de no regresividad ambiental, sin mecanismos robustos de coordinación intersectorial, puede traducirse en bloqueos estructurales para el desarrollo regional.
Al final, el equilibrio que propone la nueva resolución tiende a proteger lo que no se negocia, en este caso el cuidado del agua, pero flexibiliza lo que puede gestionarse en términos urbanísticos, como el crecimiento. Aunque parezca un punto medio incómodo, la concertación fue un instrumento necesario para destrabar una normativa.
La sabana necesita reglas ambientales firmes, pero también una hoja de ruta que pueda cumplirse sin romperse en el intento. A falta de los comentarios y su socialización, todo parece indicar que la implementación está próxima a ser anunciada.
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