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Distrito anunció beneficio para pago de intereses por comparendos, ¿cómo acceder?

El plazo máximo para acceder a este beneficio es hasta el 13 de diciembre de 2024

Redacción Bogotá
25 de julio de 2024 - 02:25 p. m.
El plazo máximo para acceder a este beneficio es hasta el 13 de diciembre de 2024
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Foto: Cortesía: Secretaría de Movilidad
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En el Plan Distrital de Desarrollo, quedó incluido un beneficio para las personas que tengan obligaciones en mora con la secretaría de Movilidad. Se trata de un ahorro del 80 % en los intereses, si la persona realiza el pago del 100 % del capital y el 20 % de los intereses de su obligación.

Este servicio aplica a multas por infracción a las normas de tránsito y transporte, declaratorias de abandono, además de acuerdos de pago suscritos y vigentes que hayan entrado en mora antes del 30 de junio de 2022.

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Pero se debe tener en cuenta que este alivio no aplica para aquellas personas que hayan sido sancionadas por conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.

¿Cómo acceder al descuento?

  1. Ingresar a la página web de la Entidad, www.movilidadbogota.gov.co o a través de la aplicación ‘Mi Movilidad a un clic’.
  2. Hacer clic en el botón ‘Consulta y Pago de Comparendos’.
  3. Buscar, digitando el tipo y el número de documento de identidad o la placa del vehículo.
  4. Pagar por PSE o a través de las sucursales bancarias de Banco de Occidente o Caja Social cada una de las obligaciones vigentes.

Estas son las 10 infracciones de movilidad que más se cometen en Bogotá

En un reciente análisis realizado por la secretaría de Movilidad se revelaron las infracciones estipuladas en el código de tránsito que más se cometen en las vías de la ciudad:

  • Conducir sin licencia: Guiar un vehículo sin la licencia de conducción correspondiente acarrea una multa de $1.144.927 y la inmovilización del vehículo hasta que sea retirado por una persona autorizada con licencia válida.
  • Revisión técnico-mecánica: El no tener la revisión técnico-mecánica al día, dentro del plazo legal establecido, o llegar a manejar vehículos que no cumplan con esas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, es otra de las comunes infracciones cometidas. Esta infracción no solo implica una multa de $572.625, sino también la inmovilización del vehículo.
  • Estacionamiento en sitios prohibidos: Aparcar en lugares no autorizados es una infracción sancionada con una multa de $572.625. Esta práctica, frecuente en áreas congestionadas de la ciudad, agrava los problemas de movilidad.
  • Transitar por sitios restringidos: Circular por áreas o en horarios restringidos por la autoridad competente también resulta en multas de $572.625 y la inmovilización del vehículo. Esta medida busca controlar el tráfico en zonas de alta congestión.
  • Normas para motociclistas: Conducir motocicletas sin observar las normas establecidas en el código de tránsito conlleva sanciones de $572.625. Las motocicletas son un medio de transporte común en Bogotá, pero también son protagonistas en muchas infracciones.
  • Falta de seguros: Conducir sin los seguros obligatorios también resulta en una multa de $1.144.927 y la inmovilización del vehículo. Los seguros son esenciales para cubrir cualquier eventualidad en las vías.
  • Desobediencia a agentes de tránsito: Evadir lo dicho por las señales de tránsito o requerimientos de los agentes de tránsito es sancionado con $572.625. El respeto a la autoridad de tránsito es crucial para mantener el orden en las vías.
  • Infracciones de peatones y ciclistas: No cumplir con las disposiciones del código de tránsito conlleva una multa de $190.000 para peatones y ciclistas. Su comportamiento es igualmente importante para la seguridad vial.
  • Prioridad a peatones: No ceder el paso a peatones en los cruces establecidos o no darles prioridad en las franjas peatonales se penaliza con $572.625. La seguridad de los peatones es una prioridad en la regulación del tránsito.
  • Exceso de velocidad: Conducir a velocidades superiores a las permitidas es una de las infracciones más recurrentes. En la capital, el límite máximo es de 50 km/h en los principales corredores viales y 30 km/h en zonas escolares y residenciales. La multa por esta infracción es de $572.625, equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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